Maltrato animal se castigará hasta con tres años de cárcel

La Asamblea Legislativa aprobó ayer en primer debate el Proyecto de Ley de Bienestar Animal, que castiga con duras sanciones y hasta con tres años de cárcel el maltrato de los animales o su muerte a propósito.

De los 54 legisladores presentes, a las 5:57 p. m., 50 votaron a favor y cuatro en contra.

La iniciativa -que se encontraba en la corriente legislativa desde el 2011-, se votó luego de intensas negociaciones entre las fracciones a favor de la iniciativa y de aquellas que buscaron introducir un cambio de última hora, para evitar la penalización de la muerte de animales para el autoconsumo.

Entre las sanciones y penas que establece el proyecto (expediente número 18.298), están la prisión de seis meses a tres años a quienes maten a propósito a un animal.

Además, se castigará de seis meses a dos años a quienes cometan actos de crueldad contra estos; y una sanción de 20 a 50 días de multa para quienes los maltraten (estos se transforman en multas de ¢282.000 a ¢707.000).

Presiones. El proyecto avanzó al plenario a inicios de marzo, luego de dos años de discusiones y negociaciones con los sectores productivos opuestos a la creación de dicha legislación.

Esos grupos exteriorizaron supuestos temores vinculados con el eventual endurecimiento de las normas para las actividades de cría y matanza de animales para consumo.

Paralelamente, la presión de las asociaciones de criadores de gallos trabó por varias semanas la iniciativa pues están en contra de que se penalicen con tres años de cárcel los espectáculos donde mueren estos animales de pelea, como quedó establecido en el plan.

Los galleros ni siquiera podrán organizar sus peleas de aves, pues esto les acarrearía una pena de entre seis meses y dos años.

En cuanto a las actividades productivas que se benefician con la excepción de los castigos de esta iniciativa, están las pesqueras, acuícolas, agropecuarias, zootécnicas, ganaderas o veterinarias, siempre y cuando cumplan con la ley del Servicio Nacional de Salud Animal (Senasa).

De igual forma, quedan a salvo de las sanciones las actividades para el mejoramiento o control fitosanitario, los motivos de piedad (muerte a animales enfermos de gravedad), el resguardo de cultivos o terrenos productivos, los fines de investigación que cumplan con la ley, el resguardo de la salud pública y la veterinaria.

Los espectáculos públicos o privados con animales (como los topes o corridas de toros), debidamente autorizados, tampoco serán castigados, así como...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR