Manual de Operaciones del Programa de Innovación y Capital Humano para la Competitividad 2852/OC-CR, de 9 de Septiembre de 2014

EmisorPoder Ejecutivo

N° 38593-MICIT

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE CIENCIA, TECNOLOGÍA Y TELECOMUNICACIONES

Con fundamento en las atribuciones y facultades conferidas en los artÃculos 11, 140, incisos 3), 18), 20) y 146 de la Constitución PolÃtica; y en razón de lo dispuesto en los artÃculos 25 inciso 1), 27 inciso 1) y 28 inciso 2) acápite b) de la Ley Nº 6227 "Ley General de la Administración Pública", publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 102, Alcance N° 90, del 30 de mayo de 1978); 3 inciso a), 4 inciso e), 7 y 11 de Ley Nº 7169 "Ley de Promoción del Desarrollo CientÃfico y Tecnológico y creación del Ministerio de Ciencia y TecnologÃa (MICIT)", publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 144, Alcance N° 23, del 01 de agosto de 1990; en la Ley N° 9218 "Aprobación del Contrato de Préstamo Nº 2852/OC-CR suscrito entre la República de Costa Rica y el Banco Interamericano de Desarrollo para financiar el Programa de Innovación y Capital Humano para la Competitividad", publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 64, Alcance N° 9, del 01 de abril del 2014; en la Ley N° 9241 "Modificación de la Ley N° 9193, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico 2014, y primer presupuesto extraordinario de la República para el ejercicio económico 2014, publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 93, Alcance Digital N° 16, del 16 de mayo del 2014 y la Ley Nº 8220 "Ley de Protección al Ciudadano de Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos", publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 49, del 11 de marzo del 2002.

Considerando:

  1. Que el Gobierno de la República considera que es primordial contribuir al crecimiento de la productividad mediante el apoyo a las actividades de innovación del sector productivo y la formación de capital humano avanzado en áreas estratégicas definidas en el Plan Nacional de Ciencia, TecnologÃa e Innovación del Gobierno de Costa Rica.

  2. - Que la Ley Nº 7169 "Ley de Promoción del Desarrollo CientÃfico y Tecnológico y Creación del MICIT", del 26 de junio de 1990, asigna al Ministerio de Ciencia, TecnologÃa y Telecomunicaciones (MICITT) las funciones rectoras para el desarrollo de las polÃticas en materia de ciencia y tecnologÃa.

  3. Que la Ley N° 9218 "Aprobación del Contrato de Préstamo Nº 2852/OC-CR suscrito entre la República de Costa Rica y el Banco Interamericano de Desarrollo para financiar el Programa de Innovación y Capital Humano para la Competitividad" del 1 de abril del 2014, considera entre sus objetivos incrementar la inversión empresarial en actividades de innovación y desarrollo tecnológico a través de acceso a financiamiento temprano e información para el desarrollo empresarial de empresas establecidas, asà como de nuevas empresas de base tecnológica; y aumentar la oferta de capital humano avanzado requerido para la competitividad e innovación empresarial.

  4. Que mediante la Ley N° 9218, se designa al MICITT como el Organismo Ejecutor del Programa para la ejecución del Proyecto y la utilización de los recursos del préstamo otorgado por el Banco Interamericano de Desarrollo.

  5. Que en virtud de los Convenios de Cooperación Institucional, suscrito entre el MICITT y el Consejo Nacional para Investigaciones CientÃficas y Tecnológicas (CONICIT) el 23 de junio del 2014 y la Promotora de Comercio Exterior de Costa Rica (PROCOMER) el 2 de mayo del 2014, serán participes en la implementación del Programa, conforme a lo establecido en el Contrato de Préstamo Nº 2852/OCCR.

  6. Que mediante el Contrato de Préstamo Nº 2852/OC-CR, se le atribuye al MICITT la aprobación y entrada en vigencia del Manual de Operaciones para la debida ejecución del Programa.

  7. Que el Manual de Operaciones contendrá los criterios, plazos, detalles de implementación y el marco referencial de evaluación de los subcomponentes del Programa.

    Por tanto,

    Decretan

    "Manual de Operaciones del Programa de Innovación

    y Capital Humano para la Competitividad 2852/OC-CR"

    CAPÍTULO PRIMERO: MARCO REFERENCIAL.

    ArtÃculo 1°.- Marco Referencial

    En este Decreto Ejecutivo, se exponen los elementos esenciales del Contrato de Préstamo N° 2852/OCCR, Programa de Innovación y Capital Humano para la Competitividad, que deben estar presentes en la estrategia de consecución de los resultados esperados para el logro de los objetivos y metas planteados.

    ArtÃculo 2°.- Siglas

    Para los efectos del presente decreto ejecutivo se entenderá por:

    AP Autoridad Presupuestaria.

    ARWU Ranking Académico Mundial de Universidades (Academic Ranking of World Universities).

    BID Banco Interamericano de Desarrollo.

    CAMTIC Cámara de TecnologÃas de Información y Comunicación.

    CCSS Caja Costarricense del Seguro Social.

    CGP Coordinador General del Programa.

    CINPE Centro Internacional de PolÃtica Económica para el Desarrollo Sostenible, Universidad Nacional (UNA).

    CONARE Consejo Nacional de Rectores.

    CONICIT Consejo Nacional para Investigaciones CientÃficas y Tecnológicas.

    ECTS Sistema de Transferencias y Acumulaciones Credicias Europeas (European Credit Transfer and Accumulation System).

    FSO Fondo para Operaciones Especiales (Fund for Special Operations).

    GCI-9 Noveno Incremento de Capital Ordinario (Ninth General Capital Increase).

    GEM Indicador Global de Emprededurismo (Global Entrepreneurship Monitor).

    GoCR Gobierno de Costa Rica.

    I+D Investigación y Desarrollo.

    I+D+i Investigación, Desarrollo e Innovación.

    ICT Innovación, Ciencia y TecnologÃa.

    MAG Ministerio de Agricultura y GanaderÃa.

    MEIC Ministerio de EconomÃa, Industria y Comercio.

    MICITT Ministerio de Ciencia, TecnologÃa y Telecomunicaciones.

    MIDEPLAN Ministerio de Planificación Nacional y PolÃtica Económica.

    OC Capital Ordinario (Ordinary Capital).

    OE Organismo Ejecutor.

    PDA Plan de Adquisiciones.

    PEFA Gasto Público y Contabilidad Financiera (Public Expenditure and Financial Accountability).

    PNCTI Plan Nacional de Ciencia, TecnologÃa e Innovación.

    PIB Producto Interno Bruto.

    PME Plan de Monitoreo y Evaluación.

    POA Plan Operativo Anual.

    PDO Propuesta de Desarrollo de la Operación.

    PROCOMER Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica.

    PTF Productividad Total de los Factores.

    PyMES Pequeñas y Medianas Empresas.

    RCT Registro CientÃfico Tecnológico del CONICIT.

    SEPA Sistema de Ejecución de Planes de Adquisición.

    SINAES Sistema Nacional de Acreditación de la Educación Superior

    SPF Filtro sobre PolÃticas de Salvaguarda (Safeguard Policy Filter).

    SSF Formulario de Evaluación de Salvaguardas (Safeguard

    SYGA Screening Form).

    Sistema Integral de Gestión y Administración Financiera.

    THE Escala THE (Times Higher Education).

    UE Unidad Ejecutora.

    UNA Universidad Nacional.

    USD Dólares de los Estados Unidos de América (United State Dolars).

    ArtÃculo 3°.- Objetivo General

    El objetivo general del Programa de Innovación y Capital Humano para la Competitividad es contribuir al crecimiento de la productividad mediante el apoyo a las actividades de innovación del sector productivo y la formación de capital humano avanzado en áreas estratégicas definidas en el Plan Nacional de Ciencia, TecnologÃa e Innovación (PNCTI).

    Asimismo, por medio de la Ley N° 9218, se establece el objetivo adicional de que el Programa contribuya al desarrollo de las zonas con menor Ãndice de desarrollo social, según lo estipulado por el MIDEPLAN; y para ello pretende beneficiar un 40% de las empresas, consorcios de empresas o beneficiarios individuales que sean elegibles y que estén establecidas fÃsicamente en dichas zonas. A estos efectos, se utilizará para su seguimiento y consideración de publicación "Índice de Desarrollo Social" de MIDEPLAN en sus sucesivas actualizaciones mientras dure la ejecución del programa.

    ArtÃculo 4°.- Objetivos EspecÃficos

    Los objetivos especÃficos del Programa son:

    1. Incrementar la inversión empresarial en actividades de innovación y desarrollo tecnológico a través de mejor acceso a financiamiento temprano e información para el desarrollo empresarial tanto de empresas establecidas como de nuevas empresas de base tecnológica;

    2. Aumentar la oferta de capital humano avanzado requerido para la competitividad y la innovación empresarial.

      ArtÃculo 5°.- Componentes del Programa

      A continuación se detallan los componentes del Programa de Innovación y Capital Humano para la Competitividad que enmarcan la ejecución del Contrato de Préstamo N° 2852/OC-CR. Considerando que deberá cumplirse también la Ley N° 9241 referente a la "Modificación de la Ley No 9193, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico 2014, y primer presupuesto extraordinario de la República para el ejercicio económico 2014".

      1) Componente I. Inversión para la Innovación Empresarial (US$10,4 millones).

      El objetivo del componente es estimular la innovación en las empresas y fomentar la creación de empresas de base tecnológica.

    3. Las intervenciones en este componente estarán focalizadas en PYMES dinámicas y nuevas empresas de base tecnológica activas en las áreas estratégicas definidas en el PNCTI. Las orientaciones particulares del componente se detallan en el Cuadro 1.

      Cuadro 1: Beneficiarios del Componente I.

      Objetivo

      Cantidad de

      beneficiarios

      Tipo

      Mejorar las capacidades competitivas de PYMES a través de la

      identificación y adopción de mejores prácticas

      100

      PYMES.

      Aumentar la inversión de PYMES en innovación, transferencia de

      tecnologÃa y vinculaciones tecnológicas con otros actores del

      Sistema Nacional de Innovación.

      85

      PYMES.

      Brindar ayudas complementarias para fortalecer las capacidades

      emprendedoras en la fase temprana de creación de una nueva

      empresa de base tecnológica.

      20

      Individuos

      titulares de

      empresas de base

      tecnológica en

      etapa temprana.

      2) Componente II. Capital Humano avanzado para la competitividad (USD $23,5 millones).

      El objetivo del Componente II es aumentar...

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