Medida sanitaria de prohibición de derribas a fincas piñeras ubicadas en el Distrito de Cutris del Cantón de San Carlos de Alajuela y la localidad de San Rafael de Río Cuarto del Cantón de Grecia de Alajuela, de 1 de Junio de 2017

EmisorServicio Nacional de Salud Animal

SERVICIO NACIONAL DE SALUD ANIMAL

SENASA-DG-R049-2017.- SERVICIO NACIONAL DE SALUD ANIMAL. - Barreal de Ulloa, Heredia, a las nueve horas y treinta minutos del primero de junio del dos mil diecisiete.

SE DICTA MEDIDA SANITARIA DE PROHIBICION DE DERRIBAS A FINCAS PIÑERAS UBICADAS EN EL DISTRITO DE CUTRIS DEL CANTÓN DE SAN CARLOS DE ALAJUELA Y LA LOCALIDAD DE SAN RAFAEL DE RIO CUARTO DEL CANTON DE GRECIA DE ALAJUELA

CONSIDERANDO:

Primero: Que de conformidad con los artículos 1, 4 y 6 de la Ley General del Servicio Nacional de Salud Animal, N° 8495 del 6 de abril del 2006, es competencia del Ministerio de Agricultura y Ganadería por medio del Servicio Nacional de Salud Animal (SENASA) regular y proteger la Salud Pública, la Salud Pública Veterinaria y el Medio Ambiente y por lo cual según dicha Ley, el SENASA tendrá entre otras las siguientes competencias: administrar, planificar, dirigir y tomar medidas pertinentes en todo el país, para cumplir con sus servicios, programas y campañas, en materia de prevención, control y erradicación de plagas y enfermedades de los animales.

Segundo: Que la Ley N° 8495 antes citada, declara de interés público la salud de los animales domésticos, silvestres, acuáticos y cualesquiera otros, debiéndose interpretar dicha Ley en beneficio de la salud humana, la salud animal y el ambiente e igualmente para la protección de cada uno de ellos y por lo que la jurisprudencia, la doctrina y los principios generales del Derecho, entre los cuales se encuentra el principio precautorio o de cautela, sirven para interpretar, integrar y delimitar el campo de aplicación del ordenamiento escrito, y tendrán el rango de la norma que interpretan, integran o delimitan.

Tercero: Que la Stomoxys calcitrans es una especie de mosca también conocida como mosca del establo, la cual se alimenta de sangre (hematófaga), por su dependencia para su reproducción, por lo que se le considera un parásito del ganado, pero que, sin embargo, igualmente se alimenta de todos los animales de sangre caliente incluido el ser humano y la cual pone sus huevos en sustratos orgánicos en descomposición, principalmente rastrojos vegetales agrícolas y otros sustratos tales como basura y detritos animales mezclados con residuos vegetales, en los cuales se desarrolla para transformarse en larva, luego en pupa y finalmente en mosca adulta para volver a iniciar el ciclo de vida.

Cuarto: Que la biología de la plaga desarrollada en Costa Rica en sustratos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR