Los medios de prueba
Autor | Jorge Olaso Álvarez |
Páginas | 95-276 |
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PRESENTACIÓN
En esta segunda unidad analizaremos los diferentes
medios de prueba que establece el numeral 318 del Códi-
go Procesal Civil, así como el procedimiento para su eva-
cuación.
La sección primera permite analizar los dos tipos de
declaración de parte establecidos en los numerales 333
a 350 ibídem, el interrogatorio de la parte y la confesión.
Asimismo, se señalan las diferencias y similitudes existen-
tes entre ambos y el procedimiento de evacuación de este
medio de prueba.
En el segundo apartado se desarrolla el tema de la
prueba testimonial, se analizan los supuestos que, en vir-
tud de la cuantía del negocio, existen para su admisión
como medio de prueba, para luego llegar a concluir que,
en realidad, no existen esas limitaciones. Lo anterior por
cuanto de la lectura de los numerales 351 y 353 ibídem
se determina que el legislador abrió las posibilidades para
admitir esa prueba, siempre y cuando el juzgador utilice
parámetros de imparcialidad y objetividad que no desequi-
libren el derecho de las partes. Por otro lado, se explican
las diversas situaciones que se le pueden presentar al juz-
gador al evacuar esta prueba.
La tercera sección se reere al tema de la prueba do-
cumental. En esta sección se dene el concepto de docu-
mento y se realiza un análisis de la clasicación de este
medio de prueba entre documentos e instrumentos públi-
cos y documentos privados. Como aporte novedoso se
hace referencia al concepto de documento notarial, intro-
ducido por el código que regula esa materia, y a la división
entre documentos protocolares y extra protocolares, para
así llegar a determinar cuáles de estos tienen la condi-
ción de instrumentos públicos. Por otra parte, se analiza
el valor probatorio de las distintas clases de documentos,
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así como de los procedimientos para ordenar su cotejo y
declarar su falsedad.
En el cuarto apartado se conceptualiza la prueba pe-
ricial y se establecen los procedimientos por cumplir para
evacuarla. Mientras que en el quinto se desarrolla el tema
de los medios cientícos de prueba y se destaca la forma
poco acertada en que nuestra legislación procesal se re-
ere a dicho tema.
Dentro de la sección sexta se explica el reconocimien-
to judicial, destacando que es el único medio en que el
juzgador hace constar circunstancias que capta directa-
mente con sus sentidos. Cabe destacar que en este aparte
se efectúa una crítica a una práctica que comúnmente se
realiza en nuestros tribunales, como lo es ordenar el alla-
namiento en caso de que se imposibilite la entrada al lugar
donde debe practicarse el reconocimiento. También se es-
tudia si el reconocimiento de personas violenta o no el de-
recho a la intimidad, con fundamento en los lineamientos
establecidos por la Sala Constitucional.
Por último, la sección sétima se reere a las presuncio-
nes y a los indicios como medios de prueba, haciendo la
advertencia de que estos, en realidad, no deben incluirse
dentro de esta categoría, puesto que constituyen deduc-
ciones que se elaboran en la mente del juzgador. Pese a
ello, se realiza el análisis de las presunciones legales y de
las humanas y se establecen las diferencias entre ellas.
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UNIDAD II
LOS MEDIOS DE PRUEBA
1. LA DECLARACIÓN DE PARTE
1.1. INTRODUCCIÓN
En la primera edición de este libro, me referí al tema de
la declaración de parte, resaltando su importancia como
medio probatorio. Dicho medio fue introducido a través de
la promulgación del Código Procesal Civil de 1986, ya que
con, anterioridad tanto el anterior Código de Procedimien-
tos Civiles, como el Código Civil no lo regulaban, sino que
seguían la concepción clásica de tener como medio de
prueba la confesión.
Como explicaré más adelante, la introducción del me-
dio de prueba “Declaración de parte” y su consecuente
subdivisión en interrogatorio de parte y confesión trajo una
importante gama de posibilidades a nuestro derecho pro-
cesal civil, pues permitió a la persona juzgadora –y even-
tualmente-, a las partes el pedir el interrogatorio no solo
acerca de hechos personales, sino también sobre hechos
contenidos en la demanda (artículo 333 del Código Proce-
sal Civil) lo que ha sido interpretado que es posible tam-
bién en torno a hechos relatados en el escrito de contes-
tación de la misma.
1. 2. LA DECLARACIÓN DE PARTE
La Sección Segunda del Capítulo II del Código Pro-
cesal Civil establece como medio de prueba la declara-
ción de parte. Dicho medio de prueba se subdivide en el
interrogatorio de parte y la confesión. Esta subdivisión
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