Mejoras en la eficacia del gasto público mediante el uso adecuado de tecnologías digitales en el sector público costarricense, de 31 de Octubre de 2018
Emisor | Poder Ejecutivo |
DIRECTRIZ
N° 031 - MICITT - H
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
EL MINISTRO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA Y TELECOMUNICACIONES
Y LA MINISTRA DE HACIENDA
En uso de las facultades conferidas en los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política de Costa Rica; artículos 25 inciso 1) y 28 inciso 2.b) de la Ley N° 6227, "Ley General de lo Administración Público", publicada en el Diario Oficial La Gaceta Nº 102del 30 de mayo de 1978, Alcance N° 90; artículos 3, 4 y 100 de la Ley N ° 7169, "Ley de Promoción del Desarrollo Científico y Tecnológico", publicada en el Alcance NQ 23 del Diario Oficial La Gaceta N° 144 del 01 de agosto de 1990 y sus reformas; artículos 1, 3, 9, 10, 11, 12, 23 y 24 inciso g) de la Ley N° 8454, "Ley de Certificados, Firmas Digitales y Documentos Electrónicos", publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 197 del 13 de octubre del 2005; artículo 3 de la Ley N ° 8131, "Ley de la Administración Financiero y Presupuestos Públicos", publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 198 del 16 de octubre del 2001; artículos 4, 23,24 y 25 del Decreto Ejecutivo N° 33018-MICIT, "Reglamento o la Ley de Certificados, Firmas Digitales y Documentos Electrónicos", publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 77 del 21 de abril del 2006 y sus reformas; la Directriz N° 067-MICITT-H-MEIC, "Masificación de lo Implementación y el Uso de la Firma Digital en el Sector Público Costarricense", publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 79 del 25 de abril de 2014.
Considerando:
l. Que el Estado costarricense debe utilizar las tecnologías digitales y las oportunidades de la gobernanza digital bajo los principios de la eficiencia en el uso de los recursos públicos y la efectividad en su implementación, con el objetivo de propiciar la mejora en los servicios e incentivar la democratización de las herramientas tecnológicas y sus beneficios en la ciudadanía.
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Que la situación fiscal del país debe ser tomada también en consideración, como un elemento determinante a valorar, en la decisión de inversión y gasto de la Administración Pública.
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Que el Poder Ejecutivo, ejerciendo la potestad administradora de recursos públicos de modo eficiente, debe procurar que las instituciones públicas se colaboren entre sí, en la búsqueda e implementación de soluciones de índole informática y de avance tecnológico.
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Que el Poder Ejecutivo en el ejercicio de su potestad de dirección en materia de Gobierno, y los Ministerios de Ciencia, Tecnología y...
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