Modifica Metodología para el ajuste extraordinario de las tarifas del servicio de electricidad, producto de variaciones en el costo de los combustibles (CVC) utilizados en la generación térmica para consumo nacional, de 1 de Noviembre de 2012

EmisorAutoridad Reguladora de Los Servicios Públicos

AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

RESOLUCIÓN RJD-128-2012

San José, a las quince horas del primero de noviembre de dos mil doce CONOCE LA JUNTA DIRECTIVALA MODIFICACIÓN DELA METODOLOGÍA PARA EL AJUSTE EXTRAORDINARIO DE LAS TARIFAS DEL SERVICIO DE ELECTRICIDAD, PRODUCTO DE VARIACIONES EN EL COSTO DE LOS COMBUSTIBLES (CVC) UTILIZADOS EN LA GENERACIÓN TÉRMICA PARA CONSUMO NACIONAL

EXPEDIENTE OT-111-2011

RESULTANDO:

  1. Que el 19 de marzo de 2012, mediante resolución RJD-017-2012, la Junta Directiva estableció

    la ÓMetodología para el ajuste extraordinario de las tarifas del servicio de electricidad,

    producto de variaciones en el costo de los combustibles (CVC) utilizados en la generación térmica para consumo nacional”, la cual se publicó en La Gaceta Nº 74 del 17 de abril de 2012, momento a partir del cual entró a regir. (Folios 161 a 172)

  2. Que la citada resolución,

    en el Por Tanto I, apartado 8, estableció que la información trimestral requerida para el cálculo del factor de ajuste trimestral, debería entregarse a más tardar los días 15 de febrero, 15 de mayo, 15 de agosto y 15 de noviembre de cada año. En consecuencia, la primera entrega de esa información debió

    efectuarse a más tardar el 15 de mayo de 2012. (Folio 171)

  3. Que el 11 y 16 de mayo de 2012 la Empresa de Servicios Públicos de Heredia S. A. (ESPH S. A.), solicitó, mediante oficios GG-367-2012 y GG-386-2012 respectivamente, que se le otorgara una prórroga para entregar la información requerida en la resolución citada, debido a que se trata de la primera ocasión en que deben prepararla y al corto período existente entre la aprobación de la metodología y la fecha límite para su presentación. (Folios 205 y 244)

  4. Que el 16 de mayo de 2012,

    mediante memorando 223-SJD-2012, la Secretaría de la Junta Directiva remitió a la Dirección General de Asesoría Jurídica y Regulatoria (DGJR),

    la solicitud de la ESPH S.

    A., para que fuera analizada. (Folio 243)

  5. Que el 21 de mayo de 2012,

    mediante oficio 373-DGJR-2012, la DGJR se pronunció sobre el solicitud de la ESPH S.A. (Folios 245 a 248)

  6. Que posteriormente se presentaron otras solicitudes -en iguales términos a las planteadas por la ESPH S. A.- por parte de la Junta Administrativa del Servicio Eléctrico Municipal de Cartago (JASEC), la Cooperativa de Electrificación Rural de San Carlos R.L. (Coopelesca, R.L), la Cooperativa de Electrificación Rural Los Santos R.L. (Coopesantos, R.L.) y la Cooperativa de Electrificación Rural de Alfaro Ruíz, R.L. (Coopealfaro Ruiz, R.L.).

  7. El 22 de mayo de 2012 mediante memorando 483-DEN-2012 la Dirección de Servicios de Energía (DEN) remitió a la Secretaría de Junta Directiva y al Despacho del Regulador General esas solicitudes, junto con una recomendación de que se modificara la resolución de la metodología.

    (Folios 259 a 266)

  8. Que el 24 de mayo de 2012,

    en la sesión ordinaria Nº 39-2012, la Junta Directiva conoció

    la solicitud de prórroga de la ESPH, S. A., y acordó en firme lo siguiente:

    ÓSolicitar a la Dirección de Servicios de Energía y al Centro de Desarrollo para la Regulación para que, en una próxima sesión, eleve a conocimiento de esta Junta Directiva una propuesta de modificación de la resolución RJD-017-2012 sobre la ÓMetodología para el ajuste extraordinario de las tarifas del servicio de electricidad, producto de variaciones en el costo de los combustibles (CVC) utilizados en la generación térmica para el consumo nacional”, en el sentido de establecer desde el punto de vista de oportunidad y conveniencia, la entrada en vigencia de dicha metodología tarifaria.” (El cual no consta en autos).

  9. Que el 25 de junio de 2012, en la sesión extraordinaria Nº 50-2012, la Junta Directiva acordó

    en firme lo siguiente: ÓSolicitar a la Dirección General de Asesoría Jurídica y Regulatoria, a la Dirección de Servicios de Energía y a la...

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