Modifica el límite de gasto presupuestario del Sistema Nacional de Radio y Televisión Cultural establecido en el articulo 1º del Decreto Ejecutivo Nº 29511-H, de 23 de Abril de 2002

EmisorPoder Ejecutivo

Nº 30376-H EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE HACIENDA Con fundamento en las atribuciones que le confieren los incisos 3) y 18) del numeral 140 de la Constitución Política, los artículos 26 y 27 de la Ley General de la Administración Pública, el artículo 11 de la Ley Nº 6273 y el Decreto Ejecutivo Nº 26916-MP.

Considerando:

  1. —Que al Sistema Nacional de Radio y Televisión Cultural (SINART), le corresponde desarrollar labores de comunicación tendientes a garantizar libertad de expresión, la educación nacional, el desarrollo de la vida cultural y la preservación de la identidad nacional y regional.

  2. —Que entre otros fines, el SINART tiene que desarrollar y difundir los valores culturales de Costa Rica, contribuir a modernizar la tarea educativa nacional, fortalecer los valores cívicos, difundir avances científicos y tecnológicos, brindar espacio de comunicación para las expresiones científicas y culturales nacionales y ser un medio efectivo para que los costarricenses entren en contacto con la cultura universal.

  3. —Que el SINART, requiere presupuestar recursos adicionales para dar cumplimiento al pago de obligaciones salariales ineludibles.

  4. Que mediante el Decreto Ejecutivo Nº 29511-H, publicado en La Gaceta Nº 98 del 23 de mayo del 2001, la Autoridad Presupuestaria formuló las Directrices Generales de Política Presupuestaria para el 2002, las cuales...

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