Resolución

Fecha de publicación17 Diciembre 2019
Número de registroIN2019415487
EmisorINSTITUTO NACIONAL DE FOMENTO COOPERATIVO

MODIFICACIÓN

El INFOCOOP comunica que la Junta Interventora en sesión N° 121, artículo tercero, inciso 5.1 celebrada el 27 de junio del 2019, acuerda eliminar toda referencia de la Tasa de Equilibrio institucional de la Política de Crédito y del Reglamento de Crédito del INFOCOOP, en consecuencia, se aprueba las siguientes modificaciones:

POLÍTICA GENERAL DE FINANCIAMIENTO EN EL

INSTITUTO NACIONAL DE FOMENTO COOPERATIVO

Se modifican las siguientes definiciones de términos, quedando de la siguiente manera:

Política Crediticia: Conjunto de criterios, lineamientos y directrices utilizados por el INFOCOOP para determinar el destino de los recursos financieros dirigidos a las diferentes cooperativas en forma de créditos, u otra modalidad de financiamiento, induciendo el desarrollo de áreas o sectores económicos prioritarios y estratégicos, mediante el uso de instrumentos y mecanismos como la tasa de interés, tasas piso, tasa de interés ponderada y algunos otros de carácter normativo (plazo, periodo de gracia, comisión).

Se elimina concepto de Tasa de Equilibrio Institucional.

Tasas de interés piso: Se entenderá como tasa piso el límite inferior de la banda de tasas.

Dictamen de la comisión financiera: la opinión o recomendación técnica emitida por parte de la comisión financiera sobre la afectación o no en la sostenibilidad del instituto, de aquellas tasas de interés, establecidas como tasas piso.

Se reforma el punto 4, quedando de la siguiente manera:

4. Tasas de Interés

En los préstamos se convendrá que, durante la vigencia de estos, devengarán una tasa de interés revisable, variable y ajustable a partir de la fecha de formalización.

Los intereses se calcularán sobre los saldos deudores, utilizando el mes comercial para el cómputo del factor tiempo, dividido sobre una base de trescientos sesenta días y deberán pagarse en las fechas o con la periodicidad que se determine.

Las tasas de interés de los créditos se establecerán con base en la estructura de tasas aprobada.

En caso de que la tasa de interés que se aplicará a un crédito sea igual a las tasas piso, se deberá presentar a la Junta Directiva, tanto el estudio socioeconómico, y para el caso de los emprendimientos deberá ser sustituido por el Estudio de Posibilidad, Viabilidad y Utilidad (PVU), así como el dictamen sobre impacto financiero en la institución, elaborado por la Comisión Financiera.

Banda de tasas: Tasas de interés otorgadas a los créditos, en concordancia a la política crediticia, entre las...

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