Multas por desacatar aislamiento sanitario por coronavirus irían de ¢450.000 de ¢2,3 millones

Un proyecto de ley, presentado este lunes en el Congreso por el Poder Ejecutivo, propone aplicar multas entre ¢450.200 y ¢2,3 millones a quienes desacaten las medidas sanitarias ordenadas por el Estado para la prevención del nuevo coronavirus.El presidente Carlos Alvarado, así como el ministro de Salud, Daniel Salas, presentaron el texto porque, en los últimos días, algunas personas han incumplido las medidas especiales con las cuales se pretenden evitar la transmisión directa o indirecta del covid-19.Los jerarcas plantean reformar el artículo 378 de la Ley General de Salud, Ley N° 5395 del 30 de octubre de 1973, para que la sanción por hacer caso omiso al "cumplimiento de las órdenes o medidas especiales o generales dictadas por las autoridades de salud", sea de un salario base (¢450.200), "siempre que el hecho no constituya delito".El proyecto plantea tres situaciones. La multa sería de ¢450.000 a quien se le imponga un aislamiento sanitario, por tener factores de riesgo de un cuadro grave de enfermedad, e irrespete la medida.La sanción subiría a ¢1,35 millones si quien viola el aislamiento es una persona sospechosa de una enfermedad contagiosa o que, aún sin presentar síntomas o signos evidentes de dicha enfermedad, tenga un contacto cercano con un agente causal de la enfermedad.La pena más alta, de ¢2,3 millones, será para la persona que irrespete el aislamiento luego de que, médica o clínicamente, se le diagnosticó una enfermedad contagiosa.El proyecto rescata que se exceptúan de la aplicación de estas multas a "aquellas personas que en virtud de un estado de necesidad, deban abandonar su sitio de aislamiento, aquellas personas en situación de calle y cualquier otra que deba ser valorada por la autoridad competente" y que "los términos de aplicación de estas excepciones, serán establecidas en el reglamento a esta ley".Aplicación de multasEstas sanciones serían aplicadas por la autoridad de salud. Para dichos efectos, deberá notificarse al infractor mediante un informe sanitario, otorgándole un plazo de 20 días hábiles para proceder al pago de la multa. Contra el informe sanitario, cabrá el recurso de apelación ante el Ministro de Salud, en el plazo tres días hábiles siguientes a la notificación del mismo.El recurso deberá ser tramitado dentro del plazo máximo de tres días hábiles y lo resuelto deberá notificarse a través de los medios electrónicos que se habiliten para dichos efectos.Además, la firma del infractor será prueba de la...

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