MUNICIPALIDAD DE ZARCERO REGLAMENTO PARA REGULAR EL FUNCIONAMIENTO Y EL COBRO DEL SERVICIO DE ASEO DE VÍAS Y SITIOS PÚBLICOS DEL CANTÓN DE ZARCERO

Fecha de publicación23 Octubre 2017
Número de registroIN2017174901
EmisorMUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE ZARCERO

REGLAMENTO PARA REGULAR EL FUNCIONAMIENTO

Y EL COBRO DEL SERVICIO DE ASEO DE VÍAS Y SITIOS

PÚBLICOS DEL CANTÓN DE ZARCERO

De conformidad con el artículo 43 del Código Municipal y según el acuerdo del Concejo Municipal tomado en el artículo V, inciso 5) de la sesión ordinaria Nº 87 del día 28 de agosto de 2017 se tiene por aprobado el siguiente reglamento.

CAPÍTULO I

Disposiciones generales

Artículo 1º—Objeto: El presente reglamento tiene por objeto establecer las regulaciones para la organización y el funcionamiento del servicio de aseo de vías y sitios públicos que brinda la Municipalidad de Zarcero, así como las obligaciones de los usuarios y la tarifa que deberá cancelarse por ese servicio.

Artículo 2º—Glosario: Para los efectos de este reglamento, se entenderá por:

a) Alcalde: el Alcalde o la Alcaldesa de la Municipalidad de arcero.

b) Concejo: el Concejo Municipal de la Municipalidad de Zarcero.

c) Contribuyente: persona física o jurídica obligada a cancelar la tarifa relativa al servicio de aseo de vías y sitios públicos.

d) Cordón y caño: la obra civil superficial construida al borde de la acera, cuya finalidad es la conducción de las aguas pluviales.

e) Costo: costo financiero en que incurre la Municipalidad por la limpieza del cordón y caño, las zanjas o canales a cielo abierto, las calles públicas y en general por el espacio correspondiente al derecho de vía municipal, que incluye los gastos por servicios personales y no personales, materiales y suministros, depreciación de maquinaria, equipo e instalaciones, gastos administrativos y utilidad para el desarrollo del sistema.

f) Departamento de Gestión Ambiental: Dependencia municipal encargada de administrar los temas de servicios municipales y ambientales.

g) Municipalidad: la Municipalidad de Zarcero.

h) Sección de Aseo de vías y sitios públicos: Dependencia adscrita al Departamento de Gestión Ambiental y encargada de velar por la limpieza de vías y sitios públicos.

i) Sección de recolección: Dependencia adscrita al Departamento de Gestión Ambiental y encargada de la recolección de los residuos sólidos en el cantón de Zarcero.

j) Servicio de Aseo de vías y sitios públicos: aquellas actividades de barrido y limpieza en el derecho de vía cantonal y en lotes públicos a nombre de la Municipalidad

k) Sistema de alcantarillado pluvial: Conjunto o red de tuberías, pozos de registro, tragantes, desfogues pluviales u otras obras necesarias para la correcta recolección, evacuación y drenaje de la escorrentía pluvial administradas por la Municipalidad y destinadas a la prestación del servicio público que se regula en este reglamento

l) Tarifa: tasa que deberán cancelar a la Municipalidad, los usuarios de bienes inmuebles inscritos o no en el Cantón de Zarcero con el fin de sufragar los costos que demanda el servicio de aseo de vías y sitios públicos.

m) Usuario: Propietario o poseedor a cualquier título, de un inmueble en el Cantón de Zarcero, quien por tal condición está obligado al pago de la tarifa que cobra la Municipalidad para la limpieza de vías y sitios públicos.

n) Zanja o canal a cielo abierto: trinchera excavada en la superficie, en tierra o revestida de concreto o cualquier otro material, destinada a la conducción de las aguas de lluvia hacia los tragantes.

CAPÍTULO II

Del servicio municipal de aseo de vías y sitios públicos

Artículo 3º—Del servicio: El servicio de aseo de vías y sitios públicos comprende las siguientes actividades:

1) Limpieza o barrido del cordón y caño, liberándolo de residuos sólidos o cualquier tipo de obstrucción

2) Limpieza de zanjas o canales a cielo abierto, liberándolos de residuos sólidos, zacate o cualquier tipo de obstrucción

3) Limpieza o barrido de calles públicas y en general del espacio correspondiente al derecho de vía municipal

4) Limpieza de aceras públicas para liberarlas de residuos sólidos, zacate y material terrígeno. De completarse el procedimiento expuesto los artículos 13, 14 y 15 del presente reglamento, el costo de realizar estos trabajos podrá ser cobrado a una persona física o jurídica según sea el caso.

5) Limpieza de lotes públicos a nombre de la Municipalidad, en lo que respecta a residuos sólidos, zacate y similares

6) La recolección de los residuos sólidos producto de la limpieza realizada.

7) Inspección y valoración técnica de las vías y sitios públicos en donde se ofrece el servicio, tomando en cuenta todas las actividades que involucra.

8) El establecimiento y cobro de tarifas y multas establecidas en este reglamento.

Artículo 4º—Dependencia responsable: Corresponderá al Departamento de Gestión Ambiental de la Municipalidad a través de sus profesionales y personal de campo, llevar a cabo la prestación de dicho servicio y el ejercicio de las actividades indicadas en el artículo anterior, sin perjuicio de que en el cumplimiento de esas tareas requiere de la...

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