MUNICIPALIDAD DE DOTA

Fecha de publicación14 Diciembre 2016
Número de registroIN2016093071
EmisorMUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE DOTA

En acuerdo estipulado en el artículo IV de la sesión extraordinaria N° 67, celebrada el día 10 de marzo del 2016, tomado por la Corporación Municipal de Dota, que dice:

Acuerdo artículo IV: El Concejo Municipal del cantón de Dota, por unanimidad, acuerda aprobar el siguiente:

REGLAMENTO MUNICIPAL PARA EL FUNCIONAMIENTO

Y EL COBRO DEL SERVICIO DE LIMPIEZA DE VÍAS

Y SITIOS PÚBLICOS DEL CANTÓN DE DOTA.

De conformidad con los Artículos 13, incisos B, C, D; 43 y 74 del Código Municipal (Ley 7794); se presenta el siguiente Reglamento.

CAPÍTULO I

Disposiciones generales

Artículo 1º—Objeto: El presente reglamento tiene por objeto establecer las regulaciones para la organización y el funcionamiento del servicio de aseo de vías y sitios públicos que brinda la Municipalidad de Dota, así como las obligaciones de los usuarios y la tarifa que deberá cancelarse por ese servicio.

Artículo 2º—Glosario: Para los efectos de este reglamento, se entenderá por:

a) Alcalde: el Alcalde o la Alcaldesa de la Municipalidad de Dota.

b) Concejo: el Concejo Municipal de la Municipalidad de Dota.

c) Contribuyente: persona física o jurídica obligada a cancelar la tarifa relativa al servicio de aseo de vías y sitios públicos.

d) Condominio: aquella propiedad o finca filial que esté sujeta al régimen de propiedad en condominio

e) Condómino: propietario o poseedor de una finca filial que esté sujeta al régimen de propiedad en condominio

f) Cordón y caño: la obra civil superficial construida al borde de la acera, cuya finalidad es la conducción de las aguas pluviales.

g) Costo: costo financiero en que incurre la Municipalidad por la limpieza del cordón y caño, las zanjas o canales a cielo abierto, las calles públicas y en general por el espacio correspondiente al derecho de vía municipal, que incluye los gastos por servicios personales y no personales, materiales y suministros, depreciación de maquinaria, equipo e instalaciones, gastos administrativos y utilidad para el desarrollo del sistema.

h) Dirección de Servicios Ambientales: Dependencia municipal encargada de administrar los temas de servicios municipales y ambientales.

i) Municipalidad: la Municipalidad de Dota.

j) Sección de Aseo de vías y sitios públicos: Dependencia adscrita a la Municipalidad encargada de velar por la limpieza de vías y sitios públicos.

k) Sección de recolección: Dependencia adscrita a la Municipalidad encargada de la recolección de los residuos sólidos en el cantón de Dota.

l) Servicio de Aseo de vías y sitios públicos: aquellas actividades de barrido y limpieza en el derecho de vía cantonal y en lotes públicos a nombre de la Municipalidad

m) Sistema de alcantarillado pluvial: Conjunto o red de tuberías, pozos de registro, tragantes, desfogues pluviales u otras obras necesarias para la correcta recolección, evacuación y drenaje de la escorrentía pluvial administradas por la Municipalidad y destinadas a la prestación del servicio público que se regula en este reglamento

n) Tarifa: tasa que deberán cancelar a la Municipalidad, los usuarios de bienes inmuebles inscritos o no en el cantón de Dota con el fin de sufragar los costos que demanda el servicio de aseo de vías y sitios públicos.

o) Usuario: Propietario o poseedor a cualquier título, de un inmueble en el cantón de Dota, quien por tal condición está obligado al pago de la tarifa que cobra la Municipalidad para la limpieza de vías y sitios públicos.

p) Zanja o canal a cielo abierto: trinchera excavada en la superficie, en tierra o revestida de concreto o cualquier otro material, destinada a la conducción de las aguas de lluvia hacia los tragantes.

CAPÍTULO II

Del servicio municipal de aseo de vías y sitios públicos

Artículo 3º—Del servicio: El servicio de aseo de vías y sitios públicos comprende las siguientes actividades:

1) Limpieza o barrido del cordón y caño, liberándolo de residuos sólidos o cualquier tipo de obstrucción

2) Limpieza de zanjas o canales a cielo abierto, liberándolos de residuos sólidos, zacate o cualquier tipo de obstrucción

3) Limpieza o barrido de calles públicas y en general del espacio correspondiente al derecho de vía municipal

4) Limpieza de aceras públicas para liberarlas de residuos sólidos, zacate y material terrígeno. De completarse el procedimiento expuesto los artículos 13, 14 y 15 del presente reglamento, el costo de realizar estos trabajos podrá ser cobrado a una persona física o jurídica según sea el caso.

5) Limpieza de lotes públicos a nombre de la Municipalidad, en lo que respecta a residuos sólidos, zacate y similares

6) Corta o poda de árboles que se encuentran dentro del derecho de vía cantonal.

7) La recolección de los residuos sólidos producto de la limpieza realizada.

8) Inspección y valoración técnica de las vías y sitios públicos en donde se ofrece el servicio, tomando en cuenta todas las actividades que involucra.

9) El establecimiento y cobro de tarifas y multas establecidas en este reglamento.

Artículo 4º—Dependencia responsable: Corresponderá a la Municipalidad de Dota a través de sus profesionales y personal de campo, llevar a cabo la prestación de dicho servicio y el ejercicio de las actividades indicadas en el artículo anterior, sin perjuicio de que en el cumplimiento de esas tareas requiere de la coordinación con otras dependencias de la Municipalidad.

CAPÍTULO III

Del cobro por el servicio de aseo de vías y sitios públicos

Artículo 5º—Tasa: Por el servicio de aseo de vías y sitios públicos, la Municipalidad cobra una tasa, en todos aquellos sitios del cantón donde existan...

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