Resolución. MUNICIPALIDAD DE MONTES

Fecha de publicación24 Noviembre 2020
Número de registroIN2020503010
EmisorMUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE MONTES DE OCA

CONCEJO MUNICIPAL

REGLAMENTO PARA LA ATENCIÓN DE DENUNCIAS

PLANTEADAS ANTE LA AUDITORÍA INTERNA

DE LA MUNICIPALIDAD DE MONTES DE OCA

Con fundamento en lo que establecen los incisos 3), 8) y 18 del artículo 140 de la Constitución Política, artículos 15 y 46 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Auditoría Interna de la Municipalidad de Montes de Oca, y el artículo 9º de la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, el Concejo Municipal de Montes de Oca acuerda:

Aprobar el siguiente:

REGLAMENTO PARA LA ATENCIÓN DE DENUNCIAS

PLANTEADAS ANTE LA AUDITORÍA INTERNA

DE LA MUNICIPALIDAD DE MONTES DE OCA.

Considerando:

1º—Que los artículos 6º de la Ley General de Control Interno y 8º de la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, y artículos 1º, inciso 13) y 8) del Reglamento a la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, establecen el deber de conocer y tramitar las denuncias que se presenten a las Auditorías Internas y que sean atinentes al ámbito de su competencia, asimismo guardar confidencialidad respecto de la identidad de los ciudadanos que presenten dichas denuncias ante sus oficinas, así como de la información, documentación y otras evidencias de la investigación que efectúen y cuyos resultados puedan originar la apertura de procedimientos administrativos.

2º—Que es un derecho de todo ciudadano denunciar ante las Auditorías Internas presuntos actos de corrupción y un deber de éstas atender las denuncias que presenten los ciudadanos y funcionarios, y que sean de su competencia.

3º—Que de conformidad con el numeral 3 del Reglamento a la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, el derecho a la participación ciudadana en la lucha contra la corrupción, se fundamenta, entre otros, en el poder ciudadano de denuncia.

4º—Que se estima conveniente y oportuno establecer un Reglamento que fije las pautas generales mínimas y uniformes para la recepción y tramitación de denuncias contra las actuaciones de los funcionarios de la Municipalidad de Montes de Oca y de las personas físicas o jurídicas encargadas de administrar fondos provenientes de este Gobierno Local, así como para garantizar la confidencialidad del denunciante y de la documentación de sustento pertinente.

CAPÍTULO I

Propósito y Ámbito de competencia

Artículo 1º—Propósito. Este reglamento tiene como propósito el informar y regular la forma como las personas deben presentar las denuncias ante la Auditoría Interna de la Municipalidad de Montes de Oca, así como los requisitos que debe reunir una denuncia, y el procedimiento que empleará esta Auditoría Interna para valorar si es procedente verificar los hechos que se denuncian.

Artículo 2º—Ámbito de competencia. La Auditoría Interna tramitará únicamente aquellas denuncias que versen sobre posibles hechos irregulares o ilegales, en relación con asuntos tales como el uso y manejo de fondos públicos por parte de los funcionarios de la Municipalidad de Montes de Oca, sujetos pasivos a los que se le hayan transferido recursos para su administración e hicieran mal uso de éstos, que incidan sobre la Hacienda Pública, en lo que corresponde a su competencia institucional, así como lo regulado por la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública 8422, y en casos como el manejo de la información tal como lo establece la Ley General de Control Interno.

CAPÍTULO II

Aspectos generales

Artículo 3º—Marco de legalidad. El presente Reglamento se fundamenta en:

- Ley General de Control Interno 8292.

- Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública 8422.

- Reglamento a la ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, 8422.

- Normas para el ejercicio de la auditoría interna en el sector público (R-DC-119-2009).

- Normas Generales de Auditoría para el Sector Público (R-DC-064-2014).

- Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Auditoría Interna de la Municipalidad de Montes de Oca.

- Lineamientos sobre gestiones que involucran a la Auditoría Interna presentadas ante la CGR (R-DC-83-2018).

Artículo 4º—Principios generales. La admisión de denuncias se atenderá en concordancia con los principios de simplicidad, economía, eficacia, eficiencia, y razonabilidad.

Artículo 5º—Confidencialidad de los denunciantes. La identidad del denunciante, la información, la documentación y otras evidencias de las investigaciones que se efectúen serán confidenciales de conformidad con las regulaciones establecidas en el artículo 6º de la Ley General de Control Interno 8292 y 8º de la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública 8422. Las infracciones a la obligación de mantener dicha confidencialidad por parte de los funcionarios de la Auditoría Interna podrán ser sancionadas según lo previsto en las regulaciones pertinentes.

CAPÍTULO III

Sobre el trámite de las denuncias

Artículo 6º—Recibo de denuncia. La Auditoría Interna recibirá las denuncias de forma física en su oficina, o bien por los medios electrónicos que la Auditoría Interna ponga a disposición para tal efecto. También de manera verbal, cuando las circunstancias así lo exijan. En este último caso, el denunciante deberá comparecer personalmente ante la Auditoría Interna y expresar de modo oral su denuncia. El Auditor Interno valorará la admisibilidad de las mismas conforme a lo que dicta la Sección Segunda del Reglamento a la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, y lo...

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