MUNICIPALIDAD DE SANTA ANA (IN2016010983)
Número de registro | IN2016010983 |
Fecha de publicación | 10 Marzo 2016 |
MUNICIPALIDAD DE SANTA ANA
Para los efectos legales correspondientes, el Concejo Municipal de Santa Ana, comunica, que en la sesión ordinaria N° 298, celebrada el 19 de enero de 2016, ratificó el siguiente Reglamento por no haber recaído ninguna consulta.
REGLAMENTO PARA EL USO DE LA CANCHA SINTÉTICA
UBICADA EN LAGOS DE LINDORA
Objetivo: Establecer las normas adecuadas para el uso y administración de la cancha sintética.
Artículo 1º—El objetivo del presente reglamento es regular el uso correcto de la cancha sintética y sus relaciones con las personas que deseen utilizarla (en adelante denominados como los usuarios). Ya sea para juegos amistosos, campeonatos que se pueda desarrollar en su campo de juego.
Artículo 2º—Los usuarios podrán reservar el uso del campo de juego de la cancha sintética tres días antes de la actividad por vía telefónica directamente al Comité Comunal de Deportes y Recreación de Lindora, quien, además tendrá la potestad de suspender esta reserva por motivos de fuerza mayor o de último momento, y les proporcionará según las posibilidades, una nueva fecha de la reserva.
Artículo 3º—Los usuarios deberán cancelar al administrador por el uso del campo de juego de la cancha sintética, de manera individual, un monto de ¢18.000,00 de día y ¢20.000,00 de noche por 60 minutos de juego, en el horario de lunes a viernes de 3:00 p.m. a 9:00 p.m. sábados y domingos de 12:00 m.d. a 9:00 p.m. El monto puede variar según estudio tarifario previo aprobado por la Junta Directiva del CCDRSA y del Concejo Municipal.
Artículo 4º—Los usuarios pagarán obligatoriamente por su uso del campo de juego de la cancha sintética, con excepción de aquellos casos que el CCDRSA o el Comité Comunal de Lindora mediante acuerdo de la Junta Directiva resuelvan exonerarlo o en donde se promuevan programas promovidos por el CCDRSA.
Artículo 5º—Las instalaciones deberán entregarse tal y como se faciliten en el momento del uso. La reserva incluirá el uso de las instalaciones por el horario establecido el cual se ha fijado de acuerdo a lo siguiente: Lunes a viernes de 3:00 p.m. a 9:00 p.m. sábados y domingos de 12:00 m.d. a 9:00 p.m.
Artículo 6º—El valor que ingrese por el cobro del uso del campo de juego de la cancha sintética, el administrador lo distribuirá de la siguiente manera: a) pago del consumo servicios públicos; b) reposición de implementos deportivos; y, e) limpieza y mantenimiento diario de las instalaciones.
Artículo 7º—En el campo de juego deberán permanecer únicamente las personas que hagan uso de la misma.
Artículo 8º—Correrá por cuenta de los usuarios, (equipos participantes) cualquier daño que se le pudiera causar a las instalaciones.
Artículo 9º—La Administración deslinda cualquier responsabilidad civil y/o penal por algún daño físico y/o lesión que puedan sufrir los usuarios...
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