Reglamento No. IN2017182839
Fecha de publicación | 13 Noviembre 2017 |
Número de registro | IN2017182839 |
Emisor | MUNICIPALIDADES |
La Secretaría del Concejo Municipal comunica que mediante el Acuerdo Municipal tomado bajo el artículo sexto inciso 3-B de la sesión ordinaria N° 101-2017 , celebrada el día lunes 31 de julio del 2017; el Concejo Municipal de conformidad con el artículo cuarenta y tres del Código Municipal, acordó publicar y someter a consulta pública no vinculante por un plazo de diez días hábiles, contados a partir de la publicación en el Diario Oficial La Gaceta, el Proyecto del Reglamento General para Uso de Instalaciones Recreativas y Deportivas del Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Santo Domingo. Para efectos de la presente consulta se informa que la presentación de las observaciones, objeciones u otras deberán ser presentadas dentro del plazo de los diez hábiles, en forma escrita ante la Secretaria del Concejo Municipal de Santo Domingo, misma que se ubica en el Edificio Municipal costado norte del parque central de Santo Domingo; dentro del horario institucional de lunes a jueves de siete de la mañana a las dieciséis horas y los viernes de las siete horas hasta las quince horas. Asimismo, se advierte a los interesados que presenten alguna acción dentro de esta consulta pública, que deberán señalar un medio para recibir notificaciones. Gabriela Vargas Aguilar. Secretaría del Concejo Municipal.
PROYECTO DE REGLAMENTO GENERAL PARA USO
DE LAS INSTALACIONES RECREATIVAS Y
DEPORTIVAS DEL COMITÉ CANTONAL DE
DEPORTES Y RECREACIÓN
DE SANTO DOMINGO
La Municipalidad de Santo Domingo de Heredia, con fundamento en los numerales 169 y 170 de la Constitución Política, artículos 13, inciso c), 43 y 164 a 172 del Código Municipal, emite el presente Proyecto de Reglamento General para Uso de las Instalaciones recreativas y Deportivas del Comité Cantonal de Deportes y Recreación del cantón de Santo Domingo de Heredia y los Comités Comunales de Deportes, que se regirán por las siguientes disposiciones:
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1°—Objetivo. El objetivo de la presente normativa es el de establecer las regulaciones y procedimientos de uso de las instalaciones deportivas y recreativas administradas por el Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Santo Domingo.
CAPÍTULO II
De los usuarios de las instalaciones
Artículo 2°—Usuarios. La condición de usuario se adquiere en el momento que se realice el pago del precio señalado por entrada, o bien, se le extienda el permiso de uso, o ingrese a las instalaciones de libre acceso. El mismo se pierde automáticamente cuando termina el período autorizado sin haber hecho efectiva la siguiente reserva, o cancelación respectiva, o abandone la instalación.
El Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Santo Domingo se exime de toda responsabilidad que se le pueda exigir, siempre que dicha exigencia no sea por motivos de fuerza mayor, caso fortuito, culpa de la víctima o hecho de un tercero por el uso individual o colectivo de alguna de las instalaciones o participación en sus actividades por los usuarios, tales como: pérdida de objetos personales, robo o lesiones como consecuencia de la práctica recreativa o deportiva.
Artículo 3°—Derechos de los usuarios. Los Usuarios de las Instalaciones Deportivas y Recreativas tienen derecho a:
a) Hacer uso de las instalaciones en los días y en el horario señalado en el permiso o contrato de arrendamiento, o en el horario establecido para aquellas instalaciones de libre acceso.
b) Hacer uso de los servicios y espacios complementarios como vestuarios, servicios sanitarios, bodegas, etc., en las instalaciones dotadas de dichos servicios, no estando permitido dejar ningún tipo de objeto en los mismos.
c) Ingresar a la instalación con la antelación suficiente al horario de la actividad, para poder efectuar el cambio de ropa, montaje del equipamiento y permanecer en ella una vez finalizada la actividad el tiempo necesario para dichas tareas.
d) Encontrar las instalaciones, material y mobiliario con que están equipadas en perfectas condiciones de limpieza y mantenimiento.
e) Realizar cualquier sugerencia o reclamo que considere oportuno en las hojas que se encuentran a su disposición para tal fin en las instalaciones.
f) Si por inclemencias del tiempo, fuera imposible realizar la práctica deportiva - recreativa, con el Visto Bueno del Administrador o funcionario del el Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Santo Domingo y previa presencia en la instalación se procederá a compensar dicho uso en fechas próximas, o la devolución del pago correspondiente.
g) Ser tratados con educación y amabilidad por todo el personal del el Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Santo Domingo, que presta servicio en la instalación deportiva o recreativa.
h) Disfrutar, de acuerdo a los servicios que brinde el Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Santo Domingo en sus instalaciones.
i) Hacer uso de las instalaciones en los días y horarios señalados para cada Instalación deportiva o recreativa. El Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Santo Domingo por necesidades de programación o fuerza mayor, se reserva el derecho de anular o variar las condiciones establecidas; comunicando con la anterioridad del caso a los usuarios afectados.
Artículo 4º—Deberes de los usuarios. Los usuarios de las Instalaciones Deportivas estarán obligados a:
a) Cancelar el monto indicado con anterioridad al uso de la instalación, en caso de corresponder.
b) Presentar documento que acredite su condición de usuario a los funcionarios de la instalación que lo soliciten en el momento de ingreso a la instalación.
c) Atender las indicaciones de los funcionarios de las instalaciones en todo lo concerniente al uso de la misma, así como del material o mobiliario que allí se encuentre.
d) Cumplir la legislación y reglamentación vigente en materia de fumado, bebidas alcohólicas y sustancias psicotrópicas. No fumar, ingerir bebidas alcohólicas o consumir estupefacientes en las instalaciones del Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Santo Domingo.
e) Corresponderá a la entidad usuaria solicitar y obtener de las autoridades competentes, las autorizaciones respectivas exigibles, así como estar al día con un Seguro de Accidentes para dichas actividades recreativas y deportivas, en aplicación de lo dispuesto en la legislación vigente.
f) Presentar o portar el carné, tiquete, o documento que acredite su condición de usuario, no pudiendo cederlo o transferirlo a un tercero. Siendo el no cumplimiento de este inciso, causal de rescisión del permiso de uso o contrato.
g) Hacer uso exclusivamente del área solicitada.
h) Cuidar de que se cumplan las normas de uso de la instalación.
i) Recoger y entregar en la oficina de la instalación las llaves de los espacios deportivos y complementarios que utilicen, cuidando de que estos queden cerrados una vez finalizada la actividad.
j) Instalar y retirar el material y mobiliario deportivo o recreativo del que hagan uso durante la actividad.
k) Firmar las hojas de asistencia y otros documentos de control que le presenten los funcionarios de la instalación.
l) Utilizar las instalaciones, material y mobiliario adecuadamente, evitando posibles deterioros o daños en las instalaciones, o salud y derechos de los otros usuarios.
m) Guardar el...
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