Decreto Nº 42068 - N° 42068-MEP El PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y LA MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Fecha de publicación | 13 Diciembre 2019 |
Número de registro | D42068 - IN2019413742 |
Emisor | Poder Ejecutivo |
N° 42068-MEP
El PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA
En ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 77, 81, 140 incisos 8), y 18), 146 de la Constitución Política, los principios, objetivos y fines establecidos para la educación costarricense en la Ley Fundamental de Educación, Ley N° 2160 del 25 de setiembre de 1957, el artículo 346 del Código de Educación, Ley N° 181 del 18 de agosto de 1944, los artículos 1 y 2 de la Ley Orgánica del Ministerio de Educación Pública, Ley N° 3481 del 13 de enero de 1965, y los artículos 25 inciso 1), 27 inciso 1), 28 inciso 2) acápite b, de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978; el artículo 29 de la Convención sobre los Derechos del Niño, aprobada mediante Ley N° 7184 del 18 de julio de 1990; los artículos 2 y 5 de la Ley de Eliminación de la Discriminación Racial en los Programas Educativos y los Medios de Comunicación Colectiva N° 7711 del 22 de octubre de 1997; los artículos 4, 56, 58 y 60 del Código de la Niñez y la Adolescencia N° 7739 del 06 de enero de 1998; y la Ley N° 9526, del 26 de abril de 2018, para declarar agosto como el mes histórico de la afrodescendencia en Costa Rica, y;
Considerando:
I.—Que el Decreto Ejecutivo N° 32338 de fecha 27 de abril del año 2005, creó la Comisión Nacional de Estudios Afrocostarricenses, instancia a cargo de la asesoría y promoción en materia de historia, aportes culturales, artísticos, educativos y económicos de las poblaciones afrocostarricenses.
II.—Que mediante Decreto Ejecutivo N° 38835 de fecha 20 de enero del año 2015, se crea la figura y procedimiento de selección del Comisionado de la Presidencia de la República para Afrodescendientes y Representante Especial del Estado para África y Asuntos de la Afrodescendencia.
III.—Que el Decreto Ejecutivo N° 38835 indica que el nombramiento del Comisionado responde al “objetivo fundamental del Gobierno de la República de mantener y fortalecer las políticas gubernamentales destinadas a estudiar, conservar, promover y divulgar la importancia e influencia de la cultura afrodescendiente en la construcción de la historia nacional costarricense”. A su vez corresponde al Comisionado la coordinación con las instituciones públicas u otros organismos las actividades relacionadas con esa comunidad, además de las actividades nacionales e internacionales que se enmarquen dentro del Decenio Internacional de los afrodescendientes.
IV.—Que el Ministerio de Educación...
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