Decreto Nº 43653-RE

Fecha de publicación13 Septiembre 2022
Número de registroD- 43653 - IN2022674075
EmisorPoder Ejecutivo

Nº 43653-RE

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

En ejercicio de las facultades que confieren los artículos 140 incisos 3), 10) y 12) y 146 de la Constitución Política de Costa Rica, así como lo dispuesto por la Convención Interamericana sobre Exhortos o Cartas Rogatorias, Ley Nº 6165 del 21 de diciembre de 1977.

Considerando:

1ºQue mediante Ley Nº 6165 del 21 de diciembre de 1977, nuestro país aprobó la Convención Interamericana sobre Exhortos o Cartas Rogatorias.

2ºQue en el artículo 4 de la Convención Interamericana sobre Exhortos o Cartas Rogatorias, se dispone que cada Estado Parte informará a la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos acerca de cuál es la autoridad central competente para recibir y distribuir exhortos o cartas rogatorias.

3ºQue dentro de las labores y atribuciones de la Dirección Jurídica en materia de cooperación jurídica internacional, la recepción y distribución de exhortos y cartas rogatorias, en los términos señalados en la Convención, ya se ha venido realizando habitualmente. Por tanto,

Decretan:

“DESIGNACIÓN DE LA AUTORIDAD CENTRAL DE LA

CONVENCIÓN INTERAMERICANA SOBRE EXHORTOS

O CARTAS ROGATORIAS, LEY Nº 6165 DEL

21 DE DICIEMBRE DE 1977”

Artículo 1ºDesignar a la Dirección Jurídica del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, como Autoridad Central, la cual, estará encargada de recibir exhortos o cartas rogatorias expedidas en actuaciones y procesos en materia civil o comercial por los órganos jurisdiccionales de uno de los Estados Partes en la Convención.

Artículo 2º Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Dado en la Presidencia de la República, San José, a los cuatro días del mes julio de dos mil veintidós.

RODRIGO CHAVES ROBLES.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto a. í., Christian Guillermet Fernández.—1 vez.—O. C. N° 00100190.—Solicitud N° 03-2022-DJO.—(D- 43653 - IN2022674075). ).

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