Crea el Programa Nacional de Convivencia en Centros Educativos (Programa Convivir), de 19 de Septiembre de 2011

EmisorPoder Ejecutivo

Nº 36779-MEP

EL SEGUNDO VICEPRESIDENTE EN EJERCICIO

DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Y

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

En ejercicio de las atribuciones conferidas en los artículos 140, incisos 3, 8, 18 y 146 de la Constitución Política de Costa Rica, los artículos 25 inciso 1), 27) 1 y 28 inciso 2) acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978 y la Ley Orgánica del Ministerio de Educación Pública.

Considerando:

I.—Que aprender a convivir es una finalidad del sistema educativo nacional pero también un reto de la convivencia democrática costarricense.

II.—Que la sana convivencia en los centros educativos es indispensable para impulsar y consolidar una educación de calidad.

III.—Que la detección temprana de situaciones que atentan contra la convivencia en los centros educativos requiere de estrategias y mecanismos oportunos e inmediatos que fomenten las adecuadas relaciones humanas dentro de un enfoque de derechos y deberes.

IV.—Que para lograr el desarrollo de buenas prácticas de convivencia en centros educativos, es fundamental la aplicación de conocimientos, capacidades y destrezas de negociación, la generación de consensos y el manejo de disensos por parte de toda la comunidad educativa.

V.—Que la participación estudiantil como práctica educativa permite a niños, niñas y adolescentes expresarse libremente con base en su contexto inmediato, y en sus capacidades y destrezas sociales.

VI.—Que la convivencia diaria en los centros educativos, debe habilitar espacios de diálogo y análisis del entorno educativo institucional comunal y nacional en un marco pleno de respeto entre estudiantes, personal docente, administrativo y las familias.

VII.—Que los centros educativos deberán identificar los recursos institucionales a nivel comunal,

local y regional que permitan la atención oportuna de situaciones que requieran una acción interinstitucional para una adecuada convivencia en el espacio educativo y familiar.

VIII.—Que promover un clima y respeto a los derechos humanos de las personas que conforman la comunidad estudiantil requiere la ejecución de acciones integrales para la prevención, atención y seguimiento de situaciones de conflicto y violencia en los centros educativos.

IX.—Que es necesario fortalecer el desarrollo y logro de los Objetivos Fundamentales Transversales presentes en el currículo y que responden a los principios de convivencia democrática, participativa y solidaria que animan nuestra Constitución Política. Por tanto,

DECRETAN:

CREACIÓN DEL PROGRAMA NACIONAL DE

CONVIVENCIA EN CENTROS EDUCATIVOS

(PROGRAMA...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR