Normativa para el Funcionamiento Interno del Tribunal de Honor del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica, de 14 de Noviembre de 2017

EmisorColegio de Contadores Públicos

COLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS DE COSTA RICA

Normativa para el Funcionamiento

Interno del Tribunal de honor

Se informa a todos los miembros del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica y público en general, que la Junta Directiva aprobó en la sesión ordinaria N° 19-2017 del 27-09-2017, por acuerdo N° 591-2017 SO.19, la Normativa para el Funcionamiento Interno del Tribunal de Honor del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica, el cual deroga cualquier otro anterior aprobado por la Junta Directiva. Este lineamiento estará disponible en nuestra página web: www.ccpa.or.cr.-

TABLA DE CONTENIDO Página N°

ARTÍCULO I: Integración y Juramentación: ..........................

3

ARTÍCULO II: Nombramiento de Presidente y Secretario: ................

4

ARTÍCULO III: Nombramiento del Miembro Instructor del Procedimiento Disciplinario: ...........................................

4

ARTÍCULO IV: De Las Resoluciones Finales: .........................

4

ARTÍCULO V: Convocatoria: ...................................

5

ARTÍCULO VI: Asistencia a Sesiones: ...............................

5

ARTÍCULO VII: Quórum para sesionar y resolver: .......................

ARTÍCULO VIII: Levantamiento de Actas: .............................

ARTÍCULO IX: Firma de documentos: ...............................

ARTÍCULO X: Apoyo Legal: .....................................

ARTÍCULO XI: Confidencialidad: ................................

ARTÍCULO XII: Correspondencia: ................................

ARTÍCULO XIII: Apoyo Secretarial: ...............................

ARTÍCULO XIV: Acceso y Fotocopias de Expedientes: ...................

ARTÍCULO XVI: Enlace con la Junta Directiva: ..........................

ARTÍCULO XII: Apoyo de la Fiscalía y Dirección Ejecutiva: ................

ARTÍCULO XII: Conducta Debida: ................................

ARTÍCULO XII: Prohibiciones: .................................

ARTÍCULO XII: Normas Supletorias: ..............................

5

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NORMATIVA PARA EL FUNCIONAMIENTO INTERNO DEL TRIBUNAL DE HONOR

Con fundamento en la Ley de Regulación de la Profesión del Contador Público y creación del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica, No 1038 y el Decreto Ejecutivo 13606-E.

Considerando además el acuerdo de Junta Directiva N°516-2017 SO.16 de la Sesión Ordinaria Nº16-2017, celebrada el 9 de agosto de 2017, según el cual se dispuso adicionar un artículo al Código de Ética, el número 84 que a la letra dice:

¨El presidente del Tribunal de Honor nombrará al menos dos integrantes, sin perjuicio de que puedan participar los cinco, en cada procedimiento disciplinario como instructores, dentro de sus miembros nombrados por la Asamblea General. Estos miembros del Tribunal de Honor serán los encargados de la instrucción en todas sus etapas, asistirán a la audiencia y prepararán un informe preliminar. El informe preliminar será discutido por los cinco miembros del Tribunal de Honor en pleno, para que tomen una decisión, emitan la resolución final que firmarán los cinco y que deberá enviarse a la Junta Directiva".

Se aprueba la siguiente normativa que regula el Funcionamiento del Tribunal de Honor, sus Sesiones y Manejo de Expedientes, que regirá en los siguientes términos:

ARTÍCULO PRIMERO: Integración y Juramentación.

De conformidad con el artículo 32 de la Ley 1038, el Tribunal de Honor, lo integran cinco miembros de los cuales serán propietarios, nombrados por Asamblea General Ordinaria cada dos años quienes deben ser juramentados por el Presidente del Colegio en la primera sesión de asamblea general ordinaria.

Los miembros propietarios tendrán derecho a...

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