Nueva estructura en la Subdirección de Fiscalización

AutorRaymundo Volio L.

El artículo 61 del decreto Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección General de Tributación Directa, que trata sobre la Subdirección de Fiscalización, fue modificado recientemente por el Decreto N° 37743-H del treinta de abril del dos mil trece.

Esta norma trata sobre la Subdirección de Fiscalización de la Dirección General de Tributación, y lo interesante del cambio es que se crean 10 unidades organizativas dentro de la subdirección de fiscalización, a saber:

“Unidad Agropecuaria, Unidad de Fiscalidad Internacional, Unidad Comercio Mayorista, Unidad Financiera, Unidad de Industria de Alimentos, Unidad Comercio Minorista, Unidad de Industria, Unidad de Servicios, Unidad Inmobiliaria y Unidad Resolutiva.”

Cada una de las unidades organizativas, tiene sus propias funciones, así por ejemplo:

  1. Unidad Agropecuaria

    Le corresponde a la Unidad Agropecuaria de conformidad con el Plan Anual de Fiscalización (PAF), la planeación, organización, coordinación y supervisión oportuna de labores de fiscalización de Grandes Contribuyentes Nacionales, que se dedican a actividades agrícolas y a la crianza de animales. Entre este tipo de contribuyentes se tiene empresas productoras de naranjas, piña, bananos, caña de azúcar, café, otros y criadores de ganado vacuno, porcino.

  2. Funciones de la Unidad Agropecuaria:

    Planear y organizar la programación y desarrollo de las actuaciones fiscalizadoras, a los grandes contribuyentes nacionales, que se encuentran dentro de la actividad económica agropecuaria y que le sean encargadas o delegadas a desarrollar a la Unidad conforme al Plan Anual de Fiscalización.

  3. Unidad de Fiscalidad Internacional

    Le corresponde a la Unidad de Fiscalidad Internacional de conformidad con el Plan Anual de Fiscalización (PAF), la planeación, organización, dirección, coordinación y supervisión oportuna de labores de fiscalización de Grandes Contribuyentes Nacionales, que interactúan en actividades lucrativas por prestación de servicios intragrupo y venta de bienes muebles e inmuebles; donde participan un conjunto de empresas vinculadas, sea por estructura económica societaria, o por intercambio de bienes y servicios a nivel nacional e internacional y en donde la determinación de los precios de intercambio pueden afectar las bases imponibles de los impuestos directos e indirectos administrados por la Dirección General de Tributación.

  4. Unidad de Comercio Mayorista

    Le corresponde a la Unidad de Comercio Mayorista de conformidad...

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