Obras públicas menores a ¢607 millones tendrían camino rápido con reforma en contratación administrativa

Las adjudicaciones de obras públicas cuyos costos no superen los ¢607 millones tendrían un camino más rápido de aprobarse la reformar a la Ley de Contratación Administrativa, presentada este jueves en la Asamblea Legislativa.Se trata de una iniciativa impulsada por la Contraloría General de la República con el apoyo de diputados de diferentes fracciones.El primer cambio que plantea es el nombre, pues la actual Ley de Contratación Administrativa, vigente desde 1996, pasaría a llamarse Ley de Contratación Pública.La intención es mejorar los plazos para aprobación de compras públicas y licitación de obras, además de elevar su transparencia."Nuestro país invierte gran cantidad de recursos en compras públicas, lo cual representa una oportunidad para la generación de acciones afirmativas en diferentes sectores. Hay que entender la contratación pública no solo como el procedimiento de concurso para obtener un bien o un servicio, sino como un mecanismo para el favorecimiento del bienestar general", afirmó Marta Acosta, contralora general de la República, durante la presentación del plan.Actualmente existe una veintena de procedimientos para adquirir bienes y servicios o contratar obras públicas; la propuesta propone reducirlo a dos figuras según sus costos: licitación mayor y licitación menor.El proyecto considera menor una licitación que no supere los ¢607 millones, en el caso de obra pública; mientras que el monto no pasará los ¢72 millones en el caso de compras.Esos montos quedaron indexados a las Unidades de Desarrollo (UDES), que actualiza mensualmente el Banco Central, por lo que se modificarán con el tiempo.Este tipo de contratación recibiría un trámite más expedito en comparación con los mecanismos actuales. Por ejemplo, el plazo para recibir ofertas será de tres días hábiles, en el caso de que haya un mínimo de cinco concursantes; mientras que tendrá un plazo de 15 días hábiles en el caso de que no se alcance ese mínimo.Si bien se mantienen los tipos de recursos y las impugnaciones, tanto en las condiciones como en la decisión final de la licitación, el conocimiento de las licitaciones menores corresponderá únicamente a la entidad interesada.En el caso de licitaciones mayores serán conocidas por la Contraloría General de la...

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