Oficios de carácter preventivo

Fecha01 Agosto 2022
19
Cargos públicos que no pueden
desempeñar actividades en
personas jurídicas privadas
La División Jurídica de la CGR emitió un oficio
de carácter preventivo con el propósito de
brindar información relevante sobre el régimen
de incompatibilidades contemplado en la Ley
en la Función Pública -LCCEIFP- y su Reglamento.
Las incompatibilidades son restricciones
según las cuales determinados funcionarios
no pueden desempeñar actividades privadas
que de alguna forma pueden comprometer
la objetividad e imparcialidad necesarias en el
ejercicio de sus deberes.
Los puntos más importantes que menciona el
oficio preventivo, son los siguientes:
Oficio N° 7782 (DJ-1029) del 10 de mayo de 2022.

Las incompatibilidades señaladas en el artículo 18 de la LCCEIFP.
Los elementos esenciales con los que se configura la incompatibilidad.
Gestión de levantamiento de la incompatibilidad ante la CGR en un plazo de 20
días hábiles.
Deber de acreditar la renuncia ante la CGR en un plazo de 30 días hábiles, en caso
no presentar la gestión de levantamiento o que esta fuera rechazada por la CGR.
Consecuencias del incumplimiento del régimen de incompatibilidades de la LCCEIFP.
Elemento subjetivo: Lista específica de los cargos públicos que están sujetos
a este régimen de incompatibilidad.
Aspectos objetivos: Las actividades de la persona y su participación en
personas jurídicas privadas.
1
2
3
4
5
A
B

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR