Opinión: Impuesto a las casas de alto valor llegó para quedarse

AutorZaira Mora B.
CargoActualidad Tributaria
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OPINIÓN: Impuesto a las casas de alto valor llegó para quedarse
Martes, Enero 08, 2019
Por:
Licda. Zaira Mora B.
Actualidad Tributaria
En Octubre del
2009 entró en
vigencia la Ley
8683, Impuesto
Solidario para
el
Fortalecimiento
de Programas
de Vivienda,
que estableció
un nuevo
tributo
nacional, y el
primero en el
país cuya
declaración se hacía en medios tecnológicos y no en papel. Este tenía por propósito
que aquellos propietarios de viviendas de alto valor, contribuyeran para otorgar
viviendas dignas a familias de escasos recursos. Se estableció un plazo de diez
años, por lo que se esperaba que para el 2019 se hiciera la última actualización de
valores y el último pago de este impuesto.
Sin embargo, para muchos ha pasado desapercibido el hecho de que este impuesto
llegó para quedarse! Esto es así ya que en la Ley N° 8981 “Reformas para fortalecer
la Administración Tributaria”, publicada en el Alcance #58 de la Gaceta #167 del 31
de agosto del 2011, se derogó el artículo 19 de la Ley 8683, mismo que establecía la
vigencia de los 10 años. En otras palabras, desde el año 2011 el impuesto solidario
es un impuesto permanente.
El impuesto solidario, mal llamado el impuesto a las casas de lujo, establece como
hecho generador la propiedad o titularidad de un derecho de uso, goce o disfrute de
un bien inmueble de uso habitacional, con fecha de corte al primero de enero de
cada año. De manera que quien a esa fecha sea propietario, titular de un derecho
sobre el bien, concesionario o permisionario de la franja fronteriza de la zona

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