Opinión Jurídica nº 050 -J de 03 de Junio de 2019, de Asamblea Legislativa

EmisorAsamblea Legislativa

03 de junio del 2019

OJ-050-2019

Licenciada

Hannia Duran Barquero

Jefade Área

Comisión Legislativa IV

AsambleaLegislativa

Estimada señora:

Con la aprobación del señor Procurador General de la República, me refiero solicitud AMB-279-2017, de fecha 21 de diciembre de 2017, remitida vía correo electrónico de esa misma fecha, por medio del cual solicita el criterio técnico jurídico sobre el Proyecto de Ley denominado “Ley de ampliación de la base impositiva del ingreso al territorio nacional por la vía terrestre, marítima y fluvial para la consolidación y el fortalecimiento permanente de las áreas silvestres protegidas”, el cual se tramita bajo el expediente legislativo N° 20.576.

De previo a dar respuesta a su solicitud, cabe advertir que de conformidad con el artículo 4° de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República (Ley N° 6825 de 27 de setiembre de 1982, y sus reformas), sólo los órganos de la Administración Pública por medio de sus jerarcas, pueden requerir el criterio técnico jurídico de la Procuraduría General de la República, condición que es ajena a la Asamblea Legislativa. No obstante, en un afán de colaboración con los señores Diputados, esta Procuraduría tramitará la consulta presentada, con la advertencia de que el criterio que se emite carece de efectos vinculantes, siendo su valor el de una mera opinión jurídica.

Asimismo, cabe aclarar que el plazo de ocho días no resulta vinculante para esta Institución, por cuanto no nos encontramos ante ninguno de los supuestos previstos en el artículo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa.

SOBRE EL TEXTO DEL PROYECTO DE LEY.

El proyecto de ley puesto a nuestra consideración plantea la imposición de un impuesto de 15 dólares de los Estados Unidos de América a cada persona que ingrese por vía terrestre, marítima y fluvial al territorio nacional, salvo las excepciones que el articulado contiene.

El tributo propuesto busca dotar de recursos al Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC) para la efectiva consolidación de las áreas silvestres protegidas con especial énfasis en los parques nacionales, reservas biológicas y humedales.

Ampliando la base impositiva para el ingreso al territorio nacional por la vía terrestre, marítima y fluvial en 15 dólares, se pretende que los recursos provenientes de este impuesto sean destinados directamente a financiar el pago de las tierras expropiadas para ser dedicadas a la conservación, así como para la...

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