Opinión Jurídica nº 110 -J de 10 de Septiembre de 2019, de Asamblea Legislativa

EmisorAsamblea Legislativa

10 de setiembre de 2019

OJ-110-2019

Señora

Flor Sánchez Rodríguez

Jefa de Área

Comisión Permanente Especial de

Relaciones Internacionales y Comercio Exterior

Asamblea Legislativa

Estimada señora:

Con la aprobación del Procurador General de la República, me refiero a su oficio No. CRI-087-2018, en el cual se requiere la opinión jurídica no vinculante de esta Procuraduría sobre el proyecto de ley que se tramita en el expediente legislativo número 20704, denominado "Modificación del artículo 14 de la Ley No. 3530, Estatuto del Servicio Exterior, del 5 de agosto de 1965 y sus reformas” publicado en La Gaceta No. 122 de 6 de julio de 2018.

1) Carácter de este pronunciamiento:

En virtud de lo regulado por nuestra Ley Orgánica (No. 6815 de 27 de setiembre de 1982), los criterios emanados de este órgano asesor en cuanto a los alcances y contenido de un proyecto de ley, no poseen la obligatoriedad propia de aquellos referidos a asuntos surgidos del ejercicio de la función administrativa y, por esa razón, este criterio es vertido por medio de una opinión jurídica no vinculante que pretende ser un insumo en el ejercicio de la importante labor legislativa. Además, al no encontrarnos en los supuestos establecidos por el artículo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa, este pronunciamiento no se encuentra sujeto al plazo de ocho días en él establecido.

2) Consideraciones sobre el proyecto de ley:

Tal y como se indica en la exposición de motivos, el proyecto pretende adecuar los requisitos para ingresar a la carrera diplomática a las necesidades actuales, pues se estima que restringir el acceso a una cantidad limitada de carreras, impide la incorporación de profesionales con especialidades distintas, que contribuirían al enriquecimiento del cuerpo diplomático del país.

Se estima que el concurso de oposición que prevé el artículo 13 del Estatuto de Servicio Exterior (Ley No. 3530 de 5 de agosto de 1965) y que regula el Decreto Ejecutivo No. 39127-MRREE, es un proceso riguroso y exigente que garantiza que quienes ingresen a la carrera diplomática cuenten con el perfil y la formación requerida.

Por tanto, con el fin de eliminar la restricción de acceso al campo diplomático, en cuanto a las carreras universitarias exigidas, se pretende eliminar el inciso f) y modificar el inciso d) del artículo 14 del Estatuto del Servicio Exterior, artículo que actualmente dispone:

“Artículo 14.- Los concursantes deben llenar los siguientes...

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