Opinión Jurídica nº 112 -J de 16 de Noviembre de 2018, de Asamblea Legislativa

EmisorAsamblea Legislativa

16 de noviembre de 2018

OJ-112-2018

Señora

Flor Sánchez Rodríguez

Jefe de Área

Comisión de Relaciones Internacionales

Asamblea Legislativa

Estimada señora:

Con la aprobación del Procurador General de la República, me refiero a su oficio No.CRI-051-2018 de 27 de setiembre de 2018, por medio del cual requiere la opinión jurídica no vinculante de esta Procuraduría sobre el proyecto de ley que se tramita en el expediente legislativo número 20841, denominado “Aprobación del Convenio de Protección y Restitución de Bienes del Patrimonio Natural y Cultural entre el Gobierno de la República de Costa Rica y el Gobierno del Estado Plurinacional de Bolivia” cuyo texto fue publicado en el Alcance No. 131 a La Gaceta No. 128 de 16 de julio de 2018.

1) Carácter de este pronunciamiento:

En virtud de lo regulado por nuestra Ley Orgánica (No. 6815 de 27 de setiembre de 1982), los criterios emanados de este órgano asesor en cuanto a los alcances y contenido de un proyecto de ley, no poseen la obligatoriedad propia de aquellos referidos a asuntos surgidos del ejercicio de la función administrativa y por esa razón, este criterio es vertido por medio de una opinión jurídica no vinculante que pretende ser un insumo en el ejercicio de la importante labor legislativa.

Por otra parte, al no encontrarnos en los supuestos establecidos por el artículo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa, este pronunciamiento no se encuentra sujeto al plazo de ocho días en él establecido.

2) Consideraciones sobre el proyecto de ley:

El proyecto de ley sometido a nuestra consideración tiene como objetivo aprobar el Convenio de Protección y Restitución de Bienes del Patrimonio Natural y Cultural suscrito entre el Estado Costarricense y el Gobierno Plurinacional de Bolivia., en adelante, “el Convenio.”

Según la exposición de motivos y el texto del proyecto, el Convenio fue suscrito por el Viceministro de Relaciones Exteriores y Culto, actuando con plenos poderes para ese acto, y fue sometido a aprobación de la Asamblea Legislativa por el Presidente de la República y por la Ministra de Relaciones Exteriores y Culto.

En cuanto al objeto de regulación, en la exposición de motivos se indica que el Convenio aborda la problemática relativa al robo, saqueo, hurto, transporte y tráfico de bienes pertenecientes al patrimonio cultural, y por ello, establece las bases y procedimientos que los Estados Parte se comprometen a seguir para la recuperación y restitución de ese...

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