Opinión Jurídica nº 124 -J de 04 de Octubre de 2017, de Asamblea Legislativa
Emisor | Asamblea Legislativa |
OJ-124 -2017
04 de octubre del 2017
Licenciada
Nancy Vílchez Obando
Jefa de Área
Comisión de Asunto Económicos
Asamblea Legislativa
Estimada señora:
Con aprobación del señor Procurador General de la República, me refiero al oficio número CET-01-17 de 31 de julio de 2017, mediante el cual, solicita criterio respecto a proyecto de ley denominado “Ley de creación de los cuerpos de salvavidas en las playas nacionales ", el cual, se tramita en el expediente legislativo número 20.043.
I.- SOBRE LA NATURALEZA DEL CRITERIO QUE SE EMITE
Previo a rendir el análisis peticionado, valga aclarar que este no constituye un dictamen vinculante, ya que, lo cuestionado no refiere a actividad de carácter administrativo desplegada por la Asamblea Legislativa, por el contrario, se relaciona con la función que le endilga la Constitución Política -emisión de leyes-.
En consecuencia, tomando en consideración la competencia de la Procuraduría, la naturaleza del órgano consultante y la materia sometida a nuestro conocimiento, lo vertido se circunscribe a una opinión jurídica y se emite como una colaboración institucional en la difícil labor de legislar.
Para efectos de la consulta, el proyecto se analiza y se comentan únicamente aquellos artículos o contenidos que lo requieren.
Aunado a lo anterior y como ha sido criterio reiterado de esta Procuraduría “...al no estarse en los supuestos que prevé el artículo 157 del Reglamento de la Asamblea Legislativa (consulta al Tribunal Supremo de Elecciones, la Universidad de Costa Rica, el Poder Judicial o una institución autónoma), a la solicitud que nos ocupa no le es aplicable el plazo de ocho días hábiles que dicho artículo dispone”.
II.- SOBRE LA PROPUESTA SOMETIDA A CRITERIO DE ESTE ÓRGANO TÉCNICO ASESOR
Los diputados promoventes del proyecto que nos ocupa, en la exposición de motivos indicaron lo siguiente:
“...El ahogamiento se encuentra entre las diez causas principales de muerte de niños y jóvenes en todas las regiones del mundo. Y en particular más de la mitad de las víctimas tienen menos de veinticinco años. Según las estadísticas del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos, solo en el 2015 hubo 146 muertos por ahogamiento y sumersión. En el caso específico de las muertes por ahogamiento y sumersión en las playas de nuestro país, en el período 2000-2014 han muerto ahogadas alrededor de 840 personas, lo que da un promedio de 60 por año. De estas, un sesenta y tres por ciento (63%) son costarricenses y un treinta y siete por ciento (37%) extranjeros que visitaban nuestro país....
Por otra parte, en vista de que el conocimiento de la zona es trascendental en el mejor abordaje de los rescates, se busca que a través de esta ley y creación de las unidades de salvavidas municipales en todas aquellos cantones en cuya jurisdicción haya litorales, en particular, las playas más visitadas de estos. Esto no solo porque ya hoy día hay muchos voluntarios en algunas playas que ponen a disposición de los turistas sus conocimientos y esfuerzo en pro de evitar ahogamientos...”
El proyecto está compuesto por 16 numerales y 3 transitorios que propugnan por salvaguardar la vida de quienes frecuentan nuestras playas. Para tal efecto promueve la implementación de...
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