Oralidad en juicios de desalojo agilizará los procesos judiciales

La incorporación de la oralidad en los juicios por desahucios permitiría que las más de 3.000 demandas presentadas al año, en Costa Rica, se resuelvan en pocos meses en vez de años.La norma está en la Ley de Monitorio Arrendaticio, que eliminó el proceso en papel. La legislación fue aprobada recientemente en la Asamblea Legislativa.Jorge Alfredo Robles, abogado pensionado con 25 años de alquilar locales comerciales y viviendas, conoce de primera mano lo que el proceso eliminado ha provocado.'Una vez, un juicio contra un colega abogado me costó más de ¢1 millón de alquileres que no recibí, porque duró casi un año entre apelaciones', comentó Robles.Sin embargo, el portillo de atrasar los juicio a través de objeciones legales también se cerró con la nueva ley, reconoció Luis Guillermo Rivas, magistrado de la Sala I y uno de los promotores de la ley.Las nuevas reglas regirán en las próximas semanas, una vez que la presidenta Laura Chinchilla firme el plan y se publique en La Gaceta .La legislación cambió el proceso judicial establecido en la Ley General de Arrendamientos Urbanos y Suburbanos de 1995.Casos. En los últimos cuatro años se presentaron, en promedio, 3.500 demandas de desahucios en los Tribunales de Justicia.Las denuncias presentan, desde el 2009 ,una disminución atribuida, en parte, al engorroso proceso judicial.Los circuitos judiciales de San José, principalmente en los cantones del área metropolitana, reportan el 53% de los 3.433 casos presentados el año pasado. Sigue la provincia de Alajuela con un 13% de los procesos y Heredia con un 12%.Los juicios por desalojo ocuparon, durante el 2012, el tercer lugar de casos tramitados en materia civil en Costa Rica, detrás de los procesos monitorios y sucesorios.Reglas claras. La nueva legislación establece que la demanda contra un inquilino se puede poner por el impago del alquiler, de los servicios públicos y el de los gastos del condominio, si así lo establece el contrato de arrendamiento.Si el juez acepta la demanda, dará un plazo de 15 días al denunciado para que presente su defensa; de no hacerlo, después de dicho plazo, rige el desalojo.Una de los puntos claves, según empresarios consultados por La Nación , es que cuando...

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