Orientación sexual, margen de apreciación, derechos de las niñas y los niños, no discriminación, derecho a la educación y cuestiones procesales ante la Corte Interamericana: Debates en torno al Caso Niña 'X' y sus padres Vs. La República de Muykyta (CEJA 2012)

AutorÓscar Parra Vera - Alexandra Sandoval Mantilla - Patricia Tarre Moser
CargoAbogado de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, con sede en San José, Costa Rica - Abogada de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, con sede en San José, Costa Rica - Abogada de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, con sede en San José, Costa Rica
Páginas52-77
Orientación sexual, margen de apreciación, derechos de
las niñas y los niños, no discriminación, derecho a la edu-
cación y cuestiones procesales ante la Corte Interameri-
cana: Debates en torno al Caso Niña “X” y sus padres Vs.
La República de Muykyta (CEJA 2012)*
Óscar Parra Vera, Alexandra Sandoval Mantilla y Patricia Tarre Moser**
Resumen
En el año 2012 se elaboró un caso hipotético para el “Concurso Eduardo Jimenez de Aréchega” (CEJA), denominado el
“Caso niña “X” y sus padres Vs. la República de Muykyta”, en el cual se quisieron explorar diversos debates a los cuales
actualmente se enfrenta la Corte Interamericana de Derechos Humanos, tales como los casos relacionados con los derechos de
la comunidad LGTBI, tensiones entre el derecho a la libertad de expr esión y la prohibición de discriminación, desarrollo de
algunos derechos económicos, sociales y culturales como el derecho a la educación y otros conflictos relacionados con asuntos
procesales del desarrollo de los casos contenciosos ante la Corte. Para dicha competencia se realizó, a su vez, una “Guía para
Jueces”, en la cual se expusieron los principales argumentos que los concursantes podían desar rollar durante la competencia,
así como una recopilación no exhaustiva de fuentes que podían ser aplicadas para la resolución del caso. El presente artículo
es una sistematización corta de los debates y fuentes que fueron expuestos en la “Guía para Jueces”.
* Agradecemos a Florian Huber por su colaboración en la elaboración del bench memorandum. Asimismo, ag ra-
decemos a Valeria Tiffer y Fernanda Jiménez por la ayuda y apoyo brindado en todo el proceso de elaboración del
caso hipotético y de la “Guía para Jueces”.
** Los autores son actualmente Abogado y Abogadas de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, con sede
en San José, Costa Rica.
Revista Costarricense de Derecho Internacional | 52
I Edición, Enero 2014.
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In 2012 a hypothetical case was elaborated for the “Eduardo
Jiménez de Aréchega” Moot Court (CEJA), under the name of
“Niña “X” and her parents Vs. the Republic of Muykyta
case”, in which different debates the Interamerican Court of
Human Right is currently confronting were explored, such as
cases related to the rights of the LGBT community, tensions
between freedom of speech and the prohibition to discriminate,
the development of some economic, social and cultural rights such
as the right to education and other conflicts related with
procedural aspects of the contentious cases before the Court. For
said competition, a “Bench Memorandum” was elaborated, and
it included the main arguments the contestants could bring
forward throughout the competition, as well as a non-exhaustive
set of sources which could be applied for the resolution of the
present case. This article is a short systematization of the
debates and sources which were exposed in the “Bench
Memorandum”.
Asuntos procesales
A. Excepciones Preliminares
En el caso hipotético el Estado presentó tres
excepciones preliminares relacionadas con la
violación del derecho a su defensa, la falta de
competencia ratione materia en relación con la
Convención sobre los Derechos del Niño y con
los artículos 6 y 9 de la Convención Belém do
Pará, y la falta de agotamiento de recursos
internos.
B. Violación del derecho de defensa del
Estado
Ambos órganos del sistema interamericano son
autónomos e independientes1. La Corte
Interamericana ha establecido que “no actúa, con
1 Cfr. Control de Legalidad en el Ejercicio de las Atribuciones de
la Comisión Interamerican a de Derechos Humanos (Arts. 41 y 44 a 51 de
OC 19/05 del 28 de noviembre de 2005. Serie A No. 19, párr. 25.
respecto a la Comisión, en un procedimiento de
revisión, de apelación u otro semejante. Su
jurisdicción plena para considerar y revisar in toto
lo precedentemente actuado y decidido por la
Comisión, resulta de su carácter de único órgano
jurisdiccional de la materia. En este sentido, al
tiempo que se asegura una más completa
protección judicial de los derechos humanos
reconocidos por la Convención, se garantiza a los
Estados Partes que han aceptado la competencia
de la Corte, el estricto respeto de sus normas”2. La
Corte ha establecido además que “el sistema
procesal es un medio para realizar la justicia y que
ésta no puede ser sacrificada en aras de meras
formalidades”, siempre y cuando se conserve un
adecuado equilibrio entre las partes3.
Al interponer una excepción preliminar de este
tipo, el Estado tiene la carga de demostrar la
existencia de un error grave en el procedimiento
ante la Comisión y que dicho error haya “afectado
o vulnerado el derecho de defensa del Estado”4.
En el caso Niña X y sus padres se presentaron dos
situaciones sobre las cuales el Estado pudiese
alegar la violación al derecho de defensa: la falta
de cumplimiento del requisito de los seis meses de
parte del proceso y la inclusión por los
representantes de artículos que fueron declarados
como no violados en el informe de fondo.
1. Falta de cumplimiento del requisito de
los seis meses
2 Cfr. Caso Velásquez Rodríguez Vs. Honduras. Excepciones
Preliminares. Sentencia de 26 de junio de 1987. Serie C No. 1, párr.
29.
3 Cfr. Caso Cayara Vs. Perú. Excepciones Preliminares.
Sentencia de 3 de febrero de 1993. Serie C No. 14, párr. 42.
4 Cfr. Caso del Pueblo Saramaka Vs. Suriname. Excepciones
Preliminares, Fondo y Costas. Sentencia de 28 de noviembre de 2007.
Serie C No. 172; Caso Castañeda Gutman Vs. México. Excepciones
Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 6 de
agosto de 2008. Serie C No. 184, parr 67, y Caso Manuel Cepeda
Vargas Vs. Colombia. Excepciones Preliminares, Fondo,
Reparaciones y Costas. Sentencia de 26 de mayo de 2010. Serie C
No. 213, párr. 31.

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