Reglamento para el otorgamiento de licencias habilitantes para la venta de bebidas con contenido alcohólico de la Municipalidad de Goicoechea, de 4 de Julio de 2013

EmisorMunicipalidad de Goicoechea

MUNICIPALIDAD DE GOICOECHEA

Vencido el plazo para escuchar observaciones al Proyecto de Reglamento para el otorgamiento de Licencias Habilitantes para la venta de bebidas con contenido alcohólico de la Municipalidad de Goicoechea, publicado en La Gaceta Digital Nº 39 de fecha 25 de febrero del 2013, el Concejo Municipal del cantón de Goicoechea en Sesión Extraordinaria Nº 14-13,

celebrada el día 4 de julio del 2013, Artículo 7º, por unanimidad aprobó:

MUNICIPALIDAD DE GOICOECHEA

REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE LICENCIAS HABILITANTES PARA LA VENTA DE BEBIDAS CON CONTENIDO ALCOHÓLICO DE LA MUNICIPALIDAD DE GOICOECHEA

CAPITULO I

Disposiciones Generales Artículo 1º—Objeto y alcances. El presente Reglamento tiene por objeto fijar las normas para la aplicación de la Ley Nº 9047, del 25 de junio de 2012, publicada en el Diario Oficial La Gaceta en su Alcance Digital Nº 109 del día 8 de agosto del 2012, ÓLey de Regulación y Comercialización de Bebidas con Contenido Alcohólico”, en la jurisdicción del Cantón de Goicoechea, en todos los aspectos concordantes y conexos con la comercialización y el consumo de bebidas con contenido alcohólico y la prevención del consumo abusivo de este tipo de productos. Se emite este Reglamento dentro de las facultades ordenadas por el Transitorio segundo de dicha Ley, el espíritu contenido en la Ley Nº 8801 ÓLey General de Transferencia de Competencias del Poder Ejecutivo a las Municipalidades y su Reglamento, y los numerales 168, párrafo primero, 169, 170, 172, 173 de la Constitución Política.

La emisión y aplicación de este Reglamento se da dentro de lo establecido por la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, la definición de Municipalidad y su Autonomía, por el Voto Nº

5445-1999, de las 14:30 horas del 14 de julio de 1999 y demás votos que lo dimensionaron.

Es la Municipalidad responsable de la aplicación de la Ley y este Reglamento. La Alcaldía Municipal por medio de la dependencia asignada, será la encargada de aprobar las Licencias municipales para comercialización de bebidas con contenido alcohólico, exceptuando las licencias temporales y la aprobación de declaración de las actividades turísticas temáticas, para ello el Concejo Municipal deberá

aprobarlas por acuerdo de dos terceras partes, una vez aprobada, la Administración municipal procederá a ejecutar dicho acuerdo.

Artículo 2º—Definiciones. Para los efectos de interpretación y aplicación de la Ley de Regulación y Comercialización de Bebidas con Contenido Alcohólico y el presente Reglamento, los términos siguientes tienen el significado que se indica:

Actividades temáticas: Son actividades turísticas temáticas todas aquellas que por naturaleza recreativa o de esparcimiento y que por estar relacionadas con el turismo, tengan como finalidad ofrecer al turista una experiencia vivencial, incluyendo aquellas que lo ponen en contacto con manifestaciones históricas, culturales, fincas agropecuarias demostrativas, áreas naturales dedicadas a la protección y aprovechamiento de los recursos naturales, zoo criaderos, zoológicos, acuarios,

parques de diversión y acuáticos.

Alcalde: Alcalde de la Municipalidad de Goicoechea, Jerarca de la Alcaldía de Goicoechea.

Alcaldía: Alcaldía de la Municipalidad de Goicoechea, órgano que tiene como jerarca al Alcalde, funcionario de elección popular, con competencia de índole técnica, de connotación gerencial y de ejecución, resultando ser una de las dos partes u órganos básicos supremos de la jerarquía superior del Gobierno Bifronte Municipal, con un marco competencial vinculado a funciones ejecutivas y de administración, de conformidad con el artículo 190 de la Constitución Política, los numerales 9 y 12 del Código Municipal.

Bebidas con contenido alcohólico o bebidas alcohólicas: es el líquido alcohólico etílico o de etanol,

destinado al consumo humano, con características organolépticas especiales, con un grado alcohólico mínimo de 2,00 % de Volumen y un máximo de 55 % de Volumen a 20°Celsius y obtenido directamente por destilación en presencia o no de sustancias aromáticas, de productos naturales fermentados, ya sea por maceración, infusión, percolación o digestión de sustancias vegetales; también por adición de aromas, sabores, colorantes y otros aditivos permitidos,

azúcares u otros productos agrícolas al alcohol etílico potable de origen agrícola a un destilado alcohólico simple, conforme a los procesos de elaboración definidos para cada bebida. Asimismo pueden ser obtenidas de la mezcla de una bebida alcohólica con, otra u otras bebidas alcohólicas; con alcohol etílico potable de origen agrícola o destilado alcohólico simple; con una o varias bebidas fermentadas; y una o varias bebidas no alcohólicas. Quedan incluidas las bebidas fermentadas cuyo Volumen se enmarque dentro de los parámetros establecidos por la Organización Mundial de la Salud y contenidos en esta definición, como son los vinos y cervezas.

Bares, tabernas y cantinas: Es aquel negocio cuya actividad comercial principal es el expendio de bebidas con contenido alcohólico para su consumo dentro del establecimiento. Este tipo de negocio se clasifica en la categoría B1 a que se refiere el artículo 4 de la Ley.

Centros Comerciales: desarrollo inmobiliario urbano de áreas de compras para consumidores finales de mercancías y/o servicios, que concentra una mezcla de negocios en un área determinada, con uno o más pisos, amplios pasillos para la circulación de personas y espacios de circulación de vehículos así como áreas de estacionamiento a disponibilidad de sus visitantes, áreas de comidas (ÓFood Court”), baterías de servicios sanitarios en los diferentes pisos y amplias áreas de uso común con elementos decorativos.

Cantón: Cantón de Goicoechea.

Concejo: Concejo de la Municipalidad de Goicoechea, órgano de deliberación de connotación política, como una de las dos partes u órganos básicos supremos de la jerarquía superior del Gobierno Bifronte Municipal, ejerciendo función de tipo política y normativa, de conformidad con el artículo 190 de la Constitución Política, los numerales 9 y 12 del Código Municipal, y el Voto Nº 000776-C-S1-2008, de la Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia, de las 09:25 horas del 20 de noviembre de 2008. El pleno lo componen nueve Regidores Propietarios.

Distrito: Cada una de las demarcaciones territoriales en que se divide el Cantón de Goicoechea, para ordenar el ejercicio de las funciones públicas, los servicios administrativos y los derechos políticos y civiles. En el Cantón son siete a saber: Guadalupe, Calle Blancos, San Francisco, Mata de Plátano, Ipis, Rancho Redondo y Purral, de acuerdo a la División Territorial de Costa Rica.

Empresas de interés turístico: Son aquellas que cuentan con la declaratoria de interés turístico emitida por el Instituto Costarricense de Turismo (ICT), tales como: empresas de hospedaje,

restaurantes, centros de diversión y actividades temáticas. Este tipo de negocio se clasifica en la categoría E y sus subcategorías a que se refiere el artículo 4º de la Ley.

Establecimiento: Local en el cual se explota la licencia de expendio de bebidas con contenido alcohólico. Dicho local debe estar claramente definido con su denominación o nombre comercial, no pudiendo ser compartido por otro local, comercio o servicio con otro nombre,

anexo o conexo.

Ley: Ley Nº 9047, del 25 de junio de 2012, publicada en el Diario Oficial La Gaceta en su Alcance Digital Nº 109 del día 8 de agosto del 2012, ÓLey de Regulación y Comercialización de Bebidas con Contenido Alcohólico Licencia de funcionamiento: acto administrativo cuyo otorgamiento, previo cumplimiento de requisitos y pago de ese derecho, autoriza la comercialización de bebidas con contenido alcohólico,

conforme las reglas establecidas en este Reglamento.

Municipalidad: Municipalidad del Cantón de Goicoechea, se puede utilizar como sinónimo para este Reglamento el término ÓCorporación”.

Munícipe: Cada uno de los residentes del Cantón de Goicoechea, incluidas personas físicas y jurídicas.

Patente: Impuesto que percibe la municipalidad por concepto del expendio de bebidas con contenido alcohólico,

o licenciatario.

Patentado: Persona física o jurídica que explota una licencia para el expendio de bebidas con contenido alcohólico.

Plan Regulador: es el instrumento de planificación local que define en un conjunto de planos, mapas, reglamentos y cualquier otro documento, gráfico o suplemento, la política de desarrollo y los planes para distribución de la población, usos de la tierra, vías de circulación, servicios públicos, facilidades comunales, y construcción,

conservación y rehabilitación de áreas urbanas. Factor esencial del Plan Regulador es la Zonificación, que consiste en la división de una circunscripción territorial en zonas de uso, para efecto de su desarrollo racional.

Reglamento: Reglamento a la Ley de Regulación y Comercialización de Bebidas con Contenido Alcohólico de la Municipalidad de Goicoechea.

Salario base: para los efectos de este Reglamento y de la ley es el establecido en el artículo 2 de la Ley N.° 7337, de 5 de mayo de 1993, y sus reformas, el cual se utiliza para todo tipo de cálculo monetario, financiero, contable, base de remates y cualesquiera otros relacionados o conexos a la actividad regulada por la presente normativa.

Para la interpretación de la normativa atinente a la Ley y el Reglamento, se deberá entender siempre en el mejor sentido que favorezca al interés público de la Municipalidad y su Munícipes, de acuerdo a los alcances de los artículos 4 y 5 de la Ley General de la Administración Pública.

Restaurantes: Establecimientos comerciales dedicados al expendio de comidas y bebidas de acuerdo a un menú de comidas con al menos diez opciones alimenticias disponibles para el público durante todo el horario en que permanezca en funcionamiento el negocio y al menos diez mesas con capacidad con capacidad para cuatro personas cada una debidamente equipadas.

Deben contar con cocina...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR