Perfil profesional del médico especialista en medicina familiar y comunitaria, de 21 de Febrero de 2018

EmisorColegio de Médicos y Cirujanos

COLEGIO DE MÉDICOS Y CIRUJANOS

La Junta de Gobierno del Colegio de Médicos y Cirujanos de la República de Costa Rica, comunica:

En su sesión ordinaria N° 2018-02-21, celebrada el 21 de febrero del 2018, acordó lo siguiente:

En uso de las facultades que le confiere el Artículo 10 de la Ley N° 3019 del 08 de agosto de 1962, Ley Orgánica del Colegio de Médicos y Cirujanos de la República de Costa Rica.

Considerando:

  1. -Que no existe en las normativas de este Colegio Profesional, aspectos legales y funcionales que regulen, específicamente, el ejercicio de los Médicos Especialistas en Medicina Familiar y Comunitaria.

  2. -Que en la actualidad es importante para el gremio médico, regular en un solo documento el Perfil Profesional atinente a los Médicos Especialistas en Medicina Familiar y Comunitaria.

  3. -Que en cumplimiento de las disposiciones de la Junta de Gobierno, se elabora el Perfil Profesional de los Médicos Especialistas en Medicina Familiar y Comunitaria.

  4. -Que en cumplimiento de las disposiciones de la Ley N° 3019 del 08 de agosto de 1962, Ley Orgánica del Colegio de Médicos y Cirujanos de la República de Costa Rica, la Junta de Gobierno en Sesión celebrada el 21 de febrero de año 2018, acordó aprobar en esa sesión el nuevo texto para la validez y aprobación.

Por tanto,

Aprueba, el siguiente:

PERFIL PROFESIONAL DEL MÉDICO ESPECIALISTA

EN MEDICINA FAMILIAR Y COMUNITARIA

CAPÍTULO 1

Disposiciones Generales y Definiciones

Artículo 1º-Definiciones.

  1. Especialidad en Medicina Familiar y Comunitaria: La Medicina Familiar y Comunitaria es una especialidad dedicada a brindar cuidados, centrados en la persona en su contexto familiar y comunitario de formacontinua, independientemente de su edad, sexo, condición socioeconómica o de salud, integrando en el proceso de atención los factores físicos, psicológicos, sociales, culturales y asistenciales que contribuyen al proceso salud-enfermedad en pro de los sistemas de salud. La Medicina Familiar y Comunitaria es una herramienta clave para el desarrollo y la mantención de la salud de los pueblos.

    Es una especialidad médica y una disciplina académica que estudia el proceso salud-enfermedad de la persona, su familia y comunidad, desde una perspectiva sistémica y un abordaje de los factores físicos, psicológicos, sociales y culturales. Su práctica es caracterizada por conocimientos, habilidades y actitudes que la diferencian de las demás especialidades.

  2. Médico Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria:

    El Médico Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria, está capacitado para proyectarse en el servicio a la comunidad con una formación integral, sólida, y basada en elementos teóricos, prácticos, científicos, sociales e investigativos que lo acreditan como un profesional crítico, creativo y responsable, con sensibilidad social y que actúa bajo los lineamientos éticos establecidos por el Colegio de Médicos y Cirujanos de Costa Rica.

    El Médico Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria desarrollará su labor asistencial en los servicios de consulta externa, atención en emergencias, hospitalización en todas sus modalidades, atención domiciliar, centros escolares, centros de trabajo; contando siempre con los insumos necesarios que permitan una adecuada prestación de servicios a la población.

  3. Médico Residente en Medicina Familiar y Comunitaria: Es un Médico y Cirujano debidamente inscrito en el Colegio de Médicos y Cirujanos de Costa Rica que se encuentra cursando el programa de Especialidades Médicas de la Universidad de Costa Rica o cualquier otra universidad autorizada en el país.

    Los residentes podrán realizar actividades inherentes a la especialidad en los centros médicos especializados, siempre y cuando se encuentren bajo la supervisión del Médico Especialista Asistente.

    Para efecto del ejercicio en la práctica privada se le considerará en igual condición que un médico general, con las responsabilidades y alcances que este perfil le otorga.

    CAPÍTULO 2

    Requisitos

    Artículo 2º-Para el ejercicio de la especialidad en Medicina Familiar y Comunitaria en Costa Rica, se debe cumplir con los siguientes requisitos:

  4. Título universitario que lo acredite como Médico y Cirujano.

  5. Título universitario que lo acredite como Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria.

  6. Estar incorporado debidamente al Colegio de Médicos y Cirujanos de Costa Rica.

  7. Encontrarse activo y al día con sus obligaciones en el Colegio de Médicos y Cirujanos de Costa Rica.

  8. Cumplir con los requisitos generales y específicos establecidos en el Reglamento de Especialidades y Subespecialidades

    Médicas del Colegio de Médicos y Cirujanos de Costa Rica.

  9. Estar inscrito al Colegio de Médicos y Cirujanos de Costa Rica como Médico Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria o bien estar autorizado por la Junta de Gobierno de este Colegio para el ejercicio temporal de la referida especialidad.

    CAPÍTULO 3

    Ámbito de Acción

    Artículo 3º-En conocimiento del marco legal y organizativo que regula y condiciona su actividad como Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria, desarrolla su profesión en el sector público y/o privado, aplicando sus conocimientos, habilidades y destrezas en la diversidad de áreas que abarca la especialidad, esto con liderazgo, empatía, actitud ética, enfoque integral, reflexiva, crítica, científica y humana propendiendo a mejorar la calidad de vida de la persona, familia y comunidad.

    Artículo 4º-Integra y coordina grupos de trabajo relacionados con su especialidad en su departamento o servicio, intra e interinstitucionales, así como intersectoriales.

    Artículo 5º-Podrá ejercer su especialidad en el sector público o privado, aplicando sus conocimientos, habilidades y destrezas.

    Artículo 6º-El Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria cuenta con los conocimientos en metodología de la investigación, epidemiología y medicina basada en evidencia, es capaz de utilizar (a técnica y el arte de la Investigación, mediante el diseño, ejecución y asesoría de investigaciones básicas, clínicas y sociales, para el desarrollo del conocimiento y el avance de las condiciones de salud de la población.

    Artículo 7º-De acuerdo a los alcances de la especialidad, el Médico Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria podrá realizar subespecializaciones en áreas que competen a su práctica médica, siempre y cuando estén reconocidas oficialmente por el Colegio de Médicos y Cirujanos de Costa Rica.

    Artículo 8º-Docencia: Podrá participar en la formación académica universitaria de pregrado, grado y posgrado de los Profesionales en Medicina, de la especialidad en Medicina Familiar y Comunitaria, así como de otras especialidades y Ciencias de la Salud.

    CAPÍTULO 4

    Funciones

    Artículo 9º-El Médico Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria está capacitado para brindar, de manera integral, integrada, continua y especializada, la atención a toda aquella persona...

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