Decreto Nº 43397 - EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
Emisor | N° 43397-MOPT |
Número de registro | D43397 - IN2022631377 |
Fecha de publicación | 22 Marzo 2022 |
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
En el ejercicio de las facultades que les confieren el artículo 140 incisos 3) y 18) de la Constitución Política; y con fundamento en lo establecido por la Ley de Creación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, N° 3155 del 5 de agosto de 1963 y sus reformas; la Ley General de la Administración Pública, N° 6227 del 2 de mayo de 1978 y sus reformas; el artículo 6 de la Ley de Simplificación y Eficiencia Tributarias, Ley N° 8114 del 4 de julio del 2001 y sus reformas y el Reglamento al artículo 6 de la Ley de Simplificación y Eficiencia Tributaria N° 8114, Decreto Ejecutivo N° 37016-MOPT del 13 de febrero del 2012 y sus reformas.
Considerando:
1º—Que el artículo 2 inciso a) de la Ley N° 3155 del 5 de agosto de 1963 y sus reformas, establece como objetivo del Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT), entre otros, la planificación, construcción, mantenimiento y mejoramiento de las carreteras y caminos de la red vial nacional; ello sin perjuicio de las potestades que tiene en esta materia el Consejo Nacional de Vialidad (CONAVI).
2º—Que la Ley N° 8114, Ley de Simplificación y Eficiencia Tributarias, en el artículo 6 inciso e) establece lo que de seguido se transcribe:
“Artículo 6-Fiscalización para garantizar la calidad de la red vial nacional. Para lograr la eficiencia de la inversión pública, la Universidad de Costa Rica podrá celebrar convenios con el Consejo Nacional de Vialidad (CONAVI) a fin de realizar, por intermedio de su Laboratorio Nacional de Materiales y Modelos Estructurales, las siguientes tareas:
“a) ...
e) Actualización del manual de especificaciones y publicación de una nueva edición (revisada y actualizada) cada diez años.”
3º—Que mediante el Decreto Ejecutivo N° 37016-MOPT del 13 de febrero del 2012, se emitió el Reglamento al artículo 6 de la Ley de Simplificación y Eficiencia Tributaria N° 8114, cuyo Capitulo III regula lo atinente a la actualización del Manual de Especificaciones; incluyendo las diferentes etapas del procedimiento a seguir hasta su oficialización.
4º—Que conforme el procedimiento establecido en el Capítulo III del Decreto Ejecutivo N° 37016-MOPT, el LanammeUCR debe remitir las propuestas de actualización del Manual de Especificaciones, para su estudio y revisión, a la Comisión de Revisión Permanente. Según lo dispuesto en el artículo 21 de dicho Decreto Ejecutivo, la citada Comisión está integrada por un representante del Ministro de Obras Públicas y Transportes, el Director Ejecutivo del CONAVI o su representante, el Director de la División de Obras Públicas del MOPT o su representante, un representante del Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos de Costa Rica, un representante de la Asociación de Caminos y Carreteras de Costa Rica, un representante del Instituto Tecnológico de Costa Rica y un representante del Laboratorio Nacional de Materiales y Modelos Estructurales LanammeUCR.
5º—Que según lo establecido en el artículo 24 del Reglamento al artículo 6 de la Ley de Simplificación y Eficiencia Tributaria N° 8114, “Toda modificación remitida por el LanammeUCR a la Comisión de Revisión Permanente del Manual de Especificaciones será sujeta de análisis por parte de todos sus miembros, documentando los criterios técnicos que se emitan tanto a favor como en contra, posteriormente, se remitirá toda esa documentación a la Dirección del LanammeUCR, la cual decidirá sobre su pertinencia técnica y su remisión para la correspondiente oficialización por parte del MOPT”.
6º—Que asimismo, mediante el Decreto Ejecutivo N° 37016-MOPT se creó la Comisión Revisora de los Proyectos de Actualización de los Manuales de Especificaciones del MOPT, integrada por representantes del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, del Consejo Nacional de Vialidad y del Consejo Nacional de Concesiones, a la que corresponde analizar y revisar las propuestas de actualización que remita el LanammeUCR y recomendar al Ministro de Obras Públicas y Transportes su oficialización, cuando ello resulte procedente.
7º—Que el Decreto Ejecutivo N° 36388-MOPT del 20 de enero del 2011, oficializó el Manual de Especificaciones Generales para la Construcción de Carreteras, Caminos y Puentes CR- 2010.
8º—Que mediante el Decreto Ejecutivo N° 40333-MOPT del 16 de enero del 2017, se reformaron y eliminaron varias secciones del Manual de Especificaciones Generales para la Construcción de Carreteras, Caminos y Puentes CR-2010.
9º—Que mediante el Decreto Ejecutivo N° 41286 del 6 de junio de 2018, se reformaron varias Secciones y Subsecciones del Manual de Especificaciones Generales para la Construcción de Carreteras, Caminos y Puentes CR- 2010. Asimismo por el artículo 2° del decreto ejecutivo antes referido se elimina la Sección 654 “Sub-drenajes para pavimentos de carretera y construcción de drenajes horizontales en taludes” del Manual de Especificaciones Generales para la Construcción de Carreteras, Caminos y Puentes CR-2010.
10.—Que con el oficio N° CRPAME-2021-013 de fecha 11 de junio del 2021, suscrito por el lng. Juan Carlos Elizondo Ramírez, Coordinador de la Comisión Revisora de Actualización de los Manuales de Especificaciones Técnicas del MOPT, se dictaminó favorablemente la actualización del Manual de Especificaciones Generales para la Construcción de Carreteras, Caminos y Puentes CR- 2020, y por tanto, se remitió al Ministro de Obras Públicas y Transportes, para su trámite de oficialización. Por tanto,
Decretan:
OFICIALIZACIÓN DE LA ACTUALIZACIÓN
DEL MANUAL DE ESPECIFICACIONES GENERALES
PARA LA CONSTRUCCIÓN DE CARRETERAS,
CAMINOS Y PUENTES DE COSTA RICA (CR-2020)
Artículo 1º—Se oficializa la actualización que debe realizarse cada década del Manual de Especificaciones Generales para la Construcción de Carreteras, Caminos y Puentes CR- 2020, el cual se publicará como parte integral del presente Decreto Ejecutivo, en la página web del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, en la dirección electrónica: http://www.mopt.go.cr, en el apartado Biblioteca Digital, en el sitio Repositorio Digital, Comunidad Manual de Especificaciones.
Artículo 2º—La versión oficial impresa original de la actualización del Manual de Especificaciones Generales para la Construcción de Carreteras, Caminos y Puentes CR-2020 que se establecen en el presente Decreto Ejecutivo, una vez que entre en vigencia con su publicación en el diario oficial La Gaceta, estarán disponibles en el Centro de Información y...
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