EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA Y LA MINISTRA DE PLANIFICACIÓN NACIONAL Y POLÍTICA ECONÓMICA
Fecha de publicación | 15 Septiembre 2020 |
Número de registro | D42443-MP - IN2020482309 |
Emisor | Poder Ejecutivo |
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA Y
LA MINISTRA DE PLANIFICACIÓN NACIONAL
Y POLÍTICA ECONÓMICA
En uso de las facultades conferidas en los artículos 11, 50, 140 incisos 3), 8), 18) y 20) y 146 de la Constitución Política; los artículos 21, 25.1, 27.1 y 28.2.b de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978; los Capítulos I, II, IV y VI de la Ley de Planificación Nacional, Ley N° 5525 del 2 de mayo de 1974; el Reglamento del Artículo 11 de la Ley de Planificación Nacional, Ley N° 5525 del 2 de mayo de 1974, Decreto Ejecutivo N° 35056-PLAN-RE del 12 de noviembre de 2008; el Reglamento General del Sistema Nacional de Planificación, Decreto Ejecutivo N° 37735-PLAN del 6 de mayo de 2013; y,
Considerando:
I.—Que el artículo 2 inciso c) del Decreto Ejecutivo N° 41187-MP-MIDEPLAN del 20 de junio de 2018, denominado Reglamento Orgánico del Poder Ejecutivo, crea el Área Estratégica de Articulación Presidencial de Seguridad Humana, que tiene como objetivo idear y desarrollar políticas y estrategias que permitan condiciones que favorezcan el desarrollo humano y la construcción y preservación de entornos protectores.
II.—Que pese a la estructuración generada a partir del Decreto Ejecutivo supra citado, tras la respectiva valoración por parte del Poder Ejecutivo, resulta oportuno y necesario reformar la organización vigente a efectos de crear el Consejo Presidencial Social, como instancia política estratégica encargada de articular las políticas sociales universales y focalizadas que favorezcan la reducción de la pobreza y la desigualdad bajo los enfoques de desarrollo humano, movilidad social ascendente, seguridad humana, así como la construcción y preservación de entornos y factores protectores de la Estrategia Puente al Desarrollo.
III.—Que con ocasión de la reforma planteada mediante el presente Decreto Ejecutivo, las funciones asignadas al Consejo Presidencial Social, bajo principios de eficiencia y racionalidad, hacen necesaria la eliminación del Área Estratégica de Articulación Presidencial de Seguridad Humana, evitando duplicidades en el cumplimiento de los objetivos establecidos. Por tanto,
Decretan
REFORMA AL REGLAMENTO ORGÁNICO DEL PODER EJECUTIVO, DECRETO NÚMERO
41187-MP-MIDEPLAN DEL 20 DE JUNIO
DE 2018 Y DEROGATORIA DEL
DECRETO EJECUTIVO NÚMERO
41352-MIDEPLAN-MDHIS DEL
19 DE OCTUBRE DE 2018
Artículo 1º—Adiciónese el inciso f) al artículo 5 del Reglamento Orgánico del Poder Ejecutivo, Decreto...
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