EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA Y LA MINISTRA DE PLANIFICACIÓN NACIONAL Y POLÍTICA ECONÓMICA

Fecha de publicación15 Septiembre 2020
Número de registroD42443-MP - IN2020482309
EmisorPoder Ejecutivo

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA Y

LA MINISTRA DE PLANIFICACIÓN NACIONAL

Y POLÍTICA ECONÓMICA

En uso de las facultades conferidas en los artículos 11, 50, 140 incisos 3), 8), 18) y 20) y 146 de la Constitución Política; los artículos 21, 25.1, 27.1 y 28.2.b de la Ley General de la Administración Pública, Ley 6227 del 2 de mayo de 1978; los Capítulos I, II, IV y VI de la Ley de Planificación Nacional, Ley 5525 del 2 de mayo de 1974; el Reglamento del Artículo 11 de la Ley de Planificación Nacional, Ley 5525 del 2 de mayo de 1974, Decreto Ejecutivo 35056-PLAN-RE del 12 de noviembre de 2008; el Reglamento General del Sistema Nacional de Planificación, Decreto Ejecutivo 37735-PLAN del 6 de mayo de 2013; y,

Considerando:

I.—Que el artículo 2 inciso c) del Decreto Ejecutivo 41187-MP-MIDEPLAN del 20 de junio de 2018, denominado Reglamento Orgánico del Poder Ejecutivo, crea el Área Estratégica de Articulación Presidencial de Seguridad Humana, que tiene como objetivo idear y desarrollar políticas y estrategias que permitan condiciones que favorezcan el desarrollo humano y la construcción y preservación de entornos protectores.

II.—Que pese a la estructuración generada a partir del Decreto Ejecutivo supra citado, tras la respectiva valoración por parte del Poder Ejecutivo, resulta oportuno y necesario reformar la organización vigente a efectos de crear el Consejo Presidencial Social, como instancia política estratégica encargada de articular las políticas sociales universales y focalizadas que favorezcan la reducción de la pobreza y la desigualdad bajo los enfoques de desarrollo humano, movilidad social ascendente, seguridad humana, así como la construcción y preservación de entornos y factores protectores de la Estrategia Puente al Desarrollo.

III.—Que con ocasión de la reforma planteada mediante el presente Decreto Ejecutivo, las funciones asignadas al Consejo Presidencial Social, bajo principios de eficiencia y racionalidad, hacen necesaria la eliminación del Área Estratégica de Articulación Presidencial de Seguridad Humana, evitando duplicidades en el cumplimiento de los objetivos establecidos. Por tanto,

Decretan

REFORMA AL REGLAMENTO ORGÁNICO DEL PODER EJECUTIVO, DECRETO NÚMERO

41187-MP-MIDEPLAN DEL 20 DE JUNIO

DE 2018 Y DEROGATORIA DEL

DECRETO EJECUTIVO NÚMERO

41352-MIDEPLAN-MDHIS DEL

19 DE OCTUBRE DE 2018

Artículo 1ºAdiciónese el inciso f) al artículo 5 del Reglamento Orgánico del Poder Ejecutivo, Decreto...

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