Principios de lesividad y conexos, libertad de expresión y delitos de odio. Breves reflexiones desde el derecho español

AutorMiguel Díaz y García Conlledo
Cargo del AutorCatedrático de Derecho Penal Universidad de León (España)
Páginas197-218
197
PRINCIPIOS DE LESIVIDAD
Y CONEXOS, LIBERTAD DE
EXPRESIÓN Y DELITOS DE ODIO.
BREVES REFLEXIONES
DESDE EL DERECHO ESPAÑOL
LESIVITY (HARM) AND RELATED
PRINCIPLES, FREEDOM OF SPEECH
AND HATE CRIMES. BRIEF
REFLECTIONS FROM SPANISH LAW
Miguel Díaz y García Conlledo
Catedrático de Derecho Penal
Universidad de León (España)
ÍNDICE
1. INTRODUCCIÓN. 2. EL PRINCIPIO DE LE
SIVIDAD, OFENSIVIDAD O EXCLUSIVA PRO
TECCIÓN DE BIENES JURÍDICOS Y OTROS
RELACIONADOS. 2.1. Descripción y fundamento.
2.2. Doble perspectiva del principio de lesividad u
ofensividad. 2.3. Conexiones con otros principios. 2.4.
Principio de lesividad u ofensividad y bien jurídico.
2.5. Valor histórico del principio y algunas quiebras en
el Derecho positivo. 3. LOS DELITOS DE PELIGRO
ABSTRACTO Y, UN PASO MÁS ALLÁ, LOS DE
“CLIMA”: LOS LLAMADOS DELITOS DE ODIO.
3.1. Delitos de peligro abstracto, delitos de clima: el
discurso y los delitos de odio. 3.2 Discurso de odio y
libertad de expresión. 3.3. Cuando odiar no es delito,
¿caben delitos de odio? 3.4. El ejemplo del delito del
art. 510 (y 510 bis) CP. 4. LOS ULTRAJES PÚBLI
COS A ESPAÑA, A SUS COMUNIDADES AUTÓ
NOMAS O A SUS SÍMBOLOS O EMBLEMAS. 5.
BIBLIOGRAFÍA CITADA
198
1. INTRODUCCIÓN
Las siguientes reexiones breves no pretenden en
absoluto abordar en profundidad ninguno de los te-
mas que tocan, sino solo poner de maniesto cómo,
permítaseme la redundancia, por más odioso que re-
sulte el llamado discurso del odio, la intervención pe-
nal frente a él posee límites, que vienen impuestos por
principios penales básicos y por la importancia de un
derecho fundamental como es la libertad de expresión.
En estas reexiones se renuncia a toda exhaustividad
en la exposición, argumentos y cita (solo se incluirá
alguna esporádicamente) y deben ser tomadas como
un trabajo introductorio, abierto a posteriores desa-
rrollos1*.
2. EL PRINCIPIO DE LESIVIDAD, OFENSIVIDAD
O EXCLUSIVA PROTECCIÓN DE BIENES JURÍ
DICOS Y OTROS RELACIONADOS
2.1. Descripción y fundamento
Sin buscar aquí una gran precisión, podemos recor-
dar que el principio de lesividad, ofensividad o exclusiva
protección de bienes jurídicos signica que el Derecho
penal solo debe intervenir frente a amenazas de lesión o
de peligro para concretos bienes jurídicos2.
1 El presente trabajo se inscribe en el proyecto de investigación Principios
y garantías penales: sectores de riesgo (AEI, DER2016-76715-R), del que
soy investigador principal y en la investigación de la UIC 166 (Junta de
Castilla y León), que dirijo.
2 Por todos, LUZÓN PEÑA, Lecciones de Derecho Penal. Parte General,
3ª ed., Tirant lo Blanch, Valencia, 2016, Cap. 2, nm. 21 y ss. (pp. 24-25).

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