Los principios procesales
Autor | Enrique Napoleón Ulate Chacón |
Páginas | 439-464 |
439
Capítulo XV.
Los principios procesales.
Objetivo:
Establecer la importancia de la existencia de principios procesa-
les agrarios propios del Derecho procesal agrario, que lo dotan
de autonomía y especialidad atendiendo al contenido económico
y social del Derecho agrario sustantivo, que garantizan el acceso
a una justicia agraria más humanista.
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1. Autonomía del proceso agrario y tutela constitucional
La doctrina procesal agraria ha demostrado la autonomía de
la disciplina, con el desarrollo de una serie de principios procesa-
les que se maniestan con mayor intensidad en esta materia, bajo
los fenómenos de la oralidad, la publicización y la democratiza-
ción. Los mismos la distinguen interna y externamente.
El Derecho procesal agrario, posee principios comunes pero
también principios propios y exclusivos, que permiten identicarla
como autónoma y diferenciarla de otras, igualmente autónomas,
del ordenamiento jurídico.520 Frente a la tendencia de carácter
universal en la unicación del proceso, se conserva la especiali-
dad521 de la materia procesal agraria.
Esa autonomía del Derecho Procesal Agrario incluso ha sido
reconocida por la jurisprudencia constitucional, que hace una cla-
ra distinción entre los principios de esta disciplina, con el proceso
civil: “I. El proceso agrario en nuestro país se diferencia notable-
mente de los principios informadores del Derecho Procesal Civil
al romper con el formalismo excesivo, con el criterio de igualdad
formal de las partes y los grandes límites impuestos al Juez y a las
personas de escasos recursos. Se parte, para este rechazo, de la
idea de que tales elementos conllevan a la denegación de la justicia
a quien la busca, ya que el proceso se convierte, en gran cantidad
de casos, en un arma por medio de la cual se logra retardar el
pronunciamiento judicial. Por ello, la respuesta del proceso agrario
ha sido la de introducir simplicaciones procesales, para diseñar
un proceso más rápido que tienda a garantizar una justicia pronta
y cumplida, reejada en términos cortos, en tramitación simple, en
reducción de obstáculos legales para las partes que intervienen en
el proceso, en eliminación de requisitos scales, y en el otorga-
520 CAMPOS RIVERA, Derecho Procesal Agrario, op. cit., pág. 46. En-
tre dichos principios, el autor menciona: oralidad, publicidad, inquisición,
inmediación, concentración de las pruebas, libre apreciación judicial de
la prueba, celeridad preclusión, gratuidad y lealtad procesal. Sin embar-
go, como veremos, muchos de estos principios son compartidos con el
proceso civil.
521 La especialidad procesal agraria es una manifestación del derecho
al acceso a la justicia y del derecho al debido proceso. DUQUE CORRE-
DOR, Román. Justicia Agraria y Ambiental, op. cit., pág. 297.
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