Procedimiento ECA-MC-C22 Criterios para la Evaluación de la Norma INTE-ISO/IEC 17021-1 para la Certificación de Sistemas de Gestión de Salud y Seguridad en el Trabajo OH & SMS, V01 (Versión 01), de 18 de Mayo de 2020

EmisorEnte Costarricense de Acreditación

ENTE COSTARRICENSE DE ACREDITACIÓN

AVISO

N° 2020-006.-El Ente Costarricense de Acreditación (ECA), en cumplimiento de la Ley N° 8279 Ley del Sistema Nacional de la Calidad, da a conocer la modificación de los siguientes procedimientos: ECA-MC-C22 Criterios para la Evaluación de la Norma INTE-ISO/IEC 17021-1 para la Certificación de Sistemas de Gestión de Salud y Seguridad en el Trabajo OH & SMS, V01. ECA-MC-C09 Criterios para la Acreditación Transfrontera de Laboratorios, Organismos de Inspección y Proveedores de Ensayos de Aptitud que pasa de versión 05 a versión 06. Los documentos descritos anteriormente no tienen transitorio y se encuentran a disposición de los interesados en la página electrónica: https://www.eca.or.cr/documentos así mismo puede solicitar el envío de manera electrónica o solicitar gratuitamente una copia no contralada en la Gestoría de Calidad en las oficinas centrales del ECA ubicadas en San José, Barrio Don Bosco, avenida 02 y calle 32, contiguo a la Embajada de España, en horario de lunes a viernes de 08:00 h a 16:00 h.

San José, 18 de mayo del 2020.

(Nota de Sinalevi: El presente Procedimiento ECA-MC-C22 Criterios para la Evaluación de la Norma INTE-ISO/IEC 17021-1 para la Certificación de Sistemas de Gestión de Salud y Seguridad en el Trabajo OH & SMS, V01 (Versión 01) fue proporcionado por el Ente Costarricense de Acreditación, y se transcribe a continuación:)

TABLA DE CONTENIDO

  1. OBJETIVO................................................................................................................................. 1

  2. ALCANCE ................................................................................................................................. 1

  3. PREÁMBULO........................................................................................................................... 1

  4. INTRODUCCIÓN A LOS DOCUMENTOS OBLIGATORIOS DE LA IAF...................... 2

  5. APÉNDICES ............................................................................................................................. 3

  6. TÉRMINOS Y DEFINICIONES .............................................................................................. 3

  7. PRINCIPIOS.............................................................................................................................. 3

  8. OBJETIVO

    Establecer criterios de cumplimiento obligatorio para los Organismos de Certificación de Sistemas de Gestión de Salud acreditados o solicitantes de acreditación ante el ECA.

  9. ALCANCE

    Aplica a la Secretaría de Acreditación de Organismos de Certificación, Cuerpo de Evaluadores y Expertos técnicos, Comité Asesor de Organismos de Certificación, Comisión de Acreditación y a Organismos de Certificación de Sistemas de Gestión (Calidad y/o Ambiental) acreditados o en proceso de acreditación.

  10. PREÁMBULO

    El International Accreditation Forum, Inc. (IAF) facilita el comercio y respalda a los reguladores operando un acuerdo mundial de reconocimiento mutuo entre los Organismos de Acreditación (AB) para que los resultados emitidos por los Órganos de Evaluación de la Conformidad (OEC) acreditados por los miembros de la IAF sean aceptados globalmente. La acreditación reduce el riesgo para las empresas y sus clientes al garantizarles que los OEC acreditados son competentes para llevar a cabo el trabajo que realizan dentro de su alcance de acreditación. Los AB que son miembros de la IAF y de los OEC que ellos acreditan deben cumplir con las normas internacionales apropiadas y los documentos de aplicación aplicables de la IAF para la aplicación coherente de esas normas.

    Los AB que son signatarios del Arreglo de Reconocimiento Multilateral (MLA) de IAF son evaluados regularmente por un equipo designado de pares para brindar confianza en la operación de sus programas de acreditación. La estructura y el alcance del IAF MLA se detalla en IAF PR 4 - Estructura de IAF MLA y documentos normativos endosados.

    El MLA de IAF está estructurado en cinco niveles: el Nivel 1 especifica los criterios obligatorios que se aplican a todos los AB, ISO / IEC 17011. La combinación de una actividad (es) de Nivel 2 y los documentos normativos de Nivel 3 correspondientes se denomina alcance principal del MLA, y la combinación del Nivel 4 (si corresponde) y los documentos normativos relevantes del Nivel 5 se denomina sub-ámbito del MLA.

    . El alcance principal del MLA incluye actividades, p. certificación del producto y documentos obligatorios asociados, p. ISO / IEC 17065. Las certificaciones realizadas por los OEC en el nivel de alcance principal se consideran igualmente confiables.

    . El subámbito del MLA incluye requisitos de evaluación de conformidad, p. ISO 9001 y los requisitos específicos del esquema, cuando corresponda, p. ISO TS 22003. Las certificaciones realizadas por los OEC a nivel de sub-alcance se consideran equivalentes.

    El MLA de IAF brinda la confianza necesaria para la aceptación en el mercado de los resultados de la evaluación de la conformidad. Una certificación emitida, dentro del alcance del MLA de la IAF, por un organismo acreditado por un signatario AB de la IAF, puede ser reconocida en todo el mundo, lo que facilita el comercio internacional.

  11. INTRODUCCIÓN A LOS DOCUMENTOS OBLIGATORIOS DE LA IAF.

    El término "debería" se usa en este documento para indicar los medios reconocidos de cumplir con los requisitos de la norma. Un organismo de evaluación de la conformidad (OEC) puede cumplir con estos de una manera equivalente, siempre que esto se pueda demostrar a un organismo de acreditación (OA). El término "deberá" se utiliza en este documento para indicar aquellas disposiciones que, reflejando los requisitos de la norma pertinente, son obligatorias.

    Este documento es obligatorio para la aplicación coherente de ISO / IEC 17021-1: 2015 para la acreditación de los Organismos de Certificación que proporcionan la certificación de Sistemas de Gestión de Salud y Seguridad Laboral (OH y SMS). Todas las cláusulas y anexos de ISO / IEC 17021-1: 2015 continúan aplicándose y este documento no reemplaza ninguno de los requisitos de esa norma. Este documento no solo se aplica a la certificación de HSAS 18001, sino que también se utilizará para la certificación de otros OH y SMS, como la próxima norma ISO 45001 y otras normas. La legislación nacional prevalecerá en caso de conflicto con este documento.

    Este documento también incluye cinco apéndices obligatorios que introducen Requisitos de OH y SMS para los siguientes documentos ISO, IAF y EA:

  12. APÉNDICES

    Apéndice A - Conocimientos específicos y habilidades para las funciones de certificación en OH y SMS

    Apéndice B - Determinación del tiempo de auditoría de Salud y seguridad ocupacional Sistemas de gestión

    Apéndice C: cumplimiento legal como parte de Certificación acreditada de OH y SMS

    Apéndice D - Alcance de la acreditación

    Apéndice E - Actividades de observación para el Acreditación de la certificación OH y SMS Cuerpos.

    Este documento sigue la estructura de ISO / IEC 17021-1: 2015. Los criterios específicos se identifican con la letra "G" seguida de un número de referencia que incorpora la cláusula de requisitos relacionados en ISO / IEC 17021-1: 2015.

    En todos los casos, una referencia en el texto de este documento a la "cláusula XX" se refiere a una cláusula en ISO / IEC 17021-1: 2015 a menos que se especifique lo contrario.

  13. TÉRMINOS Y DEFINICIONES

    G 3.3 Algunos servicios específicos ofrecidos o brindados en el campo de Seguridad y Salud Ocupacional a clientes certificados o certificados por OH & SMS por el Organismo de Certificación se consideran servicios de consultoría de OH y SMS. Estos incluyen, pero no están limitados a:

    i) desempeñando el papel de coordinador de salud y seguridad en el trabajo,

    ii) informes de seguridad,

    iii) realizar evaluaciones de riesgo,

    iv) realizar inspecciones y auditorías internas de salud y seguridad en el trabajo,

    v) comunicación con las autoridades reguladoras en nombre del cliente,

    vi) asistencia en el desarrollo de la salud y seguridad en el trabajo de una organización Sistema de gestión,

    vii) investigación de accidentes e incidentes.

  14. PRINCIPIOS

    G 4.1.2 Además de los trabajadores permanentes y temporales gerenciales y no gerenciales, y sus representantes, las partes que tienen un interés en una certificación de OH y SMS incluyen, pero no se limitan a:

    i) autoridades legales y reguladoras (locales, regionales, nacionales o internacionales),

    ii) organizaciones de padres,

    iii) proveedores, contratistas y subcontratistas,

    iv) organizaciones de trabajadores (sindicatos) y organizaciones de empleadores,

    v) propietarios, accionistas, clientes, visitantes, familiares de trabajadores, comunidad local y vecinos de la organización y el público en general,

    vi) clientes, servicios médicos y otros servicios comunitarios, medios de comunicación, instituciones académicas, asociaciones empresariales y organizaciones no gubernamentales (ONG),

    vii) organizaciones de seguridad y salud en el trabajo y profesionales de la seguridad y la salud en el trabajo (por ejemplo, médicos y enfermeras).

  15. REQUISITOS GENERALES

    G 5.2.3 (En la nota 2)

    Los intereses clave pueden incluir las partes adicionales mencionadas en la cláusula

    G.4.1.2.

  16. REQUISITOS ESTRUCTURALES

    Sin requisitos adicionales.

  17. REQUERIMIENTOS DE RECURSOS G 7.1.2 (En la nota)

    Para los sistemas de gestión de salud y seguridad ocupacional, el término "área técnica" se relaciona con las características comunes de los procesos o servicios y sus riesgos asociados que pueden exponer a los trabajadores a riesgos de S y SO.

  18. REQUISITOS DE INFORMACIÓN

    G 8.5.3 Los acuerdos legalmente exigibles también requerirán que el cliente certificado informe al Organismo de Certificación, sin demora, de la ocurrencia de un incidente grave o infracción de la regulación que requiera la participación de la autoridad reguladora competente.

  19. REQUISITOS DE PROCESO

    9.1 Actividades de precertificación

    G 9.1.1 La información...

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