¿Productor agropecuario? Esto es lo que debe saber sobre el Régimen Especial

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¿Productor agropecuario? Esto es lo que debe saber sobre el
Régimen Especial
- Pymes agropecuarias y prestadores de servicio deben conocer sus opciones.
San José, 22 de octubre de 2019. La Reforma Fiscal que entró a regir en julio pasado, tomó en
consideración a los productores agropecuarios, creando un régimen especial o Régimen Especial
Agropecuario (REA), que busca facilitar su incorporación a la formalidad fiscal que promueve la nueva ley.
La realidad de las actividades económicas del país, es que no sólo existen en el valle central, si no que
todo el país es sujeto de actividad económica, con la diferencia que no es lo mismo una empresa de
servicios que un ganadero o un agricultor. Existen muchísimos productores con educación básica a los
cuales se les dificulta la adopción de tecnología”, comentó Raymundo Volio, experto en derecho tributario
de Actualidad Tributaria.
Por estas razones, Volio recomienda a los productores agropecuarios, tener en consideración la siguiente
información para acogerse al REA y realizarlo de la manera correcta.
1. La definición de Agropecuario es muy amplia: incluye actividades como la lechera, la agricultura,
la apicultura, la pesca artesanal, la porcicultura y algunas actividades forestales. Lo importante es
que se asesoren correctamente para saber si entran dentro del REA o deben acogerse a otro
régimen.
2. Quienes brindan servicios agropecuarios, también pueden acogerse al REA: empresas o personas
que brindan servicios a empresas de este tipo como peones y similares, también podrían acogerse
a este régimen, pero deberían consultarlo con expertos que puedan asesorarles.
3. El REA toma en consideración las épocas de cosecha: el régimen simplificado establece reglas
para los tiempos de cosechas, pesca y otros, pues la administración está al tanto de que la
remuneración de las actividades no se da de manera mensual o trimestral, si no que en muchos
casos es una o dos veces al año.
4. Se les exime de la elaboración de factura electrónica o comprobante electrónico: Pueden utilizar
la herramienta de Factura de Compra, pues muchos de quienes contratan los servicios
agropecuarios, lo hacen a personas que no emiten factura electrónica. El REA permite esto.
5. Existen dos modalidades de declaración: el REA permite dos modalidades de declaración, la
cuatrimestral que se presenta 3 veces al año (15 de mayo, 15 de setiembre y 15 de enero del año
siguiente). La otra modalidad es anual, para temas como el café, la caña de azúcar, el arroz, entre
otras actividades.

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