La proporcionalidad y razonabilidad de las sanciones dictadas por la Contraloría General como parte de los procedimientos sancionatorios de Hacienda Pública: propuesta de reforma reglamentaria
Fecha | 01 Julio 2020 |
Autor |
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Revista de Derecho de la Hacienda Pública Vol. XV.
Julio - Diciembre, 2020 ISSN-221-3624
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Glory Elena Murillo Vega1
1 Licenciada en Derecho por la Universidad de Costa Rica, Especialista en
Derecho Notarial y Registral por la misma universidad. Cuenta con Diplomado
Internacional “El nuevo derecho público de siglo XXI y la protección multinivel
de los derechos humanos” de La Universidad para La Paz y la Universidad de
Heidelberg-Heidelberg Center para América Latina. Ostenta un Diplomado
en Corrupción y Régimen Sancionatorio de la Hacienda Pública por la
Universidad de Salamanca. Cuenta con una Especialidad Juez Contencioso
Administrativo por parte de la Escuela Judicial. Actualmente cursa la
Maestría en Derecho de las Administraciones Públicas de la Universidad del
Rey Juan Carlos de España. Se desempeña como Fiscalizadora en la División
Jurídica de la Contraloría General de la República.
La proporcionalidad y
razonabilidad de las
sanciones dictadas por la
Contraloría General como
parte de los procedimientos
sancionatorios de Hacienda
Pública: propuesta de
reforma reglamentaria
Sumario
1. Introducción.
2. Capítulo: Potestad sancionatoria.
3. Capítulo: Propuesta de reforma al reglamento.
1. Justificación de la reforma.
2. Propuesta de definición del principio.
3. Propuesta de test de proporcionalidad y
razonabilidad.
4. Conclusiones.
5. Referencias
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Revista de Derecho de la Hacienda Pública/
Contraloría General de la República
Revista de Derecho de la Hacienda Pública Vol. XV. Julio - Diciembre, 2020 ISSN-221-3624
El presente artículo tiene como objetivo principal
realizar una propuesta de modificación del Reglamento
de Organización y Servicio de las Potestades
Disciplinarias y Anulatoria en la Hacienda Pública de la
Contraloría General de la República, en lo que respecta
a la regulación del principio de proporcionalidad y
razonabilidad en los procedimientos sancionatorios
de Hacienda Pública, en el momento de determinar
si se debe dictar una sanción o no y si la falta fuera
merecedora de una sanción.
Con el fin de exponer la necesidad de que dicho
principio se encuentre debidamente regulado en una
norma que resulte aplicable a una diversidad de casos,
se desarrollan de forma general diversos temas para
luego plantear una propuesta de modificación.
En el primer apartado, se define qué es la potestad
sancionatoria de la Administración y se presentan
algunas de sus características. Esto permite comprender
de dónde surge y el fin que cumple en la Administración
Pública. Dentro de este mismo apartado, se desarrolla
la diferencia de la potestad sancionatoria administrativa
y la penal, y luego se presenta la diferencia entre los
procedimientos sancionatorios y los disciplinarios.
De forma particular, se desarrolla el tema de la
potestad sancionatoria que ostenta la Contraloría
General de la República para sancionar las faltas que
se cometan contra el Sistema de Fiscalización Superior
de la Hacienda Pública. Se menciona de dónde surge
la competencia y cómo se tramitan los procedimientos
administrativos para dichas sanciones.
Posterior a ello, con el objetivo de enfocar el estudio
en el principio de proporcionalidad y razonabilidad, se
enumeran y definen algunos de los principios rectores
de la potestad sancionatoria, como el de legalidad,
de reserva de ley y de tipicidad, los cuales como se
podrá observar tienen una relación directa con la
proporcionalidad y razonabilidad.
Dentro del mismo apartado y por ser el principio
que se desarrolla en este estudio (proporcionalidad y
1. Introducción razonabilidad), se presentan diferentes conceptos, así
como el objetivo y fin que cumplen en los procedimientos
sancionatorios. Posteriormente se exponen los
elementos que existen actualmente en la legislación
costarricense para hacer el test de proporcionalidad y
razonabilidad.
Por último, se hará un esfuerzo que propone una
mejora en la normativa que regula los procedimientos
sancionatorios de Hacienda Pública, en cuanto al
correcto uso del principio de proporcionalidad y
razonabilidad, con el objetivo de dar seguridad jurídica
a los investigados y procurar la mayor objetividad
posible en los procedimientos tramitados por faltas
contra la Hacienda Pública.
2. Capítulo:
Potestad Sancionatoria
1. Concepto y generalidades sobre la de
potestad sancionatoria
La potestad sancionatoria de la Administración tiene su
génesis en el denominado ius puniendi del Estado, que
no es ni más ni menos que la potestad de imperio que
tiene este de aplicar penas o sanciones a los sujetos
que cometan por acción u omisión infracciones a la
normativa referente.
Del ius puniendi del Estado derivan dos clases de ilícitos:
los penales y los administrativos. Estos tienen como
objetivo imponer disciplina a quienes gestionan mal los
intereses y recursos públicos.
Bermejo expone que la potestad sancionatoria constituye
una importantísima manifestación del poder jurídico
de las Administraciones Públicas para el cumplimiento
de sus fines. Se trata de una potestad de signo
auténticamente represivo, que se ejercita a partir de la
vulneración o perturbación de reglas preestablecidas.
No obstante, puede también pensarse en una cierta
finalidad preventiva de la potestad sancionatoria, si se
tiene en cuenta de que el simple hecho de proponer un
cuadro sancionador, junto al conjunto de prescripciones
de una norma, implica una amenaza latente para quien,
sin atender pacífica y voluntariamente al cumplimiento
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