PROYECTO DE LEY LEY PARA DECLARAR COSTA RICA COMO PAÍS LIBRE DE EXPLORACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE PETRÓLEO Y GAS

Fecha de publicación22 Marzo 2023
Número de registroIN2023729611
EmisorPoder Legislativo

PROYECTO DE LEY

LEY PARA DECLARAR COSTA RICA COMO PAÍS
LIBRE DE EXPLORACIÓN Y EXPLOTACIÓN
DE PETRÓLEO Y GAS

Expediente N° 23.579

ASAMBLEA LEGISLATIVA:

La industria petrolera es una de las que más impacto ambiental y sobre la biodiversidad genera a nivel global. En enero del año 2022, por ejemplo, Perú se vio obligado a declarar emergencia ambiental debido a la afectación de cerca de 3 kilómetros cuadrados de playa y mar por el derrame de petróleo proveniente de un barco de la petrolera española Repsol. Una misión de expertos de la ONU calificó el vertido como el peor desastre ecológico en la historia reciente del país andino y calculó que las costas del Perú se verían afectados de 6 a 10 años a futuro.

En lo que respecta a Costa Rica, el país se ha caracterizado durante décadas por adoptar modelos de protección ambiental y de desarrollo sostenible. Uno de los logros más destacables de nuestro país gira en torno a su producción eléctrica, la cual en un 98% proviene de fuentes renovables, situación que nos coloca como líderes mundiales en cuanto al tema. Por esta razón, la exploración y posterior explotación de hidrocarburos representa una contradicción a la historia de conservación y protección de los recursos naturales de Costa Rica, uno de los países más diversos del mundo.

En la actualidad, en Costa Rica la actividad de exploración y explotación petrolera se encuentra vetada hasta 2050 por medio de un decreto presidencial, que podría ser revocado por cualquier mandatario que lo considere oportuno. Esta moratoria se estableció primeramente mediante Decreto Ejecutivo N.° 36693-Minaet, de primero de agosto de dos mil once, y fue actualizada posteriormente mediante Decreto Ejecutivo N.° 38537-Minae, de 25 de julio de 2014. Si bien es cierto, la iniciativa ha sido acogida por múltiples administraciones de diferentes banderas políticas desde su promulgación, declarar el territorio nacional como libre de estas actividades es un mensaje contundente, oportuno y consecuente de sumatoria hacia la tendencia mundial de eliminación del uso y producción de combustibles fósiles.

En esta línea, se debe considerar que la Constitución Política establece que el Estado ejerce la soberanía completa y exclusiva sobre su territorio, a fin de proteger, conservar y explotar con exclusividad todos los recursos y riquezas naturales existentes en las aguas, el suelo y el subsuelo de esas zonas.

Además, no se debe dejar pasar la oportunidad de reconocer, que el tema se ha abordado desde inicios de los años 2000 con mayor vehemencia. La iniciativa aquí expuesta no es la primera presentada a la corriente legislativa en esta línea. A raíz de la movilización social y la concientización ambiental en Costa Rica, se han puesto sobre la mesa al menos 4 iniciativas presentadas por diversas fracciones, todas con la visión clara en la importancia de que el Estado fomente la protección de un ambiente sano y ecológicamente equilibrado para los y las habitantes del territorio nacional, según lo establecido en la Constitución.

En virtud de lo anteriormente indicado, se somete a consideración de las señoras y señores diputados, el siguiente proyecto de ley para su estudio y pronta aprobación.

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

DECRETA:

LEY PARA DECLARAR COSTA RICA COMO PAÍS
LIBRE DE EXPLORACIÓN Y EXPLOTACIÓN
DE PETRÓLEO Y GAS

ARTÍCULO 1- Dominio estatal

El Estado tiene el dominio absoluto, inalienable e imprescriptible de las fuentes y depósitos de petróleo y de cualesquiera otras sustancias hidrocarburadas existentes en el territorio nacional, suelo y subsuelo, continental y marino. Sobre este, el Estado ejerce soberanía completa y exclusiva o jurisdicción especial, según lo estipulado en el artículo 6 de la Constitución Política.

ARTÍCULO 2- Objeto de la ley

Esta ley tiene por objeto la prohibición de exploración y explotación de petróleo y gas en Costa Rica.

ARTÍCULO 3- Modificaciones

Modifíquese el artículo 6 de la Ley que Regula a la Refinadora Costarricense de Petróleo, Ley N.° 6588, de 30 de julio de 1981, para que se lea de siguiente forma:

Artículo 6- Los objetivos de la Refinadora Costarricense de Petróleo, S. A. son los siguientes: refinar, transportar, comercializar o granel el petróleo y sus derivados; mantener y desarrollar las instalaciones necesarias para ello y ejercer, en lo que le corresponda, los planes de desarrollo del sector energía, conforme al Plan Nacional de Desarrollo. La refinadora no podrá otorgar préstamos, hacer donaciones, conceder subsidios o subvenciones, ni construir oleoductos interoceánicos sin la previa autorización legal, salvo el caso del Hospicio de Huérfanos de San José, al cual se le podrán otorgar, en forma directa, donaciones de chatarra.

ARTÍCULO 4- Costa Rica como territorio libre de exploración y explotación petrolera y de gas.

Declárese a Costa Rica territorio libre de exploración y explotación de petróleo y gas. No podrán autorizarse permisos ni concesiones para exploración ni explotación de petróleo y gas en el territorio costarricense, como compromiso nacional firme por la disminución del uso de combustibles fósiles

ARTÍCULO 3- Derogaciones

Deróguese en su totalidad la Ley N.°...

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