PROYECTO DE LEY LEY SOBRE DERECHOS EN SALUD SEXUAL Y SALUD REPRODUCTIVA

Fecha de publicación18 Enero 2023
Número de registroIN2022705504
EmisorPoder Legislativo

PROYECTO DE LEY

LEY SOBRE DERECHOS EN SALUD SEXUAL

Y SALUD REPRODUCTIVA

Expediente N.º 23.493

ASAMBLEA LEGISLATIVA:

Este proyecto había sido presentado en el año 2007 por varias diputadas y diputados de las fracciones políticas del Partido Unidad Social Cristiana, Partido Liberación Nacional, Partido Frente Amplio, Partido Movimiento Libertario y partido Acción Ciudadana bajo el expediente legislativo 16.887, contaba con audiencias, las consultas solicitadas, el informe del Departamento de Servicios Técnicos, un texto sustitutivo y el dictamen unánime afirmativo de la Comisión Permanente Especial de Derechos Humanos. Salió de esta comisión en noviembre del 2014, firmado por los partidos Accesibilidad sin Exclusión, Acción Ciudadana, Liberación Nacional y Frente Amplio. No obstante, fue archivado a raíz de una resolución de la Sala Constitucional respecto del vencimiento del plazo cuatrienal de los proyectos de ley.

En razón de lo anterior y sobre todo por la importancia del proyecto, ex diputados del periodo constitucional 2016-2020 presentaron el texto nuevamente a la corriente legislativa bajo expediente N.° 21.154 “ADICIÓN DE UN NUEVO CAPÍTULO III REFERENTE A LOS DERECHOS EN SALUD SEXUAL Y SALUD REPRODUCTIVA, AL TÍTULO I DEL LIBRO I DE LA LEY GENERAL DE SALUD, N° 5395 DE 30 DE OCTUBRE DE 1973 Y SUS REFORMAS”. El mismo fue dictaminado por la Comisión Permanente Especial de la Mujer con un dictamen afirmativo de mayoría suscrito por miembros de todas las fracciones que conformaban esa comisión en agosto de 2021. A este proyecto se le venció su plazo cuatrienal y es por esta razón que se consideró oportuno que diputaciones de la actual legislatura retomaran el tema.

A continuación, se transcribe la exposición de motivos que se había planteado originalmente, con una actualización de datos e información que se ha recopilado como parte de los procesos de consulta en los expedientes precitados.

1. Situación de la salud sexual y la salud reproductiva en el país

Costa Rica ha avanzado en acciones tendientes a proteger y educar sobre la salud sexual y reproductiva de las personas y, particularmente, se han adoptado medidas para que las mujeres tengan acceso a medidas preventivas para proteger su salud.

El condón femenino, por ejemplo, forma parte de la lista oficial de medicamentos de la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS), la anticoncepción de emergencia ya fue registrada en el país y está por iniciar el trámite para incluirse en la lista oficial de medicamentos de la CCSS. El embarazo en adolescentes, si bien es cierto es un tema prioritario, no es una situación creciente gracias a las intervenciones que el país y la CCSS han realizado. La CCSS institución ya cuenta incluso con el “Manual Técnico y de Procedimientos para la atención integral de las personas adolescentes, con énfasis en Salud Sexual y Salud Reproductiva” cuyo propósito en el país es:

“contribuir a la reducción del embarazo adolescente, apoyando el desarrollo de un modelo intersectorial a través de redes locales para la prevención del embarazo y atención a la maternidad y paternidad precoz, con modalidades diferenciadas de atención a adolescentes, de acuerdo a sus distintos niveles de exposición a riesgos”.

Por otro lado, mediante el oficio N.° GM-DDSS-MDD-6578-16, en 2016 la Gerencia Médica de la CCSS dio a conocer el lineamiento emitido por la consejería y prescripción de métodos anticonceptivos y de protección como parte integral de salud a las personas adolescentes de 10 a 19 años de edad.

Asimismo, desde 2015 se cuenta con un lineamiento (L.GM.DDSS.ARSDT.CNE.081015) en el que se regula la atención de toda la labor de embarazo y parto de las mujeres.

Por su parte, la ley N.° 9379, Ley para Promoción de la Autonomía para las personas con Discapacidad, vino a incorporar una serie disposiciones en cuanto al consentimiento de las personas con discapacidad en cuanto a sus relaciones sexuales y la autonomía en la toma de decisiones.

Además, desde 2021, se inició en la CCSS un plan piloto para el tratamiento denominado Profilaxis Pre-exposición (PrEP), que reduce riesgo de transmisión de VIH, por medio de una donación del Fondo Mundial de Lucha contra el VIH.

No obstante, lo anterior y los extraordinarios avances que ha ido incorporando Costa Rica, la Ley General de Salud actualmente no contiene expresamente un capítulo que aborde, de manera más integral, los derechos sexuales y reproductivos en la Ley General de Salud en armonía con las normas nacionales e internacionales tendientes a promover mecanismos para prevenir enfermedades de transmisión sexual, la atención a la maternidad adolescente y los derechos de las mujeres que se encuentran en gestación. Por ello, se considera necesario incorporarlos en la norma sobre salud más importante con que cuenta el país.

Las mujeres jóvenes constituyen uno de los grupos más vulnerables por su condición etaria y de género y conocen poco acerca de planificación familiar, tienen pocas posibilidades de negociar con sus parejas el uso de métodos de prevención y muchas tienen un reducido acceso a tecnologías de anticoncepción y prevención de las infecciones de transmisión sexual (ITS).

El embarazo no deseado en la adolescencia es una situación que trae consigo altos riesgos de mortalidad infantil y materna. El porcentaje ha venido disminuyendo desde 2012 cuando se encontraba en 19% a un 9% en 2021; según el Estado de la Nación. Esta baja se debe a varias razones, pero entre las más importantes, las exitosas políticas de educación sexual.

El cáncer de mama constituye otro de los graves problemas de salud reproductiva en el país. Para 2020 fallecieron 427 mujeres por esta enfermedad, que es la que mayor cantidad de muertes genera, según la Dirección de Vigilancia de la Salud.

Según datos del Ministerio de Salud, en los hombres es vertiginoso el crecimiento que ha experimentado el cáncer de próstata, aumentando en un 5% en el 2020, en relación con 2019, pasando de 420 a 445 muertes. Representa el 15% de los fallecimientos de los hombres por cáncer y la provincia donde hay más fallecimientos es en Guanacaste; siendo la incidencia mayor en personas adultas mayores a setenta años.

Según datos del Ministerio de Salud, en su Informe Medición del Gasto de la Respuesta Nacional ante el VIH/SIDA 2020, se estima que aproximadamente 16.000 adultos y niños viven con VIH en Costa Rica y, de los cuales, el 53% está en tratamiento antirretroviral. Por sexo biológico, el sexo masculino presentó el mayor caso de incidencia con un 84% y las mujeres con un 16% para ese año.

Y, aunque Costa Rica pasó de detectar 1.635 casos nuevos en el 2018 a 1.218 en 2019 y a 919 casos en 2020; lo cierto es que esa disminución puede corresponder a la oportuna intervención y políticas que se han venido adaptando en el país para su atención, mediante la realización de pruebas diagnósticas de forma periódica y constante.

Es criterio del Instituto Nacional de las Mujeres que, pese a los avances del país en los temas de salud sexual y reproductiva, persisten situaciones que demandan respuestas urgentes, a como lo son:

Un comportamiento de la fecundidad afectado por condiciones etarias, étnicas y socioeconómicas, que evidencia brechas de desigualdad.

Un número de muertes maternas que pueden evitarse, especialmente en los grupos más vulnerables.

Los hombres han recibido poca atención a sus necesidades en salud sexual y reproductiva.

La persistencia de un porcentaje significativo de fecundidad no deseada.

La resistencia de algunos grupos para la implementación de educación para la sexualidad.

La violencia sexual que afecta especialmente a las mujeres jóvenes.

La ausencia de cultura de protección social, de manera que el uso de condón se ha reducido de un 15.7% en 1992 a 10.1% en el 2005 y la incidencia de infecciones de transmisión sexual no disminuye.

2. Antecedentes de los derechos en salud sexual y salud reproductiva en las conferencias, la legislación y la jurisprudencia internacionales.

De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud (OMS), la salud constituye un estado general de bienestar físico, mental y social y no solo la mera ausencia de enfermedad. Además, la salud constituye un derecho humano reconocido por los principales instrumentos internacionales de derechos humanos y por ello, el Estado debe proveer las condiciones necesarias para su ejercicio efectivo y pleno por parte de todas las personas.

La salud sexual y la salud reproductiva constituyen componentes esenciales de la salud integral y para alcanzar su ejercicio pleno y efectivo, los Estados han reconocido en diversos instrumentos internacionales una variedad de derechos sexuales y derechos reproductivos. Entre esos instrumentos se pueden mencionar: la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, la Convención para la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (Cedaw) y el Protocolo Adicional a la Convención Americana de Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, conocido como Protocolo de San Salvador; todos ellos ratificados por el Estado costarricense.

Además, en diversas conferencias internacionales, los Estados han asumido compromisos en esta materia. Desde 1968, en la Conferencia Mundial de Derechos Humanos celebrada en Teherán, se afirma por primera vez que “los padres tienen el derecho humano fundamental de determinar libremente el número de sus hijos y los intervalos entre los nacimientos”, sentando así las bases para el progresivo reconocimiento y desarrollo de los derechos sexuales y reproductivos.

Posteriormente, en 1974, en la Conferencia Mundial de Población de Bucarest, se reconoció el derecho de las personas a decidir sobre la regulación de la fecundidad, enfatizando las responsabilidades del Estado de proporcionar información, educación y los medios que permitan a las personas el ejercicio de ese derecho.

En la Conferencia...

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