PROYECTO DE LEY LEY PARA LA RENDICIÓN DE CUENTAS DE LOS DIPUTADOS Y DIPUTADAS DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

Fecha de publicación29 Mayo 2024
Número de registroIN2024866153
EmisorPoder Legislativo

PROYECTO DE LEY

LEY PARA LA RENDICIÓN DE CUENTAS

DE LOS DIPUTADOS Y DIPUTADAS DE LA

REPÚBLICA DE COSTA RICA

Expediente N.º 24.312

ASAMBLEA LEGISLATIVA:

En una democracia es fundamental que los representantes electos rindan cuentas a quienes los eligieron y a toda la sociedad. Esto es esencial para la transparencia, la responsabilidad y la confianza en el proceso y la toma de las decisiones.

Los ciudadanos tienen el derecho y la responsabilidad de elegir a sus representantes en el gobierno, pero, para poder evaluar su desempeño y tomar decisiones, necesitan tener información sobre su gestión. Esta información debe ser accesible y fácil de entender para la ciudadanía y debería incluir datos claros y objetivos sobre su desempeño, permitiendo a los ciudadanos evaluar si han cumplido con sus promesas y trabajado en beneficio de la sociedad.

Todo esto pasa por comprender que la rendición de cuentas es un deber para todos los órganos y entes de la Administración Pública y un derecho de los ciudadanos. Es una obligación establecida al más alto nivel. Es la Constitución Política de Costa Rica[1] quien establece la Rendición de Cuentas como un principio constitucional propio del sistema democrático y obliga al legislador a crear los mecanismos necesarios para implementarlo. Todo esto demanda la sumisión de las personas funcionarias públicas al ordenamiento jurídico y al escrutinio público, y cubre a todas las personas integrantes del aparato estatal, independientemente del nivel o naturaleza jurídica de la institución pública en la cual desempeñan su cargo.

Por esto, los diputados y las diputadas debemos rendir cuentas. Es ineludible para todo diputado y diputada informar sobre las iniciativas impulsadas, los proyectos en los cuales han trabajado, los recursos utilizados y los resultados obtenidos. Esta rendición de cuentas, desde el Poder Legislativo, también implica su gestión financiera. Los recursos públicos deben ser usados de manera eficiente y transparente, y los diputados y diputadas deben explicar cómo han empleado los recursos asignados para el desempeño de sus funciones. Esto incluye el uso de fondos para gastos de oficina, viajes, viáticos, entre otros. Es importante que la sociedad tenga la certeza de que los recursos públicos están siendo utilizados de manera adecuada y en beneficio de todos.

Además, la rendición de cuentas no solo es relevante para que los ciudadanos puedan evaluar el desempeño de sus representantes, sino también para promover la transparencia y la confianza en las instituciones gubernamentales. Cuando los diputados brindan un informe anual de su gestión están demostrando su compromiso con la transparencia y la responsabilidad, y están mostrando valorar la confianza de la ciudadanía en la democracia.

En la actualidad, la obligación de brindar informes anuales se encuentra circunscrita a los rectores sectoriales, jerarcas ministeriales, de entes descentralizados institucionales y de órganos de desconcentración máxima, esto conforme con la Ley N.° 9398, Ley para Perfeccionar la Rendición de Cuentas, de 28 de setiembre del año 2016. No obstante, no se refiere en nada al Poder Legislativo y a los diputados y diputadas.

Por lo anterior, he presentado esta iniciativa con el objetivo de garantizar que los diputados y diputadas de la República de Costa Rica rindan cuentas sobre su labor legislativa, estableciendo la obligación de elaborar y divulgar un informe anual, por escrito, donde se detalle su desempeño, responsabilidades y planes de trabajo. Conforme lo planteado en la propuesta, el informe debe ser presentado a la Asamblea Legislativa dentro de los primeros quince días del inicio de cada legislatura. Debe redactarse en un lenguaje claro, sencillo y sin tecnicismos innecesarios, para facilitar su comprensión por parte de la mayoría de la ciudadanía. Este debe incluir información como: asistencia a sesiones, votos emitidos en proyectos de ley, proyectos de ley propuestos, temas de control político planteados, audiencias y reuniones realizadas, eventos relacionados con su cargo, giras comunales, viajes al exterior, manejo de fondos públicos, contratación de personal, entre otros.

Se establece que todos los informes deben estar disponibles en la página...

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