PROYECTO DE LEY REFORMA DEL ARTÍCULO 169 DEL CÓDIGO ELECTORAL

Fecha de publicación31 Marzo 2023
Número de registroIN2023734585
EmisorPoder Legislativo

PROYECTO DE LEY

REFORMA DEL ARTÍCULO 169

DEL CÓDIGO ELECTORAL

Expediente N.° 23.591

ASAMBLEA LEGISLATIVA:

El Código Electoral vigente de nuestro país, Ley N.° 8765, entró a regir desde el 2 de setiembre de 2009, siendo que han transcurrido desde ese entonces más de 13 años, los avances en la votación electrónica son prácticamente nulos, donde apenas el TSE se encuentra en análisis de su implementación, se han realizado visitas a otros países y hemos recibido visitas para conocer los modelos electorales, pero al ser una votación que le brinda la ley de manera optativa no se ha avanzado como se quisiera.

Por ello, se considera oportuno avanzar hoy en día, no solamente en la votación electrónica, sino de acuerdo con nuestro tiempo y grandes adelantos tecnológicos, en la votación digital como un medio viable y seguro.

Según datos del Tribunal Supremo de Elecciones el proceso de elecciones para febrero del año 2022 estuvo conformado por un total de 3.541.908 de habitantes; sin embargo, el abstencionismo fue el mayor registrado en la historia del país con un 40,03%.

Se instalaron 6.847 recintos en 2.133 centros de votación, tanto a lo interno del país como en el voto extranjero; sin embargo, la tendencia al abstencionismo sigue siendo la misma, de acuerdo al último informe de Estado de la Nación: “Para empezar, estos comicios dejaron en evidencia un nuevo alejamiento de la ciudadanía en relación con la democracia electoral, elnúcleo duro” de cualquier sistema democrático.”

De lo anterior, se desprende que para presidente y diputados se tuvo que imprimir un total de 7.083.816 de papeletas, siendo que el 40,03% correspondió a 1.417.820 personas, el total de papeletas desechadas fue de 2.835.640.

Según lo presupuestado en dicho proceso electoral se requirieron ¢9.240,7 millones, de los cuales en primera ronda correspondieron ¢6.624,1 millones. Entre los gastos que incluyó ese presupuesto se encontraba el pago de alquileres de vehículos, impresión de papeletas, impresión de padrones electorales, pago de agentes electorales, gastos de papelería y otros útiles-suministros adicionales, campaña publicitaria, entre otros gastos relacionados. Otros gastos fueron la planilla temporal que contrataron incluyendo horas extraordinarias y las cargas obrero patronales.

Como puede observarse el sistema tradicional tiene altos costes económicos y medioambientales asociados.

Dado el incremento del abstencionismo es necesario que, como país democrático, se universalice y se coadyuve en la facilitación y la participación de los costarricenses en su derecho y deber al sufragio. Manteniendo sus principales características de elecciones libres, transparentes y ordenadas.

La crisis de la covid-19, fue una pandemia que replanteó el accionar del ser humano en todos sus ámbitos: desde las compras en línea, formas de pago, clases virtuales, trabajo a distancia, plataformas de televisión; etc., en fin, catapultó la comunicación digital en todos los sentidos.

Sin embargo, la democracia con dicha pandemia se encontró bajo un grave riesgo, ya que varios países como Bolivia, Chile, Brasil, Francia, entre otros, se vieron obligados a suspender elecciones como medida de seguridad ante la emergencia sanitaria, y en estos y otros países donde se efectuaron existió un gran ausentismo por el temor al contagio.

Actualmente, en países como Brasil el voto electrónico se efectúa, pero en unas urnas electrónicas, tipo computadoras, lo que facilita la transmisión de datos, pero este sistema y equipo tiene un alto valor de compra y de mantenimiento, pero de igual manera es requisito para el ciudadano el acudir a los centros de votación en las comunidades.

En otros países como Argentina utilizan dispositivos electrónicos, pero el registro no queda en la máquina, sino en una boleta que cuenta con un chip de radiofrecuencia que se imprime y deposita en una sola urna.

Ahora bien, es necesario que, acompañado a este nuevo paso en la democracia, se brinde seguridad jurídica al proceso, se blinde con seguridad cibernética y el debido cifrado donde se respete la voluntad el día de las elecciones, no permitiendo que un atacante modifique votos ya registrados por el sistema.

Una prioridad de las nuevas tecnologías siempre será brindar un uso correcto y ético, que las personas puedan confiar en un mundo digital, por ejemplo, actualmente el uso de transferencias por sinpe móvil es algo que ha permitido la universalización de estos movimientos bancarios.

Para el año 2022, en pequeñas transacciones se transaron 6.5 billones de colones, el cual representa aproximadamente un 16,8% del producto interno bruto, lo que representó un total de 372 millones de transacciones en teléfonos inteligentes.

El tráfico de datos hoy en día es muy común, y es obligación del Estado costarricense asegurar que no corran ningún riesgo, pero no es posible que no se avance en ello por no tomar las previsiones correspondientes.

Costa Rica es un país líder en democracia y como ejemplo a nivel mundial, por lo que debemos seguir evolucionando para mantenernos adelante y acorde con los cambios tecnológicos que existen.

Sin lugar a dudas es todo un desafío, en cuanto a conectividad digital y penetración del internet para la población costarricense, tal y como lo señala el Micitt en su página: “El concepto de Ciberseguridad ha evolucionado desde sus inicios a hoy día, cada adelanto tecnológico implica un reto en seguridad, desde evitar el robo de datos de los computadores, acción aplicada directamente a ellos, o bien con las redes de datos globales, evitar los accesos no autorizados y maliciosos con el fin de extraer datos y utilizarlos para fines no éticos.”

Todos estos riesgos existieron en nuestra democracia con el sistema tradicional; sin embargo, con el transcurso de los años, el Tribunal Supremo de Elecciones ha diseñado mecanismos de control para brindar confianza a los resultados electorales, pero el mundo no se detiene, y las nuevas tecnologías implican que también se establezcan los nuevos controles, pero como Estado costarricense debemos evolucionar, innovar y participar de manera ejemplificante a nivel mundial.

Para iniciar este proceso es necesario dar el paso, y para las elecciones del año 2026 al menos debe iniciarse un plan piloto en las diferentes mesas que se abren a nivel mundial fuera de nuestras fronteras, para posteriormente implementarlo a lo interno en las siguientes elecciones municipales y nacionales.

La disminución de gastos de transporte, gastos en impresión de papeletas, pago de agentes electorales, y de todos los otros rubros que el sistema tradicional implica, es solo un aspecto; la búsqueda de la universalización del voto es fundamental para evitar el desencanto en las urnas (además de la gobernabilidad que demandan los costarricenses), debemos adaptarnos a las nuevas tecnologías como el fortalecimiento de la democracia en nuestro país, y esperar que llegue el día en que los costarricenses tengan la seguridad de ejercer su derecho y deber del sufragio sin salir de su casa desde un dispositivo móvil electrónico con la misma confianza que lo hace en una urna física.

Por las razones antes expuestas, se propone a consideración de las señoras y señores diputados, el siguiente proyecto de ley.

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

DECRETA:

REFORMA DEL ARTÍCULO 169

DEL CÓDIGO ELECTORAL

ARTÍCULO ÚNICO- Refórmese el artículo 169 del Código Electoral, Ley N.° 8765, para que en lo sucesivo se lea de la siguiente manera:

Artículo 169- Formas de emitir el voto

Se votará en la forma y con los medios que para cada elección establezca el TSE, en el reglamento que dictará por lo menos con seis meses de anticipación. No obstante, el Tribunal deberá emplear medios digitales de votación confiables y seguros, además del uso de papeletas. Podrá prescindir de las papeletas y los ...

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