PROYECTOS LEY DE VENTA DIRECTA MULTINIVEL

Fecha de publicación08 Septiembre 2023
Número de registroIN2023808584
EmisorPoder Legislativo

PROYECTOS

LEY DE VENTA DIRECTA MULTINIVEL

Expediente N.° 23.907

ASAMBLEA LEGISLATIVA:

En Costa Rica, los sistemas o modelos de negocio de distribución en venta directa y de compensación multinivel han sido adoptados por una cantidad importante de personas, pero no se han regulado en la normativa nacional y presentan importantes carencias teóricas y prácticas, tanto en la doctrina como en la realidad de la sociedad costarricense. En el país existe un grupo importante de empresas que distribuyen sus productos bajo este sistema y, en la actualidad, operan bajo una gran inseguridad jurídica debido al vacío que existe en la regulación nacional.

El Estado, como garante y protector, tiene la responsabilidad de actualizar su normativa y realizar los avances necesarios para que esta actividad económica no se ejerza sin un marco legal y evite que empresas con modelos similares se presten para posibles casos de estafa o defraudación. Por ello, es muy importante diferenciar la venta directa multinivel de otros sistemas fraudulentos.

Existen dos modelos de comercialización de venta directa: las empresas que tienen compensación multinivel y las que operan en venta plana. Según la Asociación Costarricense de Empresas de Venta Directa (Aceved, 2022), en Costa Rica el 76% de las empresas manejan los sistemas de distribución y compensación multinivel, mientras que el restante 24% utiliza la venta plana.

La venta directa multinivel es “un sistema de ventas que una compañía puede utilizar para distribuir sus productos o servicios, contemplando la difusión de nuevos productos, la mantención de los consumidores y la expansión constante de la compañía.” (Kiyosaki, 1997). Este tipo de venta funciona bajo un sistema de compensación, en el que se puede recomendar a otras personas para que igualmente comercialicen los productos de la empresa y la persona distribuidora que haya recomendado recibe una compensación adicional por las compras de productos que hagan las personas recomendadas.

Además de los descuentos sobre el precio que reciben las personas distribuidoras en la compra, también se les otorga una compensación sobre el volumen de compras de la red de cada persona distribuidora. Por eso, una de las características más importantes del sistema multinivel es consolidar la comercialización a través de la construcción de una red de distribuidores, porque conforme la red va creciendo, los ingresos de la persona distribuidora también crecen.

De esta manera lo explica Clothier (1991), un sistema multinivel es un “método para vender mercancías directamente a los consumidores por medio de una red desarrollada de distribuidores independientes que introducen más distribuidores, generándose los ingresos por los beneficios minoristas y mayoristas suplementados por bonificaciones basadas en las compras totales del grupo formado por el distribuidor.”

Por otro lado, la venta directa plana consiste en la adquisición y comercialización de productos o servicios por parte de una persona distribuidora independiente, la cual se afilia y compra los productos a una o varias empresas y los vende por su cuenta, generando su propia ganancia. Las personas distribuidoras administran su negocio en los términos que cada una determine, sin la necesidad de contar con intermediarios (Aceved, 2022).

Estos sistemas ofrecen una opción comercial económica de gran utilidad para las personas. En Costa Rica, según la Asociación de Empresas de Venta Directa (Aceved, 2022), el 33% de los emprendimientos nacionales utiliza esta actividad productiva para consumo, el 37% es complementario a otra actividad y para el restante 30% es su actividad económica principal. En el 2022, se reportaron más de 260.000 mil emprendimientos en venta directa, de los cuales un 84% son liderados por mujeres.

Este negocio transciende las fronteras de lo rutinario, lo tradicional y lo comercial. Está libre de intermediarios y procesos burocráticos, no es necesario contar con experiencia previa, permite un sistema de liderazgo sucesivo y elimina las jerarquías. Además, los pequeños emprendimientos son quienes más se benefician, ya que su éxito está delimitado por el esfuerzo y empeño de cada una de las personas distribuidoras.

En los últimos años, las empresas de venta directa han venido creciendo en el comercio internacional y en el mercado local. En Costa Rica, operan más de veinte compañías que llevan a cabo este tipo de actividad económica y están agrupadas en la Asociación Costarricense de Empresas de Venta Directa (Aceved). Estos negocios son parte importante de la economía costarricense y, por ello, el Estado debe velar por la protección económica y legal de las empresas, las personas distribuidoras y las personas consumidoras.

Según los datos revelados anteriormente, la venta directa no solo es una actividad económica de apoyo y de subsistencia para muchas personas, especialmente mujeres, sino que también es una opción de trabajo fácil y rápido para muchas otras, ya que es una oportunidad de generar ingresos sin la necesidad de contar con experiencia previa o un grado académico determinado.

A pesar de la importancia que revisten estos sistemas de ventas y compensación, pocos países han regulado y normalizado su situación. Esto también se refleja en la necesidad de diferenciar los sistemas de compensación multinivel de los esquemas de estafas piramidales, los cuales son ilegales y afectan los bienes financieros y patrimoniales de las personas que participan de ellas. Dichos esquemas son fraudulentos y engañosos porque le hacen creer a las personas que tienen que invertir una cantidad de dinero específica por un producto que no existe.

En nuestro Código Penal no existe una definición de la estafa piramidal, por lo que se hace necesario recurrir a la doctrina para comprender el concepto. Según Mayorga (2011, p. 119), “una pirámide de captación financiera es un esquema de negocios fraudulentos que sustentan su operación en un crecimiento rápido del número de clientes. Este crecimiento es impulsado por las referencias de clientes que perciben intereses muy por encima de lo que pueda pagar una empresa formal de inversiones”.

Este tipo de esquemas son viables y funcionan mientras exista una constante inyección de dinero y el número de personas afiliadas sea cada vez mayor, ya que ellos aportan nuevos ingresos al sistema. En el momento en que el número de nuevos inversores sea menor que al de los antiguos, la pirámide alcanza su punto de saturación y se derrumba. Esto evidencia que es un proceso fraudulento y que engaña a las personas a través de promesas y expectativas falsas.

De hecho, la Superintendencia General de Entidades Financieras (SUGEF) ha advertido que quienes invierten en empresas que realizan intermediación financiera en Costa Rica, sin supervisión alguna, ponen en riesgo sus beneficios patrimoniales y económicos. En mayo de 2021, la SUGEF trasladó al Ministerio Público al menos 50 denuncias de negocios piramidales. Una de las más destacadas fue la empresa brasileña Pietra Verdi, la cual afectó a 5000 costarricenses.

Debido a eso, es fundamental contar con la prohibición y penalización, de ejercer o promocionar este tipo de actividades, dentro de nuestro Código Penal, con el fin de resguardar el patrimonio de las costarricenses y los costarricenses. Por ello, este proyecto también tiene el objetivo de tipificar y penalizar con el delito de estafa a aquellas personas que dirijan, ejecuten, promuevan, patrocinen, induzcan, financien o colaboren con un plan de negocio piramidal.

Los casos de regulación normativa más cercanos a Costa Rica son Colombia, España y Argentina. Los tres países cuentan con marcos legales que regulan los sistemas de compensación multinivel y diferencian claramente en qué consiste dicho sistema y de qué tratan los esquemas de estafas piramidales, los cuales también son fuertemente sancionados a través del Código Penal u otros cuerpos normativos.

Colombia es el caso que podemos tomar como ejemplo para aplicar a nivel nacional.

Este país promulgó la “Reglamentación de las actividades de Comercialización en

Red o Mercadeo Multinivel en Colombia”, Ley 1700 del 2013, la cual señala las características de la actividad multinivel, el modelo de registro de las empresas, el tipo de relación entre las personas distribuidoras y las empresas, las condiciones del contrato, las obligaciones y responsabilidades de la empresa y de la persona distribuidora, el...

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