La prueba para mejor proveer, la admisible en segunda instancia y los recursos en materia probatoria
Autor | Jorge Olaso Álvarez |
Páginas | 279-314 |
279
PRESENTACIÓN
En el primer apartado del Capítulo III se analizan las
dos modalidades de que disponen las partes para introdu-
cir prueba no evacuada o no ofrecida en su oportunidad:
la prueba para mejor proveer y la que se ofrece hasta en
segunda instancia. Asimismo, analizaremos la potestad
que tienen los juzgadores de admitir probanzas para me-
jor proveer.
El segundo se reere a los recursos ordinarios y ex-
traordinarios, incidencias que pueden ser interpuestas con
ocasión de las distintas situaciones que rodean la denega-
toria, admisión y evacuación de las pruebas. Por tal moti-
vo, dentro de esta sección estudiaremos cuándo proceden
los recursos de revocatoria o apelación en esos supues-
tos; también, cuándo la nulidad debe ser alegada junto con
estos recursos o independientemente en la vía incidental.
De igual forma será analizada la posibilidad de inter-
poner un recurso de casación por razones de forma o de
fondo. En el primer supuesto, por denegación de pruebas
admisibles o por falta de citación de las partes a las dili-
gencias probatorias. En el segundo, por errores de hecho
o de derecho. Todo esto con la nalidad de que los juz-
gadores tengan conocimiento de las infracciones por las
cuales puede ser interpuesto ese recurso. Por último, y
siempre con esa misma nalidad, haremos referencia a las
causales relacionadas con la materia probatoria, por las
que puede formularse el recurso de revisión.
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1. LA PRUEBA PARA MEJOR PROVEER
Y LA ADMISIBLE EN SEGUNDA INSTANCIA
1.1. INTRODUCCIÓN
En la unidad anterior analizamos cada uno de los me-
dios de prueba que establece el Código Procesal Civil, a
saber: la declaración de parte, la declaración de testigos,
la prueba documental, el reconocimiento judicial, la prueba
pericial, los medios cientícos y las presunciones.
En esta oportunidad estudiaremos la posibilidad que
tienen las partes de introducir prueba no ofrecida en la
oportunidad procesal pertinente, a través de dos medios
distintos, como lo son la prueba para mejor proveer y la
que se ofrece en segunda instancia; asimismo, la potes-
tad que tiene el juzgador de solicitar prueba para mejor
proveer.
1.2. LA PRUEBA PARA MEJOR PROVEER
En la sección 4 de la Unidad I indicamos que existen
distintas etapas procesales en donde las partes pueden
ofrecer sus pruebas, de acuerdo con la naturaleza de cada
uno de los procesos.
Además de esas etapas, el ordenamiento jurídico pro-
cesal admite el ofrecimiento y la admisión, incluso ociosa,
de prueba nueva o ya ofrecida en otras etapas distintas
de las indicadas, así como solicitar una ampliación de las
probanzas ya evacuadas.
Las pruebas declaradas inevacuables, nulas, inadmisi-
bles o extemporáneas en otras etapas del proceso, están
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