Recomendaciones para el cumplimiento de las metas del PAO 2020, de 19 de Noviembre de 2020

EmisorCorte Suprema de Justicia

CIRCULAR Nº 255-2020

Asunto: Recomendaciones para el cumplimiento de las metas del PAO 2020.

A TODOS LOS DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS

SE LES HACE SABER QUE:

El Consejo Superior del Poder Judicial en sesión N° 91-2020 celebrada el 17 de setiembre del 2020, artículo XLVII, conoció el informe Nº 1379-PLA-EV-2020 del 3 de setiembre de 2020, relacionado con el seguimiento semestral de las metas del PAO 2020.

En esa oportunidad se avalaron las recomendaciones dadas en el citado informe, por lo que se ordenó lo siguiente:

  1. Las oficinas y despachos judiciales deben acatar lo indicado en la circular 141-2020, de la Secretaría General de la Corte, del 03 de julio de 2020, denominada "Obligación de realizar evaluaciones semestrales y anuales de Planes anuales y op-erativos", siendo que todos los despachos y oficinas judicia-les del país que formularon sus Planes Anuales Operativos para el 2020 deben mantener actualizado el avance logrado en cada una de las metas formuladas.

  2. Las oficinas y despachos judiciales deberán registrar avanc-es a las metas de los Planes Anuales Operativos que están vinculados con el Plan Estratégico Institucional de manera periódica, debido a la importancia que revisten esas metas al contribuir de manera directa con el cumplimiento del PEI.

  3. Se les recuerda a las oficinas que tienen metas operativas vin-culadas al PEI y que no tienen registro de avance al primer semestre, que, si bien su plazo de cumplimiento está pre-visto al finalizar el 2020, deben estar atentos para registrar los avances de las metas, dado el impacto que tienen en el cumplimiento del Plan Estratégico Institucional. Lo anterior para el caso de las oficinas y despachos mencionados en la recomendación 8.3 de este informe. Aunado a lo anterior, se les remite en este informe las acciones estratégicas de cada Tema Estratégico que requieren un mayor nivel de avance en la consecución de las metas operativas asociadas, de manera tal que al finalizar el año se alcancen los mayores porcentajes posibles de cumplimiento.

  4. Las oficinas enlistadas en la recomendación 8.4 de este in-forme (despachos y oficinas que no registraron ningún tipo de avances) deberán cumplir con la actualización de avanc-es al PAO para el periodo 2020, por lo que se realizarán un monitoreo constante en lo que resta del 2020, con el fin de informarles a los Centros de Responsabilidad y las oficinas el deber de mantener actualizados los registros de avances al PAO.

  5. Todas las Oficinas y...

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