Reforma Porcentajes Cobro por Recaudación a Operadoras de Pensiones, de 22 de Mayo de 2003

EmisorCaja Costarricense de Seguro Social

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL JUNTA DIRECTIVA MODIFICACIÓN APARTADO B) ACUERDO PRIMERO DEL ARTÍCULO 10, SESIÓN NÚMERO 7741 SOBRE PORCENTAJE COMISIÓN A OPERADORAS La Junta Directiva de la Caja Costarricense de Seguro Social, en el artículo 35º de la sesión Nº 7757, celebrada el 22 de mayo del 2003, acuerda modificar el apartado b) del acuerdo primero del artículo 10 de la sesión Nº 7741, celebrada el 27 de marzo del año en curso, para que se lea de la siguiente manera:

"b) El 75% restante lo pagará la Operadora que en definitiva reciba esos recursos, en el momento del traslado que realice la Operadora de la Caja, para lo cual la...

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