Reforma integral Reglamento para la prestación de servicios de corresponsales BN Servicios del Banco Nacional de Costa Rica, de 4 de Septiembre de 2017

EmisorBanco Nacional de Costa Rica

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

El Banco Nacional de Costa Rica comunica la parte resolutiva del acuerdo tomado por la Junta Directiva General, en la Sesión No. 12.188, artículo 11º, celebrada el 04 de setiembre del 2017, en el cual acordó aprobar la modificación al Reglamento para la prestación de servicios de corresponsales BN Servicios del Banco Nacional de Costa Rica, para que, en lo sucesivo, se lea de conformidad con el siguiente texto:

REGLAMENTO PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS

DE CORRESPONSALES BN SERVICIOS DEL

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

OBJETIVO

Artículo 1º-El presente Reglamento tiene como finalidad asegurar el trato igualitario por parte del Banco Nacional de Costa Rica en adelante denominado EL BANCO, en la escogencia de los CORRESPONSALES BN SERVICIOS y la relación contractual entre ambos, todo en apego a los requerimientos señalados en la legislación en materia de Contratación Administrativa.

Artículo 2º-El presente Reglamento se emite al amparo de lo dispuesto por el artículo 2 bis , inciso c) de la Ley de Contratación Administrativa y el artículo 146 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, por lo que su vigencia se encuentra condicionada a la aprobación por parte de la Contraloría General de la República.

Artículo 3º-Se define a los CORRESPONSALES BN SERVICIOS como todos aquellos comercios, asociaciones de desarrollo, solidaristas o cooperativas, profesionales liberales, sindicatos, entre otras categorías, que por medio de la firma de un contrato acepten las condiciones solicitadas por el Banco Nacional para convertirse en establecimientos que prestarán diversos servicios financieros a través de la plataforma tecnológica que el Banco Nacional disponga para este fin, o bien vía comunicación directa con la plataforma tecnológica del Banco Nacional con métodos de consumo en modalidad web services, así como dispositivos POS, terminales directas o combinaciones de estas.

Los CORRESPONSALES BN SERVICIOS se ubicarán en aquellos comercios, asociaciones de desarrollo, solidaristas o cooperativas, profesionales liberales, sindicatos, entre otras categorías, que sean identificados como de interés para el Banco debido a que se encuentran localizados en lugares donde no se cuenta con oficinas del Banco, o bien, por ser comercios que muestren su interés de prestar servicios al Banco Nacional bajo dicha modalidad.

En cuanto al alcance de los servicios que prestarán los CORRESPONSALES BN SERVICIOS son los siguientes:

. Pagos de servicios

. Remesas

. Avances de efectivo

. Pagos de cuotas de crédito

. Pagos de tarjetas de crédito

. Depósitos a cuentas

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 4º-Por parte de El BANCO están autorizados para suscribir contratos de CORRESPONSALES BN SERVICIOS, los Subgerentes Generales, los Gerentes de Zona Comercial, Gerentes de oficina, o en su defecto las personas que éstos designen, siempre y...

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