Reforma Manual de Políticas y Procedimientos del Departamento Administrativo y Financiero (Trámites de Plataforma de Servicios), de 8 de Noviembre de 2017

EmisorColegio de Licenciados y Profesores en Letras, Filosofía, Ciencias y Artes

COLEGIO DE LICENCIADOS Y PROFESORES

MANUAL DE POLÍTICAS Y PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVO

Trámites de Plataforma de Servicios

Código: POL/PRO-SC-01

Versión: 7, Setiembre 2017

Fecha de aprobación: 15 de Octubre 2015

Reemplaza a: POL/PRO-PLAT01 versión 1 y POL/PRO-SC01 versión 6

Revisado por: Jefatura Administrativa, Dirección Ejecutiva, Asesoría Legal de Junta Directiva y Junta Directiva

Aprobado para entrar en vigencia: Acuerdo 15, sesión de Junta Directiva 052-2014.

OBJETIVO:

Establecer los lineamientos necesarios para la realización de los diversos trámites que se realizan en las plataformas de servicios, a solicitud de las personas colegiadas o interesadas.

ALCANCE:

Dirigido a las Plataformas de Servicios, Gestores Regionales, Colaboradores y Personas colegiadas.

POLÍTICAS

.GENERALES

A. Incorporaciones:

  1. Las personas interesadas en incorporase al Colypro pueden realizar este trámite en cualquiera de las plataformas de servicios en apego a la política POL/PRO-INC 01"Incorporaciones".

    B. Actualización de grado académico:

  2. Las personas colegiadas que requieran actualizar los títulos de estudios universitarios adquiridos posteriores al acto de incorporación, deben realizar este trámite de acuerdo a las disposiciones indicadas en la política POL/PRO-INC02 "Actualización de diplomas y títulos universitarios de las personas colegiadas".

    C. Retiros:

  3. Las personas colegiadas que por diferentes motivos no estén ejerciendo la profesión, tienen derecho a solicitar un retiro temporal o indefinido, según sea el caso, para lo cual deben realizar el respectivo trámite de acuerdo con la política POL/PRO-FEL01 "Retiros temporales e indefinidos".

    D. Subsidios y pólizas del FMS:

  4. Las personas interesadas en realizar un trámite de solicitud de subsidio o póliza del FMS, pueden hacerlo en cualquiera de las plataformas de servicios en apego a las políticas POL/PRO-FMS01 "Subsidio económico" y POL/PRO-FMS02 "Póliza Mutual" respectivamente.

    E. Reincorporaciones:

  5. Las personas retiradas tendrán el derecho de solicitar la reincorporación al momento que así lo soliciten formalmente por escrito, al amparo del artículo 36 del Reglamento General del Colegio.

  6. Las personas retiradas temporalmente se reincorporarán automáticamente una vez vencido el plazo indicado en la solicitud de retiro; sin embargo, previo al vencimiento del plazo del retiro otorgado, tienen el derecho de solicitar la reincorporación en el momento que así lo soliciten formalmente por escrito.

  7. Para toda solicitud de reincorporación, la persona interesada deberá estar al día en el pago de sus obligaciones con la Corporación; o realizar el respectivo arreglo de pago, según lo dispuesto en la política vigente POL-PRO-COB01 "Gestión de Cobros".

  8. La cuota de colegiatura se generará a partir del mes en el que se aplica la reincorporación.

    F. Solicitud de constancias de colegiatura:

  9. El Colegio emitirá constancias únicamente con la información que conste en el expediente de la persona colegiada.

  10. Todo colegiado al día con sus obligaciones económicas, puede solicitar personalmente o de manera virtual una constancia de incorporación al Colegio en cualquiera de las plataformas de servicio o a través de la página web. Además, el Tribunal de Honor puede solicitar constancias de colegiatura de las personas que son denunciadas ante este órgano, con el fin de que sus procesos se encuentren debidamente documentados.

  11. Las Plataformas de Servicios serán las únicas autorizadas para emitir y entregar a las personas colegiadas, constancias de colegiatura o formularios de notificación, según sea el caso, utilizando únicamente los formatos de constancias previamente aprobados por el Director Ejecutivo y la Secretaría de Junta Directiva, razón por la cual, no se permite hacer modificaciones y/o inclusiones no autorizadas al texto original.

    G. Solicitud de carné:

  12. Todas las personas colegiadas tendrán derecho a un carné de colegiado y pueden solicitar la confección de uno para sus familiares (padres, cónyuge e hijos) según los requisitos definidos en el punto C de las políticas específicas.

    .ESPECÍFICAS

    A. Reincorporaciones:

  13. La solicitud de reincorporación deberá ser tramitada en cualquiera de las plataformas de servicios personalmente, o en casos excepcionales, por un tercero quien debe presentar la solicitud suscrita por el interesado con los documentos respectivos.

  14. Toda solicitud de reincorporación debe presentar los siguientes requisitos originales:

    1. Carta de solicitud de reincorporación, dirigida al Colegio en la cual exprese:

      a.1 Solicitud de reincorporación explícitamente.

      a.2 Nombre, número de cédula y firma de la persona solicitante.

    2. Fotocopia de la cédula de identidad por ambos lados.

    3. Completar el formulario (F-SC-17).

      B. Solicitud de constancias de colegiatura:

  15. Las constancias, comunicados y/o comprobantes de trámite serán entregados de inmediato al solicitante.

  16. Las plataformas de servicios utilizarán únicamente los siguientes formatos de constancias, comunicados y/o comprobantes, según corresponda previa consulta al expediente digital y/o físico de la persona colegiada:

    1. Constancia de colegiatura básica (F-SC-03 / F-SC-32): la cual solamente indica que la persona está incorporada y al día.

    2. Constancia de colegiatura (F-SC-18 / F-SC-33): en la cual el único título que se menciona es aquel...

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