Reforma Manual Procedimientos Administración Personal Docente, de 7 de Diciembre de 2012

EmisorPoder Ejecutivo

N° 37569-MP-MEP

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA,

Y LOS MINISTROS DE LA PRESIDENCIA,

Y DE EDUCACIÓN PÚBLICA

En el ejercicio de las atribuciones que les confiere los artículos 140,

inciso 18) y 146 de la Constitución Política, artículo 1° de la Ley Orgánica del Ministerio de Educación Pública, Estatuto de Servicio Civil y sus Reglamentos.

CONSIDERANDO:

  1. - Que en el año 1981, mediante Decreto Ejecutivo N° 12915-E-P, se crea el Manual de Procedimientos para Administrar al Personal Docente, que busca solucionar los problemas administrativos que a nivel central se generaba en el proceso de nombramientos y atrasos en los pagos para los servidores docentes,

    situaciones que consecuentemente, obstaculizaban el desarrollo del proceso educativo.

  2. - Que mediante Decreto Ejecutivo N° 14206-E-P, de fecha 4 de enero de 1983, se modifica el artículo 11 del Manual de Procedimientos para Administrar al Personal Docente, otorgando la posibilidad de nombrar personal sin visto bueno de la Dirección General de Servicio Civil, cuando sean hasta un máximo de cinco lecciones por servidor en especialidades académicas y hasta ocho en especialidades técnico-profesional, así mismo no requería del citado visto bueno en los casos de aumentos de lecciones interinas cocurriculares en cualquier número que se requiera según el plan de estudios.

  3. - Que con la reforma al Artículo 15 de la Ley de Salarios, se estableció el aumento de lecciones que podrá atender un servidor de 32 a 40 lecciones en propiedad, en virtud de lo anterior,

    se da la necesidad de ir ajustando la actuación de la Administración Educativa, es decir completando a los docentes a las 40 lecciones en propiedad.

  4. - Que la mayoría de los docentes regulares, ya poseen las 40 lecciones en propiedad; según el plan de estudios, no tienen posibilidad de cubrir plazas vacantes con esta cantidad de lecciones que establece el artículo 11 del Manual de Procedimientos para Administrar al Personal Docente, de igual forma tampoco pueden ser asignadas en propiedad por concurso. Por otra parte la poca cantidad de lecciones que conforman estas vacantes, es difícil la aceptación de los docentes calificados, ya que económicamente no satisfacen sus expectativas salariales.

  5. - Que tanto para el docente como para el Director del Centro Educativo,

    es difícil el establecer los horarios para los servidores que laboran en una o más instituciones, y que éste coincida con los otros colegios, mientras que para el Director -conocedor de...

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