Reforma Procedimiento ECA-MP-P08 Manual de procedimientos de evaluación y acreditación (Toma de decisión) (versión 04), de 24 de Octubre de 2016

EmisorEnte Costarricense de Acreditación

ENTE COSTARRICENSE DE ACREDITACIÓN

El Ente Costarricense de Acreditación (ECA), en cumplimiento de la Ley 8279 Ley del Sistema Nacional de la Calidad, dan a conocer la publicación de la modificación de los siguientes documentos, de la siguiente manera:

Procedimiento

Versión actual

Versión publicada

Fecha de emisión

Fecha de entrada en vigencia en el sistema de gestión del ECA

ECA-MP-P08 Manual de procedimientos para la evaluación y acreditación : Toma de decisión

03

04

A partir de su publicación en el diario oficial la Gaceta.

1 mes posterior a su publicación en el diario oficial la Gaceta.

Los documentos descritos se encuentran a disposición de los interesados en la página electrónica www.eca.or.cr/http://www.eca. or.cr/docs.php; así mismo puede solicitar el envío de manera electrónica o solicitar gratuitamente una copia no contralada en la Gestada de Calidad en las oficinas centrales del ECA ubicadas en Pavas, Rohrrnoser 150 metros al este del Centro Comercial Plaza Mayor, contiguo a Prisma Dental, de lunes a viernes de las 8 a las 16 horas.

San José, 24 de octubre del 2016.-

TABLA DE CONTENIDO

1 GENERALIDADES ........................................................................................................................ 1

2 ANÁLISIS POR PARTE DEL COMITÉ ASESOR ......................................................................... 2

3 DECISIÓN POR PARTE DE LA COMISIÓN DE ACREDITACIÓN .............................................. 3

4 DECISIONES SOBRE PROCESOS PARCIALES ........................................................................ 6

5 IDENTIFICACIÓN DE CAMBIOS .................................................................................................. 6

1 GENERALIDADES

1.1 Finalizadas las actividades de verificación para los procesos de evaluación y evaluaciones extraordinarias, se procede con el proceso de toma de decisión.

1.2 La Comisión de Acreditación es el órgano colegiado encargado de tomar la decisión sobre la acreditación.

1.3 El Comité Asesor, emite recomendaciones a la Comisión de Acreditación.

2 ANÁLISIS POR PARTE DEL COMITÉ ASESOR

2.1 Finalizadas las actividades de verificación para procesos iniciales, seguimientos, ampliaciones, reevaluaciones y extraordinarias, la Secretaría Acreditación, convoca al Comité Asesor, en un plazo máximo de 10 días hábiles y presenta los siguientes documentos:

  1. Informe final de evaluación o de testificación.

  2. Resultado de la verificación de acciones correctivas, cuando se hayan indicado no conformidades.

  3. Alcance de acreditación evaluado y/o por acreditar.

  4. Expediente del OEC.

    2.2 El Comité Asesor revisa los expedientes del OEC, emite criterio técnico y presenta las observaciones y/o una recomendación a la Secretaría de Acreditación.

    Nota: El Comité Asesor, a fin de emitir criterio técnico, puede dar audiencia a un representante del Equipo Evaluador y/o a un representante del OEC o solicitar documentación adicional para la determinación de la recomendación.

    2.3 Si el Comité Asesor solicita aclaraciones, la Secretaría de Acreditación notifica al OEC, al Equipo...

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