Reforma Procedimiento para la solicitud de homologación y autorización de empresas encargadas de suplir, colocar y retirar precintos electrónicos, de 15 de Marzo de 2018
Emisor | Dirección General de Aduanas |
DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS
RES-DGA-DGT-010-2018.-Dirección General de Aduanas.- San José, a las doce horas del día quince de marzo del dos mil dieciocho.
Considerando:
I.-Que el artículo 6 de la Ley General de Aduanas, N° 7557 del 20 de octubre de 1995 publicada en La Gaceta N° 212 del 08 de noviembre de 1995 y sus reformas, establece que los fines del régimen jurídico es facilitar y agilizar las operaciones de comercio exterior y reprimir las conductas ilícitas que atentan contra la gestión de carácter aduanero y de comercio exterior, entre otros.
II.-Que el artículo 9 de la Ley General de Aduanas, establece como funciones del Servicio Nacional de Aduanas, actualizar los procedimientos aduaneros y proponer las modificaciones de las nomas, para adaptarlas a los cambios técnicos, tecnológicos y a los requerimientos del Comercio internacional.
III.-Que el artículo 11 de la Ley General de Aduanas, señala que la Dirección General de Aduanas es el órgano superior jerárquico nacional en materia aduanera, que en el uso de su competencia le corresponde la dirección técnica y administrativa de las funciones aduaneras que esta ley y las demás disposiciones del ramo le conceden al Servicio Nacional de Aduanas, la emisión de políticas y directrices para las actividades de las aduanas y dependencias a su cargo.
IV.-Que el artículo 22 de la Ley General de Aduanas, establece que el control aduanero es el ejercicio de las facultades del Servicio Nacional de Aduanas para el análisis, la aplicación, supervisión, fiscalización, verificación, investigación y evaluación del cumplimiento de las disposiciones de esta Ley, sus Reglamentos y las demás normas reguladoras de los ingresos o las salidas de mercancías del territorio nacional, así como de la actividad de las personas físicas o jurídicas que intervienen en las operaciones de comercio exterior.
V.-Que el artículo 6 del Reglamento a la Ley General de Aduanas, Decreto Ejecutivo N° 25270-H de fecha 14 de junio de 1996 y sus reformas, publicado en Alcance N° 37 a La Gaceta N° 123 de 28 de junio de 1996, indica que le corresponde at Director General determinar, emitir las políticas y directrices que orienten las decisiones y acciones hacia el efectivo cumplimiento de los fines del régimen jurídico aduanero y la consecución de los objetivos del Servicio Nacional de Aduanas.
VI.-Que con la resolución RES-DGA-DGT-030-2017 del 23 de octubre del 2017, publicada en el Alcance N° 5 a La Gaceta N° 6 del 15 de...
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